1 de abril de 2016

01-04-2016 Penal (2)

El duelo regular es una lucha armada entre dos personas donde hay un acuerdo entre ambas en el cual una reta a la otra y ésta última acepta; convienen por motivos de honor donde hay otras partes intervinientes, éstas partes intervinientes las vamos a llamar testigos o padrinos. En el duelo regular tiene que haber una igualdad de condiciones establecidas, por ejemplo: tienen que haber 2 armas de fuego para cada persona con una bala cada arma, ya que en el duelo regular debe haber fidelidad, responsabilidad con relación a las reglas previamente designadas.

Hoy en día no está en vigencia el duelo regular, en aquellos tiempos cuando estaba en vigencia se buscaba era salvaguardar el honor de una hija, una familia, ya que se retaba a lavar con sangre el honor de la familia. Aquí se acordaba eso y se asignaba un padrino a cada duelista para que velara por el cumplimiento de las condiciones establecidas en el acta de las condiciones del duelo, que eran: hora, lugar del duelo, motivos o razones, tipos de armas a utilizar, cuantos pasos se debían medir para efectuar el disparo, etc. Los padrinos de ambos duelistas verifican todas las formalidades que se establecen allí.

El duelo regular entonces es un duelo formal que respeta condiciones establecidas y son fieles a todas las formalidades. Si allí un duelista le quita la vida al otro (delito de homicidio) o le ocasiona una lesión (delito de lesiones personales), se pasaría a denominar homicidio en duelo regular o lesión en duelo regular con sus respectivos elementos subjetivos y objetivos. La circunstancia e importancia viene dada en que si se produce un homicidio o una lesión en un duelo regular, eso constituye una atenuación para la responsabilidad penal al respectivo sujeto activo directo conocido como heridor o matador, en consecuencia, vendría hacer un homicidio atenuado o una lesión atenuada.

Los padrinos o testigos que participan en la ejecutoría de ese hecho punible, ellos adquieren la condición de cómplice necesario. Se dice “necesario” porque sin los testigos no se da el duelo. También tenemos que a ésta complicidad se le aplica la misma pena que es aplicable al matador o heridor pero disminuida en la mitad, es decir, se aplica la pena pero atenuándose. Las atenuaciones en conclusión van para el sujeto activo como para el padrino que tiene la condición de cómplice necesario, padrino que tiene que ser fiel y que tiene que actuar conforme a la fidelidad.

Nota: El duelo regular no constituye en este caso un tipo penal.

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