1 de abril de 2016

01-04-2016 Penal (17)

REQUISITOS O CARACTERÍSTICAS PARA LA DIFAMACIÓN

1.- El sujeto activo tiene que imputarle a una persona un hecho determinado capaz de ofenderlo y que éste se sienta ofendido.

2.- Que la difamación se haga entre varias personas, ya que si sólo hay una persona presente no habrá difamación.

3.- El medio de comisión que se utiliza se constituye en medio de prueba.

Ejemplo: si el medio de comisión utilizado es el verbo, el medio de prueba será un testigo; si es la escritura el medio utilizado, la prueba será un documento; etc.

Imputar.- Al hablar de imputar, estamos hablando de atribuirle un determinado hecho a una persona.

Se imputa con un hecho pero no con cualquiera, ya que tiene que ser un hecho determinado, que sea específico. El hecho tiene que ser susceptible de que pueda ser particularizado.

Nota.- Para que la difamación se constituya hay que determinar el hecho.

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