1 de abril de 2016

01-04-2016 Penal (3)

EL DUELO IRREGULAR
1ER APARTE 422 C.P.

Art. 422 C.P.: “… Si en duelo hubiere deslealtad, esta circunstancia se considerara agravante para la aplicación de las penas correspondientes al homicidio o lesiones que hubieren resultado; y los testigos serán considerados como coautores…

El duelo irregular surge cuando hay violación a la fidelidad establecida en el duelo, cuando hay deshonestidad, una actuación contraria a las reglas previamente establecidas, ya que uno de los padrinos actúa de manera deshonesta con relación al otro. Eso convierte al duelo en irregular, porque cualquier actuación que implique la violación de las reglas acordadas en el duelo, se considera deslealtad y la consecuencia jurídica es una agravante.

Cuando surja entonces el homicidio se llamará homicidio en duelo irregular y habrá una agravante para la responsabilidad penal, y además, a los cómplices necesarios se les considera como coautores y se les aplica la misma pena que al sujeto activo directo.

01-04-2016 Penal (2)

El duelo regular es una lucha armada entre dos personas donde hay un acuerdo entre ambas en el cual una reta a la otra y ésta última acepta; convienen por motivos de honor donde hay otras partes intervinientes, éstas partes intervinientes las vamos a llamar testigos o padrinos. En el duelo regular tiene que haber una igualdad de condiciones establecidas, por ejemplo: tienen que haber 2 armas de fuego para cada persona con una bala cada arma, ya que en el duelo regular debe haber fidelidad, responsabilidad con relación a las reglas previamente designadas.

Hoy en día no está en vigencia el duelo regular, en aquellos tiempos cuando estaba en vigencia se buscaba era salvaguardar el honor de una hija, una familia, ya que se retaba a lavar con sangre el honor de la familia. Aquí se acordaba eso y se asignaba un padrino a cada duelista para que velara por el cumplimiento de las condiciones establecidas en el acta de las condiciones del duelo, que eran: hora, lugar del duelo, motivos o razones, tipos de armas a utilizar, cuantos pasos se debían medir para efectuar el disparo, etc. Los padrinos de ambos duelistas verifican todas las formalidades que se establecen allí.

El duelo regular entonces es un duelo formal que respeta condiciones establecidas y son fieles a todas las formalidades. Si allí un duelista le quita la vida al otro (delito de homicidio) o le ocasiona una lesión (delito de lesiones personales), se pasaría a denominar homicidio en duelo regular o lesión en duelo regular con sus respectivos elementos subjetivos y objetivos. La circunstancia e importancia viene dada en que si se produce un homicidio o una lesión en un duelo regular, eso constituye una atenuación para la responsabilidad penal al respectivo sujeto activo directo conocido como heridor o matador, en consecuencia, vendría hacer un homicidio atenuado o una lesión atenuada.

Los padrinos o testigos que participan en la ejecutoría de ese hecho punible, ellos adquieren la condición de cómplice necesario. Se dice “necesario” porque sin los testigos no se da el duelo. También tenemos que a ésta complicidad se le aplica la misma pena que es aplicable al matador o heridor pero disminuida en la mitad, es decir, se aplica la pena pero atenuándose. Las atenuaciones en conclusión van para el sujeto activo como para el padrino que tiene la condición de cómplice necesario, padrino que tiene que ser fiel y que tiene que actuar conforme a la fidelidad.

Nota: El duelo regular no constituye en este caso un tipo penal.

01-04-2016 Penal

DISPOSICIONES COMUNES A LOS DELITOS DE HOMICIDIO Y LESIONES

Los delitos ya sean de homicidios o lesiones personales que vamos a estudiar en las circunstancias posteriores, van a tener una regulación distinta. El delito será el homicidio o lesión producido en esa circunstancia más no la circunstancia en que se produce.

Art. 422 CP: “Los Tribunales estimaran como motivo de atenuación en los juicios por muerte o lesiones corporales, el haberse causado los hechos en duelo regular. En este caso podrá rebajarse de una a dos terceras partes la pena correspondiente al hecho punible; y a los testigos se les aplicará una pena igual a la que se imponga al matador o heridor, disminuida en la mitad…

01-04-2016 Valuar


Glosario Avalúos

Avalúo: Es el resultado del proceso de estimar el valor de un bien, determinando la medida de su poder de cambio en unidades monetarias y a una fecha determinada. Es asimismo un dictamen técnico en el que se indica el valor de un bien a partir de sus características físicas, su ubicación, su uso y de una investigación y análisis de mercado.

Avalúo Real: Es el que se les practica a los bienes, muebles o inmuebles incursos o relacionados con hechos punibles.

Auditoría: Examen crítico de todas las actividades, operaciones y hechos económicos, de una institución pública o privada, utilizando para ello los procedimientos administrativos y contables establecidos en los principios generales necesarios, con la finalidad de determinar la veracidad de las operaciones realizadas, así como la verificación del cumplimiento de los mecanismos de control interno.

