- Imprudencia.
- Impericia.
- Inobservancia.
- Negligencia.
Blog para investigar las ciencias penales y criminológicas, así como lo que sea útil para la materia penal, sin olvidar la Constitución Nacional de Venezuela. Creado por Jorge Leonardo Salazar Rangel en fecha 20-01-2013
25 de junio de 2015
Orden de Inicio
CONTENIDO DE LA ORDEN DE INICIO
Fecha; nombres y apellidos, tanto
del imputado como de la víctima; fundamentos legales; órgano policial actuante
en ese procedimiento; diligencias a practicar; firma del Fiscal del Ministerio
Público.
Actos Conclusivos
CONTENIDO DEL DECRETO DE ARCHIVO
FISCAL. PARTES
Capítulo I: Descripción de los
hechos objeto de la investigación.
Capítulo II: Diligencias de
investigación.
Capítulo III: Motivación.
CONTENIDO DE LA SOLICITUD DE SOBRESEIMIENTO.
PARTES
De
los hechos.
Fundamentación
jurídica.
Petitorio.
24 de junio de 2015
Diligencias
DILIGENCIAS QUE SE REALIZAN EN INVESTIGACIONES PENALES
Práctica de entrevistas a testigos presenciales sobre los hechos.
Práctica de entrevistas a testigos referenciales sobre los hechos.
Práctica de inspección ocular en el sitio del hecho.
Ordenar reconocimiento médico-legal.
Reconocimiento médico-legal: ginecológico y/o ano rectal.
Práctica de experticia de avalúo prudencial y real.
Entrevistar a funcionarios actuantes en el proceso.
Practicar experticia balística.
Practicar experticia de planimetría.
Practicar experticia de ATD.
Recabar protocolo de autopsia y acta de defunción.
Practicar otras diligencias urgentes y necesarias para el total esclarecimiento del hecho que se está investigando.
Raspadura de dedo en vivo.
Entrevistar a los testigos y demás personas que tengan conocimiento de los hechos.
Entrevistar a los funcionarios actuantes en el proceso.
Ordenar reconocimiento médico-legal a la víctima y recabar el resultado.
Practicar autopsia de ley al cadáver.
Practicar experticias de ATD.
Realizar experticia balística.
Realizar levantamiento planimétrico.
Realizar experticias físicas sobre las prendas de vestir de la víctima.
Practicar experticias de reconocimiento legal sobre los objetos incautados.
Practicar experticia de avalúo real sobre los objetos incautados.
Avalúo prudencial.
Ordenar reconocimiento ginecológico y ano-rectal a la víctima.
Práctica de entrevistas a testigos presenciales sobre los hechos.
Práctica de entrevistas a testigos referenciales sobre los hechos.
Práctica de inspección ocular en el sitio del hecho.
Ordenar reconocimiento médico-legal.
Reconocimiento médico-legal: ginecológico y/o ano rectal.
Práctica de experticia de avalúo prudencial y real.
Entrevistar a funcionarios actuantes en el proceso.
Practicar experticia balística.
Practicar experticia de planimetría.
Practicar experticia de ATD.
Recabar protocolo de autopsia y acta de defunción.
Practicar otras diligencias urgentes y necesarias para el total esclarecimiento del hecho que se está investigando.
Raspadura de dedo en vivo.
Entrevistar a los testigos y demás personas que tengan conocimiento de los hechos.
Entrevistar a los funcionarios actuantes en el proceso.
Ordenar reconocimiento médico-legal a la víctima y recabar el resultado.
Practicar autopsia de ley al cadáver.
Practicar experticias de ATD.
Realizar experticia balística.
Realizar levantamiento planimétrico.
Realizar experticias físicas sobre las prendas de vestir de la víctima.
Practicar experticias de reconocimiento legal sobre los objetos incautados.
Practicar experticia de avalúo real sobre los objetos incautados.
Avalúo prudencial.
Ordenar reconocimiento ginecológico y ano-rectal a la víctima.
Orden
ORDEN DE LOS MEDIOS DE PRUEBA
- Expertos.
- Testigos.
- Otros medios de prueba, tales como: documentos, informes escritos, reproducción de grabaciones, objetos para ser exhibidos, grabaciones y elementos de pruebas audiovisuales.
El
Juez, si considera necesario, puede alterar el orden, de conformidad con el
artículo 336 Código Orgánico Procesal Penal.
V Especialización-(xix)
V CURSO INTERNACIONAL DE
ESPECIALIZACIÓN EN CRIMINALÍSTICA Y CIENCIAS FORENSES
-
Broncoaspiración.
-
Livideces.
-
Proyectil antiguo.
-
Putrefacción.
-
Esqueletización.
-
Tejido de granulación.
-
Tipos de autopsias: Clínicas, Forenses y Psicológicas.
-
La autopsia clínica la realiza el patólogo clínico.
-
La autopsia psicológica la hace el psiquiatra forense.
-
Peritaje.
-
Los órganos de cadáveres por muerte violenta no son susceptibles de ser
donados.
-
Lesiones pre-mortem. Lesiones post-mortem.
-
Tiempo aproximado en hacer autopsia: de 2 a 3 horas. Todo se va fijando fotográficamente.
-
Sin la trayectoria intraorgánica el experto balístico no puede establecer la
trayectoria balística.
-
Tipos de exhumación: Administrativa, Científica o Histórica, Judicial o Jurídica.
La exhumación administrativa se realiza para cambiar a la persona de
cementerio.
-
Las muertes violentas no pueden ser cremadas. Sólo cuando el caso se resuelva.
-
Una exhumación puede durar entre 4 ó 5 horas, dependiendo de la complejidad del
caso.
-
Santos Martiarena.
-
Herida de tipo suicida. Herida de tipo homicida.
-
Histología.
-
Emitiendo opinión.
-
Hay amígdalas cerebelosas. También hay en la garganta.
Fuente: V Curso Internacional de
Especialización en Criminalística y Ciencias Forenses.
23 de junio de 2015
Cálculo Pena
REGLA DEL CÁLCULO DE LA
PENA QUE SE ESTABLECE EN EL CÓDIGO PENAL
Se
debe partir del término medio de pena, de conformidad con lo establecido en el
artículo 37 del Código Penal.
DELITO IMPERFECTO
Es
el delito que no llega a consumarse.
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