La desconfianza no se pide, SE GANA
MEDICINA
LEGAL
JORGE
SALAZAR
EL PERITAJE MÉDICO-LEGAL
APRECIACIÓN DE LA EXPERTICIA
MÉDICO-LEGAL
Según lo contemplado en el artículo 22 del C. O. P. P. tenemos lo siguiente:
“Apreciación
de las pruebas. Las pruebas se apreciarán por el tribunal según la sana
crítica observando las reglas de la lógica, los conocimientos científicos y las
máximas de experiencia.”
Y el
artículo 1427 del C. C. dispone lo siguiente:
“Los jueces no
están obligados a seguir el dictamen de los expertos, si su convicción se opone
a ello.”
Bibliografía: Medicina Legal 6ta Edición. José Félix Martín Corona.
Ediciones Librería Destino, 2008. Caracas, Venezuela.
Frase
reflexiva:
La desconfianza no se pide, SE GANA
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