Control Interno: Estructura que comprende el plan organizacional y el conjunto de políticas, métodos y procedimientos al que se debe ajustar un ente público o privado, organizados de manera lógica, mediante un proceso integral, coherente, dinámico y formalizado por escrito, a través del cual los administradores en cumplimiento de su obligación de controlar la entidad, buscan asegurar, en cuanto sea razonable y posible, el logro de los objetivos y fines de la organización.

Dictamen Pericial: Documento con el cual el perito produce ante la autoridad competente que conoce de la investigación, un juicio de valor u opinión sobre los puntos controvertidos que le fueron sometidos y que servirán de base para formar un criterio al juzgador.

Experticia Contable: Examen Pericial Contable-Financiero, realizado por peritos de acuerdo a la normativa legal vigente, a objeto de determinar el daño patrimonial causado a una institución pública o privada o los hechos ilícitos que menoscaben la integridad administrativa financiera de las mismas y que han sido denunciados por sus dueños, representantes, o responsables por ante los organismos competentes.

Regulación Prudencial: Es el que se practica a los bienes no recuperados por las autoridades, sobre los cuales se ha cometido delito contra la propiedad, ejemplo: estafa, robo, hurto.

Valor Base: Es la cantidad expresada en términos monetarios, en la que sale un bien a la venta en un proceso de licitación o subasta pública, y representa el valor comercial o el valor de realización, en su caso, netos de todos los gastos y adeudos pendientes de cubrirse por la posesión y propiedad del bien en tanto no se vende.

Valor Catastral: Es el valor que las autoridades fiscales le fijan a un bien inmueble para efecto de cálculo del pago de impuesto predial.

Valor Comercial: Es el precio más probable estimado, por el cual una propiedad se intercambiaría a la fecha del avalúo entre un comprador y un vendedor actuando por voluntad propia, en una transacción sin intermediarios, con un plazo razonable de exposición, se considera que el valor comercial representa el precio justo para la operación entre el comprador y el vendedor.

Valor como Negocio en Marcha: Constituye el valor de una empresa que continuará en operación en el futuro como un todo, sujeto a la utilidad o servicio potencial adecuado de la empresa, con todos sus activos y pasivos, plusvalía y potencialidades. Si la empresa es propietaria de las instalaciones que utiliza, éstas forman parte del valor como negocio en marcha. El concepto implica la valuación de la empresa en operación continua.

Valor Comparativo de Mercado: Es el valor de un bien obtenido como resultado homologado de una investigación de mercado de bienes comparables al del estudio. Dicho mercado debe ser, preferentemente, sano, abierto y bien informado, donde imperan condiciones justas y equitativas entre la oferta y la demanda.

Valor: Es un concepto económico que se refiere al precio que se establece entre los bienes y servicios disponibles para compra y aquellos que los compran y venden. Es la cualidad de un objeto determinado que lo hace de interés para un individuo o grupo.

Valuar: Es el proceso de estimar el costo o el valor a través de procedimientos sistemáticos que incluyen el examen físico, la fijación de precios y con frecuencia análisis técnicos y económicos detallados.

01-04-2016 Procesal Penal

N° de Expediente: A09-129 N° de Sentencia: 423
Tema: Acto de Imputación
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Detención por una orden de aprehensión por razones de extrema necesidad y urgencia
Lunes, 10 de Agosto de 2009

... existe la posibilidad que en el proceso penal no se realice la imputación de una persona previa a su detención, si se ha materializado con fundamento una orden de aprehensión por razones de extrema necesidad y urgencia que prevé el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, caso en el cual, el acto formal de imputación se verificará en la audiencia de presentación que realice el órgano jurisdiccional correspondiente a fin de ratificar o no la medida de privación judicial preventiva de libertad, atendiendo a los principios y garantías constitucionales y procesales.

31 de marzo de 2016

31-03-2016 Procesal Penal XLIII

N° de Expediente: A09-132 N° de Sentencia: 439
Tema: Acto de Imputación
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: En la audiencia de presentación- Conformidad de la defensa.
Martes, 11 de Agosto de 2009

... que la falta o ausencia del acto formal de imputación, debía ser alegada por el imputado o su defensa, por cuanto ésta, solo afectaba a este directamente, en sus derechos constitucionales. Por el contrario, como consta en las actas del expediente, el propio imputado y su defensa señalaron expresamente, que no han sido vulnerados los derechos al debido proceso y a la defensa, por cuanto han podido actuar, sin obstáculos de ninguna naturaleza, solicitando las diligencias que han considerado pertinentes, y ejercido los recursos respectivos.

... la Sala aprecia que el acto formal de imputación del ciudadano ... fue satisfecho en este caso en particular, por el Ministerio Público en la oportunidad de la celebración de la correspondiente audiencia de presentación, cumpliendo dicho acto con todos los efectos procesales consiguientes.

31-03-2016 Personal Experto


ANÁLISIS FINANCIERO, CONTABLE Y AVALÚOS

PERSONAL EXPERTO

Esta División la integran administradores, contadores públicos, ingenieros civiles, ingenieros mecánicos, licenciados en ciencias fiscales, licenciados en criminalística, entre otros.

El equipo multidisciplinario antes mencionado está capacitado para llevar a cabo peritajes e informes técnicos en el área financiera, contable y avalúos, previa solicitud de los Fiscales del Ministerio Público.