8 de febrero de 2013

Perdón del ofendido

DERECHO PENAL

Perdón del ofendido. En los hechos punibles donde es menester el enjuiciamiento a instancia de parte por ser de acción privada -el hecho-, el perdón del ofendido extingue la acción penal.

No hay comentarios.:

Publicar un comentario

Su comentario será respondido a la brevedad. ¡Gracias por comentar!