13 de octubre de 2025

Modo, tiempo y lugar | 13-10-2025

Sentencia No. 0796 de fecha 28-MAY-2025 emanada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia

MAGISTRADO PONENTE: LUIS FERNANDO DAMIANI BUSTILLOS

A juicio de la Sala, resulta fundamental que los Tribunales de Control cumplan cabalmente con la obligación prevista en el artículo 314, numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal, estableciendo la relación de los hechos que sustentan la calificación jurídica de la acusación fiscal de manera clara y certera y, sobre todo, estableciendo las circunstancias de modo, tiempo y lugar de su ejecución, dada la trascendencia que ello reviste para el ejercicio del derecho a la defensa de los imputados en el juicio oral y público. Aunado a ello, disiente esta Sala de lo expuesto por la Corte de Apelaciones al señalar que sólo habría ausencia de motivación cuando exista una “(…) omisión total y absoluta del señalamiento de dichas circunstancias (…)”, puesto que, se insiste, en el asunto bajo examen, no se evidencia la relación “circunstanciada” que exige la disposición legal mencionada; sólo se observan aseveraciones sobre una supuesta claridad en los hechos y meras referencias a la acusación fiscal.

Enlace a la Sentencia:

Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

La frase del día 
"A veces, la bendición de Dios no está en lo que te da, sino en lo que te quita"

Sin exponer | 13-10-2025

Sentencia No. 148 de fecha 04-ABR-2025 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia

Magistrada Ponente Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO

La Sala para decidir observa que la recurrente denuncia que la Sala Dos de la Corte de Apelaciones (...), incurrió en el vicio de la presunta infracción por falta de aplicación de los artículos 26, 30, 49, numeral 3, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, constatándose al respecto que dichos artículos se refieren al derecho de las personas de acudir a los órganos de administración de justicia para hacer valer sus derechos, la obligación del estado de indemnizar a las víctimas de violación de sus derechos humanos, garantizando la reparación de los daños causados, así como también, el derecho que asiste a las personas a ser oídas en un plazo razonable determinado legalmente y de manera imparcial, sin exponer que acción u omisión se verifica en el fallo de la Alzada, que permita evidenciar que en efecto adolece de la pretendida falta de aplicación de las mencionadas normas constitucionales.

Enlace a la Sentencia:

Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

La frase del día 
"A veces, la bendición de Dios no está en lo que te da, sino en lo que te quita"

Audiencia preliminar | 13-10-2025

Sentencia No. 148 de fecha 04-ABR-2025 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia

Magistrada Ponente Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO

Considera la Sala oportuna la ocasión, sin que lo expuesto se asuma como pronunciamiento sobre el fondo de la causa, referir que el objetivo de la audiencia preliminar está dirigido a la evaluación de las posibilidades de juzgamiento de la persona acusada, en atención a los elementos de convicción que hayan sido presentados en su contra por la presunta comisión de un delito, razón por la cual, siempre y cuando se haya cumplido con la debida notificación de las partes, como norma de orden público, dicho acto puede ser celebrado sin la presencia de la víctima, más no del acusado, quien es la persona contra la que se dirige el proceso.

Enlace a la Sentencia:

Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

La frase del día 
"A veces, la bendición de Dios no está en lo que te da, sino en lo que te quita"

Principios E. | 13-10-2025

Principios a considerar para acordar la extradición 

1.- Principio de territorialidad: tiene que ver con el lugar de la comisión del hecho delictivo; debe ser dentro del territorio del Estado o país requirente.

2.- Principio de doble incriminación: implica que el delito debe estar tipificado tanto en el Estado requirente como en la legislación del Estado requerido.

3.- Principio de limitación de las penas: la pena que será aplicada no debe ser mayor a 30 años de privación de libertad; no puede ser pena perpetua ni pena de muerte.

4.- Principio de no prescripción: la acción penal y la pena no deben estar prescritas.

5.- Principio de no entrega por delitos políticos: el delito no debe ser político ni conexo. 

6.- Principio de la mínima gravedad del hecho: la improcedencia por faltas o penas menores a las establecidas en Tratados y/o Acuerdos suscritos entre los Estados partes.

7.- Principio de especialidad del delito: el juzgamiento o cumplimiento de la pena debe ser por el delito señalado expresamente en la solicitud de extradición y no por otro.

8.- Principio de no entrega del nacional: debe verificarse la nacionalidad de la persona solicitada, y si es venezolana, se declarará la improcedencia de la solicitud de extradición de conformidad con la prohibición contemplada en el artículo 69 de la Constitución Nacional, pudiendo procesarse en Venezuela.

