1era Teoría.- El aborto no debe ser punible cuando se lo practica la
mujer embarazada, ya que se dice que el aborto es equiparable a las
auto-lesiones.
2da Teoría.- Esta teoría está en contraposición de la anterior, ya que
se dice que el aborto no es una auto-lesión, porque la acción dañosa va recaída
sobre una vida distinta de la madre; en consecuencia, el producto de la
concepción no se considera como un órgano del cuerpo de la madre y la mujer no
siempre está embrazada. En conclusión, no se equipara el aborto a las
auto-lesiones.
3era Teoría.- De acuerdo a la condición social de la mujer, para evitar
el incremento de la pobreza se debe despenalizar el aborto cuando se produce,
ya que la persona que lo cometió no tiene los recursos necesarios para la
educación y manutención del hijo.
4ta Teoría.- Se debe producir el aborto cuando el número de hijos es
suficiente. Aquí en esta teoría se regula la maternidad, teoría que es acogida
por el continente asiático.
5ta Teoría.- Se debe despenalizar el aborto cuando el embarazo se
convierte en un obstáculo para la mujer, para su crecimiento, desarrollo
personal.
6ta Teoría.- Si el embarazo es producto de la violación se debe destruir
el producto de la concepción.
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