8 de junio de 2016

08-06-2016 Familia (61)

Frase reflexiva:
Todos los extremos son malos

JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

Materia: Derecho de Familia.
Semestre: Tercero-Pregrado.

Bibliografía: Apuntes de Derecho de Familia y Sucesiones. Decimocuarta edición. Caracas, 2007.  RAÚL SOJO BIANCO.

Tema # 10 Efectos del Matrimonio             

2. Fidelidad: De igual manera dispone el Artículo 137 del C.C. que los cónyuges están obligados a guardarse fidelidad. El deber de fidelidad obliga a los esposos a abstenerse de tener relaciones carnales fuera del matrimonio; es decir, con terceras personas.

La fidelidad conyugal obliga por igual a ambos esposos, razón por la cual es infiel tanto el marido como la mujer que tenga cualquier contacto sexual fuera del matrimonio.

El incumplimiento grave del deber de fidelidad, determina las siguientes sanciones:

a) Constituye causal de divorcio o de separación contenciosa de cuerpos, alegable por el cónyuge inocente. (Art. 185, Ord. 1º C.C.).

b) En términos generales, es delito penal de acción privada.

c) La doctrina extranjera considera que el cónyuge inocente tiene acción de daños y perjuicios contra el esposo adultero, a fin de lograr la reparación del daño moral.

Frase reflexiva:
Todos los extremos son malos

08-06-2016 Familia (60)

Frase reflexiva:
Todos los extremos son malos

JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

Materia: Derecho de Familia.
Semestre: Tercero-Pregrado.

Bibliografía: Apuntes de Derecho de Familia y Sucesiones. Decimocuarta edición. Caracas, 2007.  RAÚL SOJO BIANCO.

Tema # 10 Efectos del Matrimonio             

Las causas de suspensión, son las siguientes:

a) Suspensión total del deber de cohabitación: Cualquiera de los cónyuges o ambos, según sea el caso, puede negarse a cumplir la obligación de vivir juntos, en las siguientes circunstancias:

a. 1 Cuando existe sentencia firme o decreto judicial de separación de cuerpos, ya que la separación legal suspende la vida en común de los casados.

a. 2 Si se ha iniciado o se encuentra en curso un proceso judicial de nulidad del matrimonio, de divorcio o de separación de cuerpos.

a. 3 Al incurrir uno de los cónyuges en violación de cualquiera de los deberes conyugales, hasta el extremo de que esa infracción constituya causal de divorcio o de separación contenciosa de cuerpos, el otro esposo puede suspender el cumplimiento por su parte de la obligación de cohabitación.

b) Suspensión del débito conyugal: Se considera que cualquiera de los esposos puede negarse a mantener relaciones sexuales con el otro, pero sin llegar al extremo de separarse del hogar común, cada vez que existan causas justificadas para ello, como serían razones de salud, de abusos de tales relaciones, etc. Debe tratarse de circunstancias que no signifiquen violación grave de deberes por el otro cónyuge, puesto que de existir este tipo de infracción, el esposo inocente no sólo podría negar el débito conyugal, sino que incluso tendría derecho a suspender totalmente el cumplimiento del deber de cohabitación.

El incumplimiento grave e injustificado del deber de cohabitación, da al cónyuge inocente los siguientes derechos:

1) El de suspender por su parte el incumplimiento del deber de socorro, si el otro esposo se ha separado del hogar común sin justa causa.

b) El de intentar la acción de divorcio o de separación de cuerpos.

Frase reflexiva:
Todos los extremos son malos

08-06-2016 Familia (59)

Frase reflexiva:
Todos los extremos son malos

JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

Materia: Derecho de Familia.
Semestre: Tercero-Pregrado.

Bibliografía: Apuntes de Derecho de Familia y Sucesiones. Decimocuarta edición. Caracas, 2007.  RAÚL SOJO BIANCO.

Tema # 10 Efectos del Matrimonio             

Estos deberes y derechos son los siguientes:

1. Cohabitación: Indica el Artículo 137 del Código Civil, que los cónyuges están obligados a vivir juntos.

- Artículo 137 C.C.: Con el matrimonio, el marido y la mujer adquieren los mismos derechos y asumen los mismos deberes.

Del matrimonio deriva la obligación de los cónyuges de vivir juntos, guardarse fidelidad y socorrerse mutuamente.

La mujer casada podrá usar el apellido del marido. Este derecho subsiste aún después de la disolución del matrimonio por causa de muerte, mientras no contraiga nuevas nupcias. La negativa de la mujer casada a usar el apellido del marido no se considerará, en ningún caso, como falta a los deberes que la Ley impone por efecto del matrimonio.

La obligación de cohabitar resulta de la esencia misma del matrimonio dirigido como ésta a la mutua ayuda de los esposos y a la procreación, finalidades que no podrían lograrse adecuadamente sin la vida en común de los esposos.

Consecuencia de la cohabitación es el domicilio conyugal, el cual se halla en el lugar donde ambos cónyuges tengan su residencia. Algunas normas legales aluden al “domicilio conyugal” y hacen producir al mismo determinados efectos.

El domicilio conyugal es fijado por los cónyuges de mutuo acuerdo (Art. 140 C.C.) y será el lugar donde tengan establecida su residencia. En caso de que los cónyuges tuvieren residencias separadas, de hecho o en virtud de la autorización judicial prevista en el Artículo 138 del C.C., el domicilio conyugal será el lugar de la última residencia común (Art. 138 C.C.)

