La mente de un hombre
preso funciona diferente que la de alguien en libertad
DERECHO PENAL
TIPOS PENALES
Ley Contra el Secuestro y la Extorsión
Gaceta Oficial No. 39.194 de fecha 05 de junio de 2009
CAPÍTULO II
DEL SECUESTRO
Artículo 7. Secuestro en medios de
transporte. Quien secuestre a los o las
ocupantes de naves, aeronaves, vehículos o cualquier otro tipo de transporte,
público o privado, con el fin de trasladarlos o trasladarlas en el mismo medio
a un lugar distinto al de su destino, alterar su ruta o ejercer su control,
será sancionado o sancionada con prisión de veinte a veinticinco años.
Pena Corporal: 20 a
25 años de prisión.
Pena Normalmente Aplicable (Art. 37 CP): 22 años y 6 meses de prisión.
Frase reflexiva:
La mente de un hombre
preso funciona diferente que la de alguien en libertad
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