9 de octubre de 2025

Esquemas de lavado [9] | 9-10-2025

Requisitos de cumplimiento contra el lavado de dinero (AML)

Las instituciones financieras están sujetas a estrictos requisitos de cumplimiento de AML para detectar y disuadir las actividades de lavado de dinero. Estos requisitos están diseñados para mitigar los riesgos, proteger la reputación de la institución y cumplir con las obligaciones regulatorias. Algunos requisitos comunes de cumplimiento de AML incluyen:

• Programas de identificación de clientes (KYC): Las instituciones financieras están obligadas a verificar la identidad de sus clientes y a llevar a cabo la debida diligencia para evaluar su nivel de riesgo. Esto incluye la obtención de documentos de identificación, la verificación de la información proporcionada y el seguimiento de las transacciones de los clientes en busca de actividades sospechosas.

• Monitoreo e informes de transacciones: Las instituciones financieras utilizan el software de monitoreo de transacciones AML para analizar el historial de los titulares de cuentas, el nivel de riesgo y los detalles de las transacciones en tiempo real. El software marca las transacciones de alto riesgo como actividad sospechosa para que los oficiales de cumplimiento de AML las revisen. Las transacciones sospechosas se denuncian a las autoridades competentes según lo exige la ley.

Fuente digital de la información:

Palabras clave: lavado de dinero, blanqueamiento de capitales, legitimación de capitales, delincuentes de cuello blanco.

La frase del día 
"No temas al que grita, sino a quien te observa en silencio y sonríe; porque a veces, el verdadero peligro no necesita hacer ruido"

Identificación [4] | 9-10-2025

Catástrofes abiertas y cerradas

Los equipos de identificación de víctimas son enviados cuando ocurren las denominadas catástrofes abiertas y cerradas.

Catástrofes abiertas: Son aquellas en las que se desconoce el número de personas fallecidas. A menudo se trata de catástrofes naturales (como terremotos, inundaciones o incendios forestales), pero también puede tratarse de ciertos atentados terroristas, en general de grandes dimensiones.

Catástrofes cerradas: Son aquellas en las que es muy probable que se determine de inmediato el número de víctimas. Suele tratarse de catástrofes en las que se conoce el número de posibles personas afectadas por existir un registro (como accidentes aéreos, ya que hay una lista de pasajeros).

Catástrofes a la vez abiertas y cerradas: Se trata de una combinación de ambos tipos de catástrofes (por ejemplo, un accidente aéreo en una zona residencial).

Fuente digital de la información:

Palabras clave: identificación de víctimas, forense, catástrofes, INTERPOL.

La frase del día 
"No temas al que grita, sino a quien te observa en silencio y sonríe; porque a veces, el verdadero peligro no necesita hacer ruido"

Uso del derecho [4] | 9-10-2025

El Derecho como Mecanismo de Represión

La promulgación de leyes que limitan la libertad privada para que el poder judicial las aplique, muchas veces son cuestionadas si no tienen razones claras. En 2020, el gobierno chino promulgó la Ley de Seguridad Nacional en Hong Kong, bajo la aprobación del Comité Permanente del Congreso Nacional del Pueblo. Esta ley, diseñada para combatir la subversión, el terrorismo y la colusión con fuerzas extranjeras, fue rápidamente cuestionada por organismos como Amnistía Internacional.

Se argumentó que la normativa era arbitraria y un pretexto para reprimir a activistas, periodistas y opositores políticos, sobre todo, tras los eventos ocurridos en las protestas de 2019, ejemplificando cómo las leyes pueden restringir libertades civiles bajo la fachada de la seguridad nacional.

Fuente digital de la información:

La frase del día 
"No temas al que grita, sino a quien te observa en silencio y sonríe; porque a veces, el verdadero peligro no necesita hacer ruido"

8 de octubre de 2025

Excepciones | 8-10-2025

Pronunciamiento de oficio de las excepciones durante el proceso penal 

¿Qué son las excepciones?

Las excepciones son las consideraciones o incidencias que tienen las partes para evitar la persecución penal; se encuentran taxativamente descritas en el Código Orgánico Procesal Penal (2021) y deben ser tramitadas según su procedimiento específico.