Fuente digital de la información:

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Transnacional [3] | 13-10-2025

Diferentes formas de delincuencia organizada transnacional

La delincuencia organizada transnacional no queda estancada; antes bien, es una industria siempre cambiante que se adapta a los mercados y crea nuevas formas de delincuencia. En resumen, es un negocio ilícito que trasciende las fronteras culturales, sociales, lingüísticas y geográficas y que no conoce fronteras ni reglas.

El tráfico de drogas sigue siendo la forma más lucrativa de negocio para los delincuentes, ya que tiene un valor anual estimado en 320.000 millones de dólares. En 2009 la UNODC calculó que el valor anual aproximado de los mercados mundiales de cocaína y opiáceos ascendía a 85.000 millones de dólares y 68.000 millones de dólares, respectivamente.

La trata de personas es un delito mundial en el que los hombres, las mujeres y los niños son tratados como productos con fines de explotación sexual o del trabajo. Si bien las cifras varían, según una estimación de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) realizada en 2005, el número de víctimas de la trata en un momento dado era de alrededor de 2,4 millones y las ganancias anuales de unos 32.000 millones de dólares. Sin embargo, las estimaciones más recientes y precisas de la OIT sobre las tendencias generales del trabajo forzoso nos inducirían a pensar que el alcance del problema es mucho mayor. En Europa la trata de mujeres y niños, principalmente, con fines de explotación sexual genera 3.000 millones de dólares por año y conlleva 140.000 víctimas en un momento dado y una corriente anual de 70.000 víctimas.

Fuente digital de la información:

La frase del día 
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Factores criminógenos [4] | 13-10-2025

Factor cultural

Dentro de la sociedad es necesario hablar de la cultura. Por la cultura entendemos aquellos comportamiento que van a diferenciar a unas sociedades o grupos sociales de otros. Cuando se habla de cultura se habla de creencias, de hábitos de vida, de costumbres, de educación, de leyes, etc.

La cultura determina también que una persona empiece a tener comportamientos antisociales. En todas las culturas van a existir individuos que tomen el camino hacia la criminalidad, estos individuos empiezan a formar parte de subculturas antisociales.

Por lo tanto, van a existir grupos de individuos que formen parte de culturas que van a encontrar en la sociedad, en estas culturas va a predominar la jerarquía y la disciplina.

La economía

La economía se estudia en la criminología por la importancia del estado de satisfacción de las necesidades individuales y sociales, la insatisfacción tiene como consecuencia comportamientos negativos.

La importancia de las condiciones económicas en la comisión de hechos antisociales reside en su influencia sobre el desarrollo gradual de personalidades antisociales. La conducta antisocial en este caso, resulta de la inadaptación al ambiente a causa de la inestabilidad económica.

Las condiciones desagradables llevan o favorecen al individuo a que realice algunas conductas antisociales, cuando la persona no se adapta a la mala situación económica, provoca problemas internos que lo llevan a satisfacer sus carencias en el robo y/o las drogas.

Los fenómenos criminales se presentan mediante procesos que, en su mayoría, actúan bajo la forma de elementos variables que son investigados y valorados en cada caso.

De este modo, en el análisis de la criminalidad no basta con enumerar los factores que la determina, si no que se hace necesario verificar cuáles son las formas en las que están interrelacionados, a fin de encontrar el orden lógico-funcional de su actuación.

Fuente digital de la información:

La frase del día 
"A veces, la bendición de Dios no está en lo que te da, sino en lo que te quita"

Factores criminógenos [3] | 13-10-2025

Factores sociales

Para Solís Quiroga “son factores exógenos sociales los que se refieren a las amistades, las malas compañías, lsa pandillas, los centros de diversiones y de vicio, la estructura social, la organización política, la cultura, el trabajo, la educación, etc.”

El factor social se refiere a la influencia que tiene la sociedad, la crisis económica; la desigualdad social; migración de una ciudad a otra como consecuencia de la pobreza por falta de empleo, cuerpos de seguridad corruptos o ineficientes, etc. Todas estas circunstancias, sucesos, eventos y acontecimientos influyen en un individuo para realizar una conducta antisocial o para provocarle otro tipo de conducta.

La educación

Es importante hablar de la educación. Los individuos que tengan mayor educación no quiere decir que sean los que menos conductas antisociales tengan, puede suceder todo lo contrario, a mayor conocimiento mayor preparación del delito y viceversa. Un sujeto con suficientes conocimientos tiene la posibilidad de relacionarse mejor con su futura víctima o de envolverla, es decir, manipularla. Ejemplo: en los delitos de fraude sobresale la inteligencia para engañar al sujeto y así obtener algún bien.

Fuente digital de la información:

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"A veces, la bendición de Dios no está en lo que te da, sino en lo que te quita"