27 de abril de 2016

27-04-2016 69-CRBV-19

Frase reflexiva:
La mente de un hombre preso funciona diferente que la de alguien en libertad

Propuesta elaborada por la Asamblea Nacional de Venezuela

Artículo 71: Sobre los referendos consultivos. Se sube el porcentaje necesario para realizar un referendo consultivo hasta el 20% de los electores inscritos. Se prohíbe la realización de referendos consultivos para temas que estén regulados directamente por la constitución.

Artículo 72: Sobre los referendos revocatorios. Se aumenta el mínimo necesario de electores para abrir un referendo revocatorio hasta un mínimo del 30% de los electores inscritos.

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Frase reflexiva:
La mente de un hombre preso funciona diferente que la de alguien en libertad

27-04-2016 69-CRBV-18

Frase reflexiva:
La mente de un hombre preso funciona diferente que la de alguien en libertad

Propuesta elaborada por la Asamblea Nacional de Venezuela

Artículo 21: Sobre la igualdad ante la ley. Añade la prohibición de discriminar según género, edad, salud, orientación política o sexual.

Artículo 64: Sobre los derechos políticos. La edad mínima para votar se reduce de los 18 hasta los 16.

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Frase reflexiva: 
La mente de un hombre preso funciona diferente que la de alguien en libertad

27-04-2016 Contra Secuestro (7)

Frase reflexiva:
La mente de un hombre preso funciona diferente que la de alguien en libertad

DERECHO PENAL
TIPOS PENALES

Ley Contra el Secuestro y la Extorsión
Gaceta Oficial No. 39.194 de fecha 05 de junio de 2009

CAPÍTULO II
DEL SECUESTRO

Artículo 7. Secuestro en medios de transporte. Quien secuestre a los o las ocupantes de naves, aeronaves, vehículos o cualquier otro tipo de transporte, público o privado, con el fin de trasladarlos o trasladarlas en el mismo medio a un lugar distinto al de su destino, alterar su ruta o ejercer su control, será sancionado o sancionada con prisión de veinte a veinticinco años.

Pena Corporal: 20 a 25 años de prisión.
Pena Normalmente Aplicable (Art. 37 CP): 22 años y 6 meses de prisión.

Frase reflexiva:
La mente de un hombre preso funciona diferente que la de alguien en libertad

26 de abril de 2016

26-04-2016 Contra Secuestro (6)

Frase reflexiva:
La desconfianza no se pide, SE GANA

DERECHO PENAL
TIPOS PENALES

Ley Contra el Secuestro y la Extorsión
Gaceta Oficial No. 39.194 de fecha 05 de junio de 2009

CAPÍTULO II
DEL SECUESTRO

Artículo 6. Secuestro Breve. Quien secuestre por un tiempo no mayor de un día a una o más personas, para obtener de ellas o de terceras, personas dinero, bienes, títulos, documentos, beneficios, acciones u omisiones que produzcan efectos jurídicos o que alteren de cualquier manera sus derechos a cambio de su libertad, será sancionado o sancionada con prisión de quince a veinte años.

Si la víctima es rescatada dentro del tiempo señalado en este artículo por la acción de las autoridades competentes y sin que la liberación se produzca como consecuencia de la negociación con las autoridades, se aplicará la pena establecida en el artículo 3 de esta Ley.

Pena Corporal: 15 a 20 años de prisión.
Pena Normalmente Aplicable (Art. 37 CP): 17 años y 6 meses de prisión.

Frase reflexiva:
La desconfianza no se pide, SE GANA

26-04-2016 Medicina Legal (6)

Frase reflexiva:
La desconfianza no se pide, SE GANA

MEDICINA LEGAL
JORGE SALAZAR

EL PERITAJE MÉDICO-LEGAL

APRECIACIÓN DE LA EXPERTICIA MÉDICO-LEGAL

Según lo contemplado en el artículo 22 del C. O. P. P. tenemos lo siguiente:

“Apreciación de las pruebas. Las pruebas se apreciarán por el tribunal según la sana crítica observando las reglas de la lógica, los conocimientos científicos y las máximas de experiencia.

