8 de febrero de 2013

Due process of law

DERECHO PROCESAL PENAL

Due process of law. El origen del debido proceso (due process of law) se remonta a la Carta Magna Inglesa de Juan I de Inglaterra, conocido como Juan sin Tierra, el 15 de junio del año 1.215.

En la mencionada Carta se reconocían una serie de derechos como veremos a continuación:

"Nullus liber capitur, vel imprisonetur, aut dissaisiatur, aut utlagetur, aut exultetur, aut aliquo modo destuatur, nec super um ibimus, nec super eum mittemus, nisi per legale judicium parium sourom vel per legem terrae"

Traducido significa lo siguiente:

"Ningún hombre libre será aprehendido, hecho prisionero, puesto fuera de la ley o exiliado ni en forma alguna será arruinado, ni iremos ni mandaremos a nadie contra él, excepto mediante el juicio de sus pares o por la ley de tierra"

Del texto anterior se desprenden 2 garantías procesales fundamentales: la garantía del Juez competente (legale judicium parium sourom) y la garantía de una ley preexistente (legem terrae).

El debido proceso se consagra en el Artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en el Artículo 1 del Código Orgánico Procesal Penal.

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