19 de diciembre de 2024

19-12-2024 / Ratifique o rectifique [2]

Sentencia No. 642 de fecha 04-DIC-2024 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia: Magistrada Ponente Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO

En el caso de no aceptar la solicitud de sobreseimiento, el juez enviará las actuaciones al Fiscal Superior del Ministerio Público para que mediante pronunciamiento motivado ratifique o rectifique la petición fiscal y, en el caso de ratificar el pedido de sobreseimiento, el Juez deberá dictarlo pudiendo dejar a salvo su opinión en contrario.

Por último, en caso que el sobreseimiento sea dictado con ocasión a la celebración de la audiencia preliminar o en la etapa de juicio, deberá seguirse conforme lo dispuesto en los artículos 303 y 304 del Código Orgánico Procesal Penal, atendiendo igualmente lo preceptuado en el artículo 306, eiusdem, previamente aludido.

Enlace a la Sentencia:

La frase del día 
"Si matas una cucaracha eres un héroe. Si matas una hermosa mariposa, eres malo. La moral tiene criterios estéticos" - Friedrich Nietzsche

19-12-2024 / Ratifique o rectifique

Sentencia No. 642 de fecha 04-DIC-2024 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia: Magistrada Ponente Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO

Asimismo, si el Juez no acepta la solicitud de sobreseimiento, enviará las actuaciones al Fiscal Superior del Ministerio Público para que mediante pronunciamiento motivado, ratifique o rectifique la petición fiscal. Siendo que de ratificarse el pedido de sobreseimiento, el Juez lo dictará pudiendo dejar a salvo su opinión en contrario, la cual reflejara mediante voto salvado, entendido como la facultad procesal del juez en relación a plasmar su opinión disidente respecto a la resolución de un determinado caso, pudiendo manifestar su desacuerdo con la motiva que dio lugar a la dispositiva objetada.

En sintonía con la antes afirmado, autores como: Andrade Moreira, N. S. (2020). La duda razonable en el Derecho ecuatoriano en relación al voto salvado. Santo Domingo. Ecuador. 2020, expresó, entre otras cosas, que “…Se debe tener en cuenta que el voto salvado, se produce cuando su inconformidad está relacionada con el fondo del fallo; por ejemplo; en la motivación, así como en la dispositiva de la sentencia…”.

Enlace a la Sentencia:

La frase del día 
"Si matas una cucaracha eres un héroe. Si matas una hermosa mariposa, eres malo. La moral tiene criterios estéticos" - Friedrich Nietzsche

18 de diciembre de 2024

18-12-2024 / Criminología, Política Criminal [2]

¿Son necesarios los cambios en el modelo de gestión del delito?

¿Los procesos y principios implícitos en esta materia son posibles de introducir a través de transformaciones en la política pública?

En las últimas décadas se han producido cambios importantes referidos a la cuestión criminal y sus consecuencias en cada lugar y contexto latinoamericano, en las relaciones sociales cotidianas y en la cultura política de muchas democracias occidentales, circunstancias que han sido analizadas y escenarios ideales para posicionar a la criminología como elemento dinamizador del proceso democrático.

Fuente de la Información: Criminología, Política Criminal y Democracia. Taller efectuado en fecha 30-04-2024 por parte del Centro Simón Rodríguez (CSR).

La frase del día 
"Nadie puede cambiar una historia cuando ha sido contada"

18-12-2024 / Criminología, Política Criminal

El delito es un activo político que se ha convertido en objeto de controversia, razón por la cual, las respuestas de los gobiernos están cada vez más mediadas por cálculos a corto plazo y a las conveniencias electorales, en el mejor de los casos.

Si bien es cierto, que las reacciones gubernamentales se dejan llevar en gran medida por el cálculo político y los beneficios electorales, no es de extrañar que la política criminal cada vez esté más afectada por la influencia de los medios de comunicación y sometida a la inestabilidad emocional de la opinión pública, que además, es cambiante. En este clima inquietante es muy difícil escuchar consideraciones racionales fundamentadas en argumentos con organizada credibilidad y confianza.

La política criminal está presionada cada vez más por los medios de comunicación, las estadísticas, las cifras, las tragedias, la reacción social, las vibraciones de la emoción popular, la opinión pública, la perpetuidad o permanencia en el poder, así como la hegemonía política y discursiva. El resultado, es una política criminal volátil, inestable en la que es difícil introducir la razón y las evidencias en decisiones políticas. 

Fuente de la Información: Criminología, Política Criminal y Democracia. Taller efectuado en fecha 30-04-2024 por parte del Centro Simón Rodríguez (CSR).

La frase del día 
"Nadie puede cambiar una historia cuando ha sido contada"

18-12-2024 / Resolución

Sentencia No. 510 de fecha 23-OCT-2024 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia: Magistrada Ponente Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO

En efecto, tal como ha sido señalado por esta Sala a través de sus decisiones, la resolución judicial que pone fin al proceso, sea declarando la culpabilidad o inocencia del imputado, se encuentra revestida por un conjunto de requisitos, dado que implica la culminación de un proceso gobernado por un conjunto de garantías y derechos, por lo cual debe elaborarse de forma razonada sin dejar margen a dudas, dado que de la misma emanan una serie de consecuencias jurídicas. Razón por la cual, al no existir un pronunciamiento en concreto sobre aquellos delitos que a juicio del Tribunal Quinto de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Monagas, no se adaptan a los hechos imputados, dicho accionar comporta un vicio de orden público que amerita su nulidad.

Enlace a la Sentencia:

La frase del día 
"Nadie puede cambiar una historia cuando ha sido contada"

17 de diciembre de 2024

17-12-2024 / Motivar decisiones

Sentencia No. 510 de fecha 23-OCT-2024 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia: Magistrada Ponente Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO

En este mismo sentido y dirección, el deber que recae en todos los jueces de la República Bolivariana de Venezuela, en relación a motivar fundadamente sus decisiones, tal como lo establece el artículo 157 del Código Orgánico Procesal Penal, constituye un requisito de seguridad jurídica conforme a las garantías constitucionales establecidas en el artículos 26 y 49 de Nuestra Carta Magna en favor de las partes intervinientes, por cuanto les permiten conocer los motivos de hecho y de derecho, que en su respectivo momento han determinado al Juez para decidir.

Enlace a la Sentencia:

La frase del día 
"La codicia no compra lealtad" - El Pingüino

16 de diciembre de 2024

16-12-2024 / Art. 313

Sentencia No. 510 de fecha 23-OCT-2024 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia: Magistrada Ponente Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO

En relación a lo norma antes transcrita (artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal), es necesario puntualizar que los requisitos antes narrados, no pueden ser entendidos como meras formalidades, dado que su incumplimiento acarrearía la ineficiencia del acto realizado por el juez (dictar decisión en relación a la audiencia preliminar), por cuanto, todo acto jurídico en el que se dirima aspectos concernientes a declarar, modificar o extinguir la situación jurídica de una persona, debe dictarse conforme a los principios de legalidad, seguridad jurídica y todos aquellos derechos que asisten a las partes sometidas a un proceso.

Enlace a la Sentencia:

La frase del día 
"El agricultor que espera el clima perfecto nunca siembra; si contempla cada nube, nunca cosecha" Eclesiastés 11:4-6