28 de mayo de 2013

Flagrancia

DERECHO PROCESAL PENAL

De las medidas de coerción personal: de la aprehensión por flagrancia

Flagrancia. De acuerdo al Código Orgánico Procesal Penal, se tiene como delito flagrante:

a. el que se esté cometiendo;

b. el que acaba de cometerse;

c. la persecución hecha al sospechoso por parte de la víctima;

d. la persecución hecha al sospechoso por parte de la autoridad policial;

e. la persecución hecha al sospechoso por parte del clamor público;

f. cuando se sorprende al sospechoso, a poco de la comisión del hecho punible, en el mismo lugar donde se cometió: con armas, instrumentos, u otros objetos que hagan presumir que él es el autor; o

g. cuando se sorprende al sospechoso, a poco de la comisión del hecho punible, cerca del lugar donde se cometió: con armas, instrumentos, u otros objetos que hagan presumir que él es el autor. (...)

Responsabilidad

DERECHO PENAL
 
Ley Orgánica del Ministerio Público. Principios rectores

Responsabilidad. Los funcionarios del Ministerio Público están sujetos a responsabilidad civil, administrativa, o disciplinaria, con motivo del ejercicio de sus funciones.

Interpretación restrictiva

DERECHO PROCESAL PENAL

De las medidas de coerción personal: principios generales 

Interpretación restrictiva. Las disposiciones legales que restrinjan la libertad del imputado, limiten sus facultades, y las disposiciones que definen la flagrancia, serán interpretadas restrictivamente.

Interpretación restrictiva. Se restringe el ámbito de aplicación de la norma; el ámbito de aplicación se circunscribe en el caso específico.

Probidad

DERECHO PENAL
 
Ley Orgánica del Ministerio Público. Principios rectores

Probidad. Los funcionarios del Ministerio Público están en el deber de actuar con: honradez, rectitud e integridad.

Motivación

DERECHO PROCESAL PENAL

De las medidas de coerción personal: principios generales 

Motivación. Las medidas de coerción personal podrán ser decretadas, solamente, conforme a las disposiciones del Código Orgánico Procesal Penal, mediante resolución judicial fundada. Se ejecutará de modo que perjudique lo menos posible a los afectados.

El Tribunal Supremo de Justicia, a través del órgano del Poder Judicial que designe, llevará un registro automatizado de los ciudadanos a quienes se les impongan medidas de coerción personal.

Transparencia

DERECHO PENAL
 
Ley Orgánica del Ministerio Público. Principios rectores

Transparencia. Las atribuciones del Ministerio Público se ejercerán con transparencia, de manera que permitan y promuevan la publicidad y el conocimiento de los procedimientos, contenidos y fundamentos de los actos realizados, sin perjuicio de la reserva, o secreto establecido en la ley.

Limitaciones

DERECHO PROCESAL PENAL

De las medidas de coerción personal: principios generales

Limitaciones. No podrá decretarse la privación judicial preventiva de libertad: 

- de las personas mayores de setenta años; 

- de las mujeres en los últimos tres meses de embarazo;

- de las madres durante la lactancia de sus hijos, hasta los seis meses posteriores al nacimiento; o

- de las personas afectadas por enfermedad en fase terminal, debidamente comprobada.

En estos casos, si es imprescindible una medida cautelar de carácter personal, se decretará la detención domiciliaria, o la reclusión en un centro especializado.