- Artículo 138 del C.C.: “El Juez de Primera Instancia en lo Civil podrá, por justa causa plenamente comprobada, autorizar a cualquiera de los cónyuges a separarse temporalmente de la residencia común.

- Artículo 140 del C.C.: “Los cónyuges, de mutuo acuerdo, tomarán las decisiones relativas a la vida familiar y fijarán el domicilio conyugal.

Por otra parte, existen circunstancias que producen la suspensión de este deber; al efecto suelen distinguirse causas de suspensión de toda la obligación de cohabitar y causas de suspensión del débito conyugal únicamente.

Frase reflexiva:
Todos los extremos son malos

08-06-2016 Familia (58)

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Todos los extremos son malos

JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

Materia: Derecho de Familia.
Semestre: Tercero-Pregrado.

Bibliografía: Apuntes de Derecho de Familia y Sucesiones. Decimocuarta edición. Caracas, 2007.  RAÚL SOJO BIANCO.

Tema # 10 Efectos del Matrimonio             

Deberes y Derechos de los Cónyuges

La celebración del matrimonio hace surgir entre los esposos, todo un conjunto de deberes y derechos. En cuanto a su fundamento filosófico, esos deberes y derechos resultan del principio de que los cónyuges se deben mutua ayuda.

Los deberes y derechos que para los cónyuges surgen del matrimonio, tienen tres caracteres fundamentales:

1) Son de naturaleza legal: Aunque la raíz de los deberes y derechos conyugales sea de carácter ético, desde el punto de vista jurídico se trata simplemente de obligaciones y facultades legales.

2) Son de orden público: Los deberes y derechos que hace nacer el matrimonio constituyen el núcleo del estado conyugal; por eso son materia de orden público; de allí, que no interviene la voluntad de los particulares.

3) Son recíprocos: Corresponden al marido frente a la mujer y a ésta respecto de aquél.

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08-06-2016 Familia (57)

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JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

Materia: Derecho de Familia.
Semestre: Tercero-Pregrado.

Bibliografía: Apuntes de Derecho de Familia y Sucesiones. Decimocuarta edición. Caracas, 2007.  RAÚL SOJO BIANCO.

Tema # 10 Efectos del Matrimonio             

El conjunto de consecuencias legales que determina el matrimonio, puede dividirse en dos (2) categorías fundamentales: efectos personales y efectos patrimoniales. Ambos efectos se rigen por el derecho del domicilio común de los cónyuges. Si tuviesen domicilios distintos, se aplicará el Derecho del último domicilio común, de conformidad con lo establecido en el Artículo 22 de la Ley de Derecho Internacional Privado.

Efectos Matrimoniales:

                         1. Respecto de los cónyuges     1.Deberes y derechos
                             (directamente).                      conyugales.
                                                                            
a) Personales
                         2. Respecto de los hijos            1. Patria potestad.
                             (indirectamente).           


b) Patrimoniales: 1. Régimen Matrimonial.      

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Todos los extremos son malos

08-06-2016 Familia (56)

Frase reflexiva:
Todos los extremos son malos

JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

Materia: Derecho de Familia.
Semestre: Tercero-Pregrado.

Bibliografía: Apuntes de Derecho de Familia y Sucesiones. Decimocuarta edición. Caracas, 2007.  RAÚL SOJO BIANCO.

Tema # 7 Requisitos de Forma

Pruebas del Matrimonio

Primarias:

1. Copia certificada del acta de celebración.

2. Posesión de estado de cónyuges.

3. Sentencia penal.

4. Cualquier otro medio de prueba.

Secundarias:

5. Copia certificada de acta de registro civil, distinta de la del matrimonio que se pretende probar.

6. La admisión del matrimonio sin contradicción.

Frase reflexiva:
Todos los extremos son malos

08-06-2016 Familia (55)

Frase reflexiva:
Todos los extremos son malos

JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

Materia: Derecho de Familia.
Semestre: Tercero-Pregrado.

Bibliografía: Apuntes de Derecho de Familia y Sucesiones. Decimocuarta edición. Caracas, 2007.  RAÚL SOJO BIANCO.

Tema # 7 Requisitos de Forma

Caracteres comunes a toda forma de celebrarse el matrimonio:

a) Es estrictamente personal: Solamente se puede llevar a cabo, estando presente los respectivos contrayentes.

b) Es público: El matrimonio no puede celebrarse en secreto, ni privadamente. El acto puede ser preenviado por todas las personas que deseen asistir a él, independientemente que se realice en el Despacho Oficial del funcionario que lo autoriza o en cualquier otro sitio, aunque se trate de una residencia particular.

c) Es gratuito: No se puede cobrar para realizar el matrimonio. Está prohibido.

Registro del Acta Matrimonial

El acta matrimonial queda asentada en los siguientes registros:

1. Libro de matrimonios del funcionario que intervino en el acto.

2. Libro de matrimonios de la primera autoridad civil de la parroquia.

3. Libro del matrimonio del concejo municipal del lugar de la celebración.

4. Libro de matrimonios de la primera autoridad civil de la parroquia o municipio donde nació el marido y la esposa.

5. Existen notas marginales en las actas de las partidas de nacimiento de c/u de los cónyuges.

Frase reflexiva:
Todos los extremos son malos