12 de octubre de 2024

(12-10-2024) Preterintencional concausal [7]

Sentencia No. 286 de fecha 23-MAY-2024 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia: Magistrado Ponente Doctor. MAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ

Para que se dé este tipo penal es indispensable que existan circunstancias preexistentes desconocidas del culpable, o de causas imprevistas o independientes de su hecho, que sin ellas no haría sobrevenido la muerte. Es decir el sujeto activo tiene el propósito de lesionar al sujeto pasivo, destacando que solo con la conducta objetiva del agente, por sí sola, no es suficiente para causar la muerte, por lo que es preciso que exista una causa preexistente o superviniente (sobrevenida de algo propio del sujeto, no producida por la lesión causada) para ocasionar la muerte del sujeto pasivo, es decir obra con animus nocendi (intención de causar daño).

Por ello, la inferencia considerada por el Juez resulta contradictoria, ya que en principio considera que la intención dolosa ejecutada por el acusado (...), era de alcanzar un resultado concreto (lesionar), para luego determinar que por una causa preexistente (laparotomía explorativa que se le realizara al occiso hace 14 años, producto de una herida por arma de fuego) y superviniente “Complicación post operatoria en la colonoscopia”, se produjo un efecto más allá del resultado previsto.

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La frase del día 
"No hay pecado comparable"

11 de octubre de 2024

(11-10-2024) Preterintencional concausal [6]

Sentencia No. 286 de fecha 23-MAY-2024 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia: Magistrado Ponente Doctor. MAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ

No obstante, el Juez de Juicio, al momento de dictar sentencia decide condenar al acusado (...), por el delito de Homicidio Preterintencional Concausal, previsto y sancionado en el artículo 410 del Código Penal vigente (sin hacer la advertencia correspondiente a la concausa), en este sentido el referido tipo penal establece:

“Artículo 410. El que con actos dirigidos a ocasionar una lesión personal, causare la muerte de alguno, será castigado con presidio de seis a ocho años, en el caso del artículo 405; de ocho a doce años, en el caso de artículo 406; y de siete a diez años, en el caso del artículo 407.

Si la muerte no hubiese sobrevenido sin el concurso de circunstancias preexistentes desconocidas del culpable, o de causas imprevistas o independientes de su hecho, la pena será la de presidio de cuatro a seis años, en el caso del artículo 405; de seis a nueve años, en el caso del artículo 406; y de cinco a siete años, en el caso del artículo 407.” (subrayado de la Sala)

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La frase del día 
"Tus primeras 10.000 fotografías serán tus peores fotografías" Henri Cartier

10 de octubre de 2024

(10-10-2024) Preterintencional concausal [5]

Sentencia No. 286 de fecha 23-MAY-2024 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia: Magistrado Ponente Doctor. MAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ

La preterintención consiste en la producción de un resultado típico que va más allá del dolo inicial. Entendiéndose entonces que el homicidio preterintencional, se perfecciona con un resultado no deseado, donde si bien el sujeto activo acciona con dolo directo con el fin de generar una lesión, dicha actividad sobrepasa el resultado deseado conduciendo a la muerte de la víctima.

De ahí que las características del tipo penal requiere tres condiciones fundamentales: 1) que el sujeto activo accione con intención de solo causar una lesión. 2) que dicha acción sea proporcional y que no sobrepase los límites de la defensa y (3) que la muerte se produzca como resultado de una condición que no haya sido conocida o representada por el sujeto activo.

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La frase del día 
"Cuando la realidad se derrumba, los héroes nacen"

9 de octubre de 2024

(09-10-2024) Preterintencional concausal [4]

Sentencia No. 286 de fecha 23-MAY-2024 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia: Magistrado Ponente Doctor. MAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ

Resulta determinante en razón de la nueva calificación jurídica advertida, realizar un análisis del delito de Homicidio Preterintencional, previsto en el artículo 410 del Código Penal, el cual fue la nueva calificación jurídica anunciada por el juez de juicio, cuyo contenido se transcribe a continuación:

“Artículo 410. El que con actos dirigidos a ocasionar una lesión personal, causare la muerte de alguno, será castigado con presidio de seis a ocho años, en el caso del artículo 405; de ocho a doce años, en el caso de artículo 406; y de siete a diez años, en el caso del artículo 407.

Enlace a la Sentencia:

La frase del día 
"El tiempo, la perseverancia y 10 años de intentos eventualmente te harán ver como un éxito de la noche a la mañana" Biz Stone, cofundador de Twitter

8 de octubre de 2024

(08-10-2024) Preterintencional concausal [3]

Sentencia No. 286 de fecha 23-MAY-2024 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia: Magistrado Ponente Doctor. MAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ

Dicho cambio fue considerado por el Juez de Instancia, quien de manera ilógica señala una causa preexistente que consideró determinante para la muerte del ciudadano (...), como lo fue una laparotomía explorativa que se le realizara al occiso hace 14 años, producto de una herida por arma de fuego y una superviniente como lo es “Complicación post operatoria en la colonoscopia”.

Si bien es cierto, el Juez de Juicio tiene la facultad de modificar esencialmente la calificación jurídica, inmediatamente después de terminada la recepción de las pruebas (si antes no lo hubiere hecho), advirtiendo al acusado de esa posibilidad, no obstante, dicho cambio no puede modificar el hecho en su propia esencia, es necesario que el juez conforme a los órganos de prueba que haya presenciado considere esa posibilidad que no fue observada por ninguna de las partes.

Enlace a la Sentencia:

La frase del día 
"Podremos sufrir derrotas pero nunca ser derrotados"

7 de octubre de 2024

(07-10-2024) Criminología, Política Criminal [9]

Todas esas criminologías tienen en común lo siguiente:

• Criminología es política criminal.

• El estudio de lo que se considera el orden a imponer, el orden a conseguir, el orden a anhelar.

• El poder penal.

• El control social.

• La libertad.

• La ciudadanía.

• La legitimación y el desenmascaramiento de la legitimación.

• La creación de leyes, su transgresión y el control de estas.

Cuando emerge la criminología interaccionista, por primera vez en la criminología se problematiza la ley.

El poder es para lo que se permite y lo que no se permite. El poder es el poder de definir, por lo tanto, esta definición irá explicando y delimitando los temas por investigar en cada criminología, es decir, los bienes jurídicos por proteger, las leyes por promulgar, las políticas criminales por establecer, el concepto de orden y las sanciones por aplicar. 

Todas las cuestiones relativas a la propia producción del delito y su control, son cuestiones políticas, y no deberían ser extraídas del debate público político.

Fuente de la información: Criminología, Política Criminal y Democracia. Taller efectuado en fecha 30-04-2024 por parte del Centro Simón Rodríguez (CSR).

La frase del día 
"Todo lo que siempre has querido está al otro lado del miedo" George Addair

(07-10-2024) Criminología, Política Criminal [8]

Las nuevas criminologías son:

• Criminología interaccionista.
• Criminología crítica.
• Criminología de los derechos humanos.

No forman parte de las nuevas criminologías: la criminología positivista; la criminología de la escuela clásica, del derecho penal clásico; una parte de la criminología interaccionista que se basaba meramente en lo sociológico cuando apenas empezaba a problematizarse la ley. 

Cuando dentro de la criminología interaccionista empiezan a estudiarse los procesos de etiquetamiento, estamos en presencia de las nuevas criminologías.

Fuente de la información: Criminología, Política Criminal y Democracia. Taller efectuado en fecha 30-04-2024 por parte del Centro Simón Rodríguez (CSR).

La frase del día 
"Todo lo que siempre has querido está al otro lado del miedo" George Addair