Y el artículo 1427 del C. C. dispone lo siguiente:

Los jueces no están obligados a seguir el dictamen de los expertos, si su convicción se opone a ello.

Bibliografía: Medicina Legal 6ta Edición. José Félix Martín Corona. Ediciones Librería Destino, 2008. Caracas, Venezuela.

Frase reflexiva:
La desconfianza no se pide, SE GANA

26-04-2016 Medicina Legal (5)

Frase reflexiva:
La desconfianza no se pide, SE GANA

MEDICINA LEGAL
JORGE SALAZAR

EL DERECHO MÉDICO: Es el conjunto de normas de distinto origen y rango que se ocupan de la profesión médica y de su ejercicio desde una perspectiva jurídica.
(Fuente: Wikipedia)

REQUISITOS PARA EL EJERCICIO DE LA MEDICINA

De conformidad con el artículo 4 de la Ley del Ejercicio de la Medicina, para ejercer la profesión de médico en la República se requiere:

1.- Poseer el título de Doctor en Ciencias Médicas o de Médico Cirujano expedido por una universidad venezolana, de acuerdo con las leyes especiales sobre la materia.
                                  
2.- Registrar e inscribir el título correspondiente en las Oficinas Públicas que establezcan las leyes.

3.- Estar inscrito en el Colegio de Médicos en cuya jurisdicción se ejerza habitualmente la profesión.

4.- Estar inscrito en el Instituto de Previsión Social del Médico.

5.- Cumplir las demás disposiciones contenidas al efecto en esta Ley.

Bibliografía: Medicina Legal 6ta Edición. José Félix Martín Corona. Ediciones Librería Destino, 2008. Caracas, Venezuela.

Frase reflexiva:
La desconfianza no se pide, SE GANA

26-04-2016 Medicina Legal (4)

Frase reflexiva:
La desconfianza no se pide, SE GANA

MEDICINA LEGAL
JORGE SALAZAR

BREVE HISTORIA DE LA MEDICINA LEGAL

En una breve historia de la medicina legal podemos destacar lo siguiente:

1.- Colecciones religiosas como la Sagrada Biblia, el Código de Hammurabi, el Código de Manu, el Avesta y las normas dada por Moisés en el Levítico; hay disposiciones sobre la forma de conocer la virginidad de las mujeres, sobre la sodomía, estupro, sobre las descripciones de las impurezas de las enfermedades venéreas y sobre las menstruaciones.

- Sodomía: Es un término de origen religioso que hace referencia a determinados comportamientos sexuales. Comúnmente utilizado para describir el acto del sexo anal entre heterosexuales u homosexuales y a las demás prácticas homosexuales masculinas.
(Fuente: Wikipedia)

- Estupro: Es un delito de abuso sexual que comete un adulto al tener relaciones sexuales con un menor de edad que no tiene la edad legal para otorgar su consentimiento en materia sexual, pero valiéndose de engaños, chantaje o una posición de poder o influencia.
(Fuente: Wikipedia)

2.- En la antigüedad hay disposiciones en Grecia y Roma así:

a) En Roma se disponía que públicamente se exhibiesen los cadáveres de personas que murieron por causas desconocidas o violentas, para que los peritos manifestaran su parecer, y así fue en el caso de Escipión en Africano.

b) Las reglas de Hipócrates sobre plazos de gestación adoptadas en la Ley de las XII Tablas.

c) La Ley de Numa Pompilio obligaba a la “histerotomía” de las mujeres embarazadas que fallecían antes del parto, para salvar al hijo. Dicha operación es conocida en la actualidad como cesárea.

3.- En la Edad Media se prohíben las autopsias debido al oscurantismo y perjuicios religiosos, ya que se teme que las almas de los cadáveres mutilados puedan verse privadas del cielo.

Bibliografía: Medicina Legal 6ta Edición. José Félix Martín Corona. Ediciones Librería Destino, 2008. Caracas, Venezuela.

Frase reflexiva:
La desconfianza no se pide, SE GANA