17 de mayo de 2016

17-05-2016 Sucesiones (15)

Frase reflexiva:
El inteligente resuelve los problemas; el sabio los evita

JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

SUCESIONES
TEMA 3 EL BENEFICIO DE INVENTARIO


Cualquier heredero puede solicitar la herencia a beneficio de inventario, en este caso vamos hablar de aquel que tenga la posesión real de los bienes. El heredero que haga la solicitud del beneficio de inventario y se declare como heredero a beneficio de inventario, tiene que ir con un escrito ante el Juez de 1era Instancia del último domicilio del de cujus donde se abrió la sucesión para solicitar dicha herencia; luego el Juez fijará los edictos en las puertas del Tribunal y se notificará en el periódico oficial a todos los interesados. Art. 1023 C.C.

Una vez que se hace dicha solicitud la ley le da al Juez 3 meses para hacer el inventario; en el caso de que el inventario no se haga en ese lapso, la ley le da al interesado una prórroga de 3 meses más. Art. 1028 C.C.

Si el interesado hace el inventario dentro del lapso establecido quedará como heredero a beneficio de inventario. Pero sino hace el inventario o no lo concluye en el lapso establecido ni en la prórroga que le da la ley, se reputará como heredero puro y simple.

Pero también puede suceder que el interesado haya solicitado a beneficio de inventario la herencia y todavía no haya hecho la declaración para solicitar de esa manera -a beneficio de inventario- para ver si la herencia es activa o pasiva. Si se llega hacer así en la solicitud correrán 3 meses más una prórroga de 3 meses, y ésta persona tendrá 40 días para decidir si acepta o no a beneficio de inventario. Sino llega a decidir en ese lapso establecido de 40 días, quedará como un heredero puro y simple.

Posesión real de los bienes = Que se tenga idea de los bienes que hay.

Nota: Tengamos presente que hay como “2 especies de modalidades” en cuanto a la decisión del heredero: 1ero él puede hacer la solicitud de beneficio de inventario aceptando de una vez la herencia; y 2do él puede hacer la solicitud pero no aceptar la herencia hasta ver si es una herencia activa o pasiva.

Nota: Todas las acciones o solicitudes se harán en el último domicilio donde muera el causante, es decir, el lugar donde tenía el asiento principal de sus asientos e intereses.

Frase reflexiva:
El inteligente resuelve los problemas; el sabio los evita

17-05-2016 Sucesiones (14)

Frase reflexiva:
El inteligente resuelve los problemas; el sabio los evita

JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

SUCESIONES
TEMA 3 EL BENEFICIO DE INVENTARIO

BENEFICIO DE INVENTARIO
1023 - 1048 C.C.

Existe una excepción al principio de la confusión del patrimonio, el cual va a favorecer a los herederos. Dicha excepción puede ser solicitada por los herederos con el fin de que no exista confusión de patrimonio.

Hay un grupo que son: los menores de edad, los entredichos, los inhabilitados y las personas jurídicas, los cuales aceptan por obligación a beneficio de inventario. No quiere decir que solamente ellos pueden aceptar a beneficio de inventario, ya que cualquier heredero lo puede hacer.

Frase reflexiva:
El inteligente resuelve los problemas; el sabio los evita

15 de mayo de 2016

15-05-2016 Trata/Tráfico (14)

Frase reflexiva:
El papel lo aguanta todo

DERECHO PENAL

La Trata de Personas. Tráfico de Personas

¿Cómo logran engañar a la víctima en el delito de trata de personas?

Los medios de captación suelen ser mediante:

Ø      Ofrecimiento de cursos.

Ø      Anuncios en medios impresos.

Ø      Contactos por Internet.

Ø      Referencias de familiares, o conocidos.

Ø      Supuestas oportunidades de empleo.

Ø      A través de agencias de reclutamiento, modelaje, o agencias de viajes.

Ø      Abordaje en universidades, escuelas, cantinas.

Ø      Manipulación sentimental a través del noviazgo, o matrimonio; entre otros.

Fuente de la información: Taller “La Trata de Personas y sus Diferencias con el Tráfico de Migrantes a la Luz del Ordenamiento Jurídico”. Fundación Para la Investigación, Capacitación y Desarrollo de la Función Fiscal-Ministerio Público. Caracas-Venezuela.

Frase reflexiva:
El papel lo aguanta todo

15-05-2016 Impugnación (10)

Frase reflexiva:
El papel lo aguanta todo

DERECHO PROCESAL PENAL

Medios Impugnativos en el Proceso Penal

- El Juez de Control de la Fase Preparatoria agota la competencia cuando se presenta un acto conclusivo, ya que asumirá la competencia de la Fase Intermedia.

