28 de mayo de 2013

Motivación

DERECHO PROCESAL PENAL

De las medidas de coerción personal: principios generales 

Motivación. Las medidas de coerción personal podrán ser decretadas, solamente, conforme a las disposiciones del Código Orgánico Procesal Penal, mediante resolución judicial fundada. Se ejecutará de modo que perjudique lo menos posible a los afectados.

El Tribunal Supremo de Justicia, a través del órgano del Poder Judicial que designe, llevará un registro automatizado de los ciudadanos a quienes se les impongan medidas de coerción personal.

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