Dicho cambio fue considerado por el Juez de Instancia, quien de manera ilógica señala una causa preexistente que consideró determinante para la muerte del ciudadano (...), como lo fue una laparotomía explorativa que se le realizara al occiso hace 14 años, producto de una herida por arma de fuego y una superviniente como lo es “Complicación post operatoria en la colonoscopia”.
Si bien es cierto, el Juez de Juicio tiene la facultad de modificar esencialmente la calificación jurídica, inmediatamente después de terminada la recepción de las pruebas (si antes no lo hubiere hecho), advirtiendo al acusado de esa posibilidad, no obstante, dicho cambio no puede modificar el hecho en su propia esencia, es necesario que el juez conforme a los órganos de prueba que haya presenciado considere esa posibilidad que no fue observada por ninguna de las partes.
Enlace a la Sentencia:
La frase del día
"Podremos sufrir derrotas pero nunca ser derrotados"
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