Ahora bien, tanto el juez de control como el de juicio, tienen la potestad de resolver de oficio las excepciones que no sean opuestas por las partes, siempre y cuando no requieran ser propuestas exclusivamente a instancia de parte.

Un ejemplo es la declaratoria de incompetencia del tribunal, o la extinción de la acción penal por prescripción, ya que pueden ser resueltas de oficio, por el juez.

Fuente digital de la información:

Palabras clave: excepciones, Código Orgánico Procesal Penal, persecución penal, de oficio, instancia de parte.

La frase del día 
"La suerte es donde confluyen la preparación y la oportunidad" • Séneca

Exhumación | 8-10-2025

¿Qué es la exhumación? 

Es el acto de extraer un cadáver o restos humanos del lugar donde fueron sepultados, para diferentes propósitos.

Ahora bien, ¿qué sucede cuando un cuerpo fue sepultado y es necesario practicarle un examen o autopsia de reconocimiento post inhumación?

Nuestra ley adjetiva penal establece, que a petición del Ministerio Público, el juez puede ordenar la exhumación del cadáver, únicamente cuando las circunstancias permitan presumir que la exhumación será útil para la investigación y esclarecimiento de los hechos.

Al momento de realizar la exhumación, siempre que sea posible, se informará con antelación a un familiar del difunto, que se llevará a cabo ese procedimiento. Una vez practicado el examen o autopsia, se procede a la inmediata sepultura del cadáver, garantizando así la correcta aplicación del proceso.

Fuente digital de la información:

La frase del día 
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Días calendarios | 8-10-2025

Sentencia No. 1013 de fecha 29-JUL-2013 emanada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia

Esta Sala, mediante sentencia n.° 501 de 31 de mayo de 2000, (...), determinó cómo debía computarse el lapso a que hace referencia el artículo 35 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, en los términos siguientes:

“…en relación con los lapsos para interponer el recurso de apelación en amparo, esta Sala Constitucional considera que admitir que el lapso de apelación previsto en el artículo 35 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales debe computarse por días continuos, incluyendo sábados, domingos y feriados, sería atentatorio contra el derecho a la defensa, principio cardinal del sistema procesal, pues el ejercicio del recurso de apelación se vería limitado de hecho, incluso cercenado, bien por la llegada del fin de semana, o alguna fiesta patria.

(…)

Bajo este orden de ideas, considera esta Sala que el lapso de tres (3) días para interponer el recurso de apelación en amparo, previsto en el artículo 35 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, debe ser computado por días calendarios consecutivos, excepto los sábados, los domingos, el jueves y el viernes santos, los declarados días de fiesta por la Ley de Fiestas Nacionales y los declarados no laborables por otras leyes, y así se declara, reiterando con carácter vinculante lo ya expresado en el fallo del 1º de febrero de 2000 (caso: José Amando Mejía)”.

Enlace a la Sentencia:

Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

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Vinculante 942 | 8-10-2025

Sentencia No. 942 de fecha 21-JUL-2015 emanada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia

SALA CONSTITUCIONAL

Magistrado Ponente: Arcadio Delgado Rosales  
Expediente N° 2013-1185

Es por ello que esta Sala, cumpliendo con el deber previsto en el artículo 335 de la Constitución de garantizar la supremacía y efectividad de las normas constitucionales, específicamente de aquellas que prevén los derechos al debido proceso, a la defensa y a la tutela judicial efectiva que resultan lesionados en la situación descrita y como máximo y último intérprete de la Constitución, con el propósito superior de evitar que en el futuro se presenten este tipo de anomalías procesales y se lesionen los derechos del justiciable y de asegurar el orden público procesal en cuanto a las decisiones que se dictan en las audiencias, específicamente en la preliminar como último estadio de la fase intermedia del proceso penal, establece con carácter vinculante lo señalado en este fallo.

En virtud de lo anterior, se ordena la publicación del presente fallo en el portal web de este Máximo Tribunal, en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela y en la Gaceta Judicial del Poder Judicial, bajo el título “En el proceso penal todas las decisiones dictadas en audiencia deben ser debidamente motivadas en un auto fundado que se dicte en extenso”. Asimismo, se ordena la remisión de copia certificada a todos los Circuitos Judiciales Penales ordinarios y especiales de la República para el estricto cumplimiento del presente fallo. Así se declara.

Enlace a la Sentencia:

Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

La frase del día 
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