1 de abril de 2016

01-04-2016 Penal (23)

DIFERENCIAS Y SEMEJANZAS ENTRE EL DELITO DE DIFAMACIÓN Y EL DELITO DE INJURIA

Diferencias

1.- La diferencia clave es que en el delito de difamación la acción es imputar a una persona de un hecho determinado o específico; en cambio aquí en el delito de injuria la acción tiene un carácter genérico puesto que no está particularizada; ya que si se llega a especificar dicha acción, dejaría de ser injuria para pasar a ser difamación.

En consecuencia de lo anterior analizado se puede afirmar que un delito desvirtúa al otro; por eso no puede existir la difamación e injuria al mismo tiempo en una misma acción; o es difamación o es injuria.

2.- En la injuria se ofende el honor de la persona de cualquier manera; en cambio en la difamación se nos dice que tiene que ser un hecho capaz de exponerlo al ofendido al desprecio o el odio público.

Nota.- Cuando hablamos de decoro en el 444, es como el respeto que se le tiene a esa persona; en consecuencia cuando hay injuria, se genera una negativa pública hacía el decoro o respeto de esa persona.

3.- La difamación se puede hacer a través de escritos, dibujos o cualquier medio de comisión parecido; en la injuria resulta igual, pero además, hay ciertos actos que parecen lesiones pero no lo son.

Ejemplo: que se le de una bofetada a una persona o un puntapié; que se le deje extendida la mano a un sujeto (acción de omisión); dar la espalda; etc. Esas acciones ocasionan un daño moral a la persona ya que son actos que tienen un significado ofensivo.

4.- En el delito de injuria importa mucho la valoración personal que se tenga el sujeto a sí mismo, es por ello que se dice que una acción negativa, vale decir acción de omisión, genera dicho delito; para que la difamación se genere tiene que haber una acción en positivo.

Ejemplos de injuria de acuerdo a las acciones en negativo: dejar de invitar a una persona a una fiesta o celebración que se haga; en el caso de que un bachiller vaya a recoger su medalla y le de la mano al profesor o rector que se la esté entregando y lo dejen con la mano extendida; darle con los pies a alguien; escupir a una persona; etc.

Cuando se deja de hacer algo estando obligado moralmente a hacerlo, esa acción en negativo trae como consecuencia un daño moral a la persona, constituyéndose así en una injuria.

5.- En los casos de difamación del 443 de admite la exceptio veritatis; caso contrario ocurre con la injuria, ya que no admite prueba de la verdad.

6.- La acción penal derivada de la difamación prescribe por 1 año; en la injuria la acción penal derivada de ella prescribe por 6 meses.

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