- El Juez de Control de la Fase Intermedia agota la competencia cuando dicta el auto de apertura a juicio.

- El Juez de Juicio agota la competencia cuando dicta sentencia, bien sea absolutoria, condenatoria, o de sobreseimiento.

- El Juez de Ejecución agota la competencia cuando ejecuta la sentencia.

- En la Fase Recursiva, el Juez agota la competencia cuando resuelve el recurso.

- 311.8 Código Orgánico Procesal Penal, 326 Código Orgánico Procesal Penal.

- Los hechos demarcan la intención del sujeto activo.

Fuente de la información: Curso Medios de Impugnación en Materia Penal Fundación Para la Investigación, Capacitación y Desarrollo de la Función Fiscal (FUNDAFISCAL)-Ministerio Público. Caracas-Venezuela.

Frase reflexiva:
El papel lo aguanta todo

15-05-2016 Impugnación (9)

Frase reflexiva:
El papel lo aguanta todo

DERECHO PROCESAL PENAL

Medios Impugnativos en el Proceso Penal

- Toda causa, es una causa vidente con un fin determinado.

- Donde se realiza el primer acto para lograr la finalidad del asunto.

- Fuero militar. Altos funcionarios públicos. Tribunal conflictuado. Corte Marcial.

- Conflictos competenciales: pueden ser de conocer, y se resuelven a través del reclamo; o, desconocer, y se resuelve a través de la declinatoria de la competencia.

- La excepción se opone ante el tribunal que conozca la causa para que decline la competencia.

- Delito de rebelión militar del Código Penal. Delito de rebelión militar del Código Orgánico de Justicia Militar.

- Da mihi factum, dabo tibi ius: dame los hechos, yo te daré el Derecho.

Fuente de la información: Curso Medios de Impugnación en Materia Penal Fundación Para la Investigación, Capacitación y Desarrollo de la Función Fiscal (FUNDAFISCAL)-Ministerio Público. Caracas-Venezuela.

Frase reflexiva:
El papel lo aguanta todo

15-05-2016 Impugnación (8)

Frase reflexiva:
El papel lo aguanta todo

DERECHO PROCESAL PENAL

Medios Impugnativos en el Proceso Penal

- Los usos de los recursos cuestionan. Incidencias de apartamiento.

- Cosa juzgada: res iudicata.

- Inaudita alteram pars: sin escuchar a la otra parte.

- Audi alteram par: escuchar a la otra parte.

- Locus commissi delicti: la ley del sitio en donde se cometió el delito.

- No todos los delitos son de resultado.

- Los delitos complejos tienen diferentes actos constitutivos.

Fuente de la información: Curso Medios de Impugnación en Materia Penal Fundación Para la Investigación, Capacitación y Desarrollo de la Función Fiscal (FUNDAFISCAL)-Ministerio Público. Caracas-Venezuela.

Frase reflexiva:
El papel lo aguanta todo

15-05-2016 Sucesiones (13)

Frase reflexiva:
El papel lo aguanta todo

JORGE SALAZAR

SUCESIONES
TEMA 2 LA HERENCIA

PETITIUS HEREDITATIS O LA PETICIÓN DE HERENCIA

Es la acción en la cual el heredero reclama el reconocimiento de la cualidad hereditaria contra quien posea cosas de la herencia a título de heredero o de simple poseedor.

La petición de herencia es una persona que acciona contra otros que le están quitando sus derechos de tener esa herencia.

Nota: La persona busca que se le reconozca como heredero para que se le de una cuota parte de la herencia.

EFECTOS DEL PETITIUS HEREDITATIS O LA PETICIÓN DE HERENCIA

1.- Reconocimiento por el demandado de la cualidad del heredero del actor.

2.- Reivindicación de la totalidad o de una parte de la herencia.

Nota: En el caso de ser necesario se hace una prueba de inquisición de paternidad a la persona que sostenga la calidad de heredero.

EFECTOS EN CASO DE BUENA Y MALA FE

Si el heredero aparente actúa de buena fe, las ventas que se hayan hecho son válidas y solamente tendrá que restituir el precio recibido, y a ceder su acción contra el comprador en caso de no haber pagado todavía (mala fe); es decir, sino se paga totalmente, las acciones para cobrar las tiene el heredero.

Nota: Sólo se devolverá lo adquirido por concepto de la herencia.

Frase reflexiva:
El papel lo aguanta todo