18 de febrero de 2016

18-02-2016 Interrumpida

Tribunal Supremo de Justicia

N° de Expediente: RC06-0444 N° de Sentencia: 211
Tema: Prescripción Judicial
Materia: Derecho Penal
Asunto: No es susceptible de ser interrumpida

...la prescripción judicial o extraordinaria no es susceptible de ser interrumpida, es de orden público e irrenunciable debiendo comenzar a computarse desde el día de la perpetración del hecho, tal como prevé el principio de legalidad previsto en el artículo 109 del Código Penal.
...
A tal efecto, el artículo 110 señala que para que opere la prescripción judicial de la acción penal debe haber transcurrido un lapso igual al de la prescripción ordinaria más la mitad del mismo...sin que el juicio se prolongara por causas atribuibles a los acusados o a su defensa. 




18-02-2016 Culposo

Tribunal Supremo de Justicia

N° de Expediente: C07-500 N° de Sentencia: 700
Tema: Prescripción Judicial
Materia: Derecho Penal
Asunto: Homicidio Culposo

...El delito de homicidio culposo, previsto en el artículo 411 (ahora 409) del Código Penal, establece una pena de seis (6) meses a cinco (5) años de prisión, siendo su término medio, a tenor de lo dispuesto en el artículo 37 eiudem, dos (2) años y nueve (9) meses, término medio que servirá de base, de acuerdo a la reiterada jurisprudencia de la Sala, para el cálculo de la prescripción. De conformidad con el artículo 108, numeral ordinal 5° ibídem, el tiempo para la prescripción de dicho delito es de tres (3) años y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 110 del citado Código, el término requerido en este caso, para la prescripción judicial es de cuatro (4) años y seis (6) meses.

17 de febrero de 2016

17-02-2016 Penal

MATERIA PENAL

DELITO PERMANENTE.- Es el delito que se caracteriza por prolongarse en el tiempo, el hecho que lo constituye no se perfecciona en un solo momento porque se prolonga en el tiempo. El proceso consumativo del delito permanente perdura hasta que no se le ponga fin a la acción antijurídica.

DELITO CONTINUADO.- Es cuando se producen diversos hechos que violan la misma disposición legal. Se considera como un delito único que produce aumento a la pena. El agente activo del delito ejecuta en momentos distintos, acciones diversas.

Para que se configure el delito continuado es necesario: a. Que exista una pluralidad de hechos; b. Que cada hecho viole la misma disposición legal; c. Que las violaciones se realicen con actos ejecutivos de la misma resolución.

LA PROSTITUCIÓN COMO DELITO EN EL CÓDIGO PENAL.- La prostitución no es un tipo penal, se castiga es la incitación, facilitación, favorecer a la prostitución; constreñir a la prostitución.

ANTIJURICIDAD.- Es la acción contraria al bien jurídico protegido por la norma penal.

17-02-2016 Valerio

EDICTO DE VALERIO

“Edicto de Valerio” <<cuando tengas dudas entre dos presuntos culpables, condena al más feo>>


Edicto de Valerio.
Se atribuye a este emperador, que apenas ocupó el trono de Roma durante unos cuatro meses, a comienzos del siglo IV, la siguiente máxima: CUANDO TENGAS DUDAS ENTRE DOS PRESUNTOS CULPABLES, CONDENA AL MÁS FEO.

16 de febrero de 2016

16-02-2016 Exclusión


Tribunal Supremo de Justicia

N° de Expediente: C08-187 N° de Sentencia: 692
Tema: Prescripción Judicial
Materia: Derecho Penal
Asunto: Delitos previstos en la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada-Exclusión de la Prescripción Judicial.

... en relación con el delito de legitimación de capitales, previsto en la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada (norma por la cual fue condenado el acusado de autos), es necesario referir que este cuerpo normativo regula la prescripción para los delitos previstos en su contenido, en efecto, en su artículo 25 establece: “No prescribe la acción penal de los delitos contra el tráfico de sustancias estupefacientes y psicotrópicas. En los demás delitos previstos por esta Ley se aplicará la prescripción ordinaria”.

Como se observa, el legislador excluyó expresamente la prescripción judicial sobre los delitos previstos en la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada...


16-02-2016 No Prescripción

Tribunal Supremo de Justicia

N° de Expediente: I08-436 N° de Sentencia: 543
Tema: Prescripción Judicial
Materia: Derecho Penal
Asunto: LOPNA-La Prescripción Judicial no es aplicable en Delitos cometidos por Niños y Adolescentes.

...en cuanto a la prescripción judicial, que el artículo 615 es claro, al señalar: “No habrá lugar a la prescripción extraordinaria o judicial prevista en el Código Penal”, por lo cual se encuentra expresamente excluida en esta jurisdicción especial.

Por tanto, las consideraciones se referirán exclusivamente a la prescripción ordinaria, la cual en definitiva, es la única que pudiera ser procedente en esta materia especial.

... Sin embargo, esta exclusión de la prescripción judicial debe comprenderse, dentro de la exhaustiva protección que concedió el legislador al sujeto activo en esta materia; atendiendo al discernimiento propio del adolescente, derivada de la capacitación y madurez como proceso natural inmanente al inexorable paso del tiempo, pero en atención a esta etapa sensible (12 a 18 años de edad).

Ello es así, pues difícil y contrario a la esencia de esta materia especial, sería imputarle el retardo de un proceso a un adolescente o considerar que el mismo sea malicioso o malintencionado, cuando el presunto autor del hecho punible es precisamente el adolescente, que está limitado por la ley, para el ejercicio pleno de sus derechos, obligaciones y necesidades.

Estas circunstancias que califican la conducta del sujeto activo del hecho, en el supuesto de la prescripción judicial, pudieran afectar el honor o imagen del mismo, con plena responsabilidad sobre sus actos, exigencia requerida a un individuo con pleno desarrollo psicológico, biológico y social; vale decir adulto, más no al tratarse de una persona en formación.

16-02-2016 Imputación

MATERIA PENAL

Escenarios que justifican una nueva imputación en el proceso

Una nueva imputación en el proceso siempre se justificará cuando cambien los términos o contenidos sobre los cuales se fundamentaron inicialmente las estrategias de defensa del imputado.

Los escenarios que justifican la realización de una nueva imputación formal:

I.                    Aparición de nuevos delitos no considerados con anterioridad.

II.                 Modificaciones fácticas sustanciales relacionadas con delitos sí considerados con anterioridad: a) Casos en los cuales el tipo penal abarca varias conductas típicas; b) Casos en los cuales el tipo penal abarca distintos medios de comisión relacionados con una misma resolución criminal; c) Casos en los cuales se modifican circunstancias fácticas que no están consideradas expresamente en los tipos penales respectivos.

III.               Cambios de calificación jurídica: a) Delitos homogéneos; b) Delitos heterogéneos.

IV.              Tipos de imperfecta realización.

V.                 Dolo y culpa.

VI.              Tipos de autoría y participación: a) Casos en los que se trata de un mismo aporte fáctico pero valorado de manera distinta; b) Casos en los que se atribuye un aporte fáctico distinto.

Bibliografía. Problemas de la Imputación en el Proceso Penal. Giovanni Rionero. Vadell hermanos editores. pp. 88, 89, 90, 93, 94, 95, 102, 104, 106, 109, 111, 115.