24 de octubre de 2013

Relegación

DERECHO PENAL - MATERIA SUSTANTIVA

Código Penal venezolano - 92

Relegación a colonia penitenciaria. Al culpable de dos o más hechos punibles que merecieren pena de relegación a colonia penitenciaria, o confinamiento, se le aplicará la primera con aumento de una cuarta parte del tiempo correspondiente a la otra u otras.

23 de octubre de 2013

Criminalística XIX

CRIMINALÍSTICA

CRIMINALÍSTICA I. MONTIEL. SEGUNDA EDICIÓN, 2012

Origen de la criminalística

Las investigaciones policíacas se empezaron a guiar de manera científica, pero con un considerable porcentaje de empirismo, en las que se usaba la intuición y el sentido común, sin obtener así resultados satisfactorios. No obstante, todas estas investigaciones y pesquisas empíricas adquirieron un nombre propio, mismo que les adjudicó Hans Gross, quien las llamó criminalística, en Graz, Austria, 1892, nombre que se difundió en su obra Manual del Juez.

Del contenido científico del Manual del Juez se desprende que Hans Gross, en su época, constituyó a la criminalística con las siguientes materias: antropometría, argot criminal, contabilidad, criptografía, dibujo forense, documentoscopia, explosivos, fotografía, grafología, hechos de tránsito ferroviario, hematología, incendios, medicina legal, química legal e interrogatorio. 

Referencia bibliográfica. Montiel, Criminalística I, 2012, PP. 23, 25.

Plazo

DERECHO PROCESAL PENAL - MATERIA ADJETIVA

Código Orgánico Procesal Penal venezolano - 415

Del procedimiento para la reparación del daño y de la indemnización de perjuicios

Plazo. El juez se pronunciará sobre la admisión o rechazo de la demanda dentro de los tres días siguientes a su presentación.

Conversión

DERECHO PENAL - MATERIA SUSTANTIVA

Código Penal venezolano - 91

Conversión en arresto. Al culpable de uno o más hechos punibles que merecieren pena de arresto y de otro u otros que acarrean penas de relegación a colonia penitenciaria, confinamiento o multa, se le convertirán, éstas en la de arresto y se le aplicará sólo la pena del hecho más grave que la mereciere, pero con aumento de la tercera parte de la otra u otras penas de arresto en que hubiere incurrido, y de la tercera parte también del tiempo que resulte de la conversión de las otras penas indicadas en la de arresto.

La conversión se hará computando un día de arresto por dos de relegación a colonia penitenciaria, o confinamiento, y por quince unidades tributarias de multa.

22 de octubre de 2013

Criminalística XVIII

CRIMINALÍSTICA

CRIMINALÍSTICA I. MONTIEL. SEGUNDA EDICIÓN, 2012

Sistemas de identificación

1. Antropometría. Mide y reseña las partes necesarias de un cuerpo humano, con objeto de identificar a personas vivas o muertas en apoyo de otras técnicas de identificación y para formular medias filiaciones.

2. Retrato hablado. Elabora la filiación descriptiva o reseña histórica de la fisonomía de una persona o sospechoso para reconstruir sus rasgos faciales o físicos por medio del dibujo manual especializado o la cibernética forense para identificarla.

3. Dactiloscopia. Estudia y compara las huellas dactilares que se producen con las yemas de los dedos de las manos, con el fin de identificar a personas vivas o muertas.

4. Fotografía. Imprime, revela, estudia y compara fotografías "problema" y "testigo", con el propósito de reconocer los caracteres físicos y fisonómicos, morfológicos, cromáticos y mesurativos de personas vivas o muertas, y establecer su correspondencia física o fisonómica; incluye las imágenes de videofilmación para efectos de identificación.

5. Reconstrucción facial. Estudia cráneos, elabora moldes y reconstruye las fisonomías por medio de la antropología forense, la escultura y el moldeado con arcilla, plastilina, silicones u otro material afín, así como por medio de la cibernética forense, con objeto de identificarlas.

6. Superposición radiofotográfica cráneo-cara. Estudia y elabora montajes o superposición de radiografías de cráneos "problema" con amplificaciones de fotografías "testigo" por medio de sistemas manuales convencionales o de la cibernética forense, con el objeto de establecer la probable correspondencia de características entre la tipología del cráneo y la fisonomía del retrato, para identificar a personas descarnadas, momificadas, putrefactas o quemadas.

7. Odontología legal o forense. Estudia las características de las piezas y arreglos dentales, elabora moldes y fórmulas dentarias para comparaciones, con objeto de identificar a personas descarnadas, putrefactas o quemadas.

8. Superposición de pabellones auriculares. Elabora y estudia montajes o superposiciones comparativas de la morfología o fórmula geométrica de pabellones auriculares "problema" contra "testigo", para identificar a personas vivas o muertas.

9. Queiloscopia. Estudia las huellas de los labios "problema" que se producen con cosméticos o alguna otra sustancia colorantes sobre diversas superficies o soportes y las compara con otras "testigo", con el propósito de identificar a la persona que las produjo.

10. Identikit. Aplica técnicas de superposición de placas transparentes o acetatos que contienen gran variedad de particularidades fisonómicas  como cabello, frente, cejas, ojos, nariz, boca, mentón, Etc., con la finalidad de identificar a las personas o sospechosos.

11. Estomatología forense. Estudia todos los tejidos y órganos duros y blandos de la cavidad bucal para efectos de identificación. No tan sólo estudia todos los órganos dentarios, sino todos los indicios del aparato estomatognático para establecer sexo, edad, grupo racial, ocupación, nivel socioeconómico y lugar de origen.

Referencia bibliográfica. Montiel, Criminalística I, 2012, PP. 56, 57.

Requisitos

DERECHO PROCESAL PENAL - MATERIA ADJETIVA

Código Orgánico Procesal Penal venezolano - 414

Del procedimiento para la reparación del daño y de la indemnización de perjuicios

Requisitos. La demanda civil deberá expresar:

1. Los datos de identidad y el domicilio o residencia del demandante y, en su caso, los de su representante.

2. Los datos necesarios para identificar al demandado y su domicilio o residencia; si se desconoce algunos de estos datos podrán solicitarse diligencias preliminares al juez con el objeto de determinarlos.

3. Si el demandante, o el demandado, es una persona jurídica, la demanda deberá contener la denominación o razón social y los datos relativos a su creación o registro.

4. La expresión concreta y detallada de los daños sufridos y la relación que ellos tienen con el hecho ilícito.

5. La cita de las disposiciones legales en que funda la responsabilidad civil del demandado.

6. La reparación deseada y, en su caso, el monto de la indemnización reclamada.

7. La prueba que se pretende incorporar a la audiencia.

Arresto

DERECHO PENAL - MATERIA SUSTANTIVA

Código Penal venezolano - 90

Arresto. Aumento de la pena. Al culpable de dos o más hechos punibles, cada uno de los cuales acarree pena de arresto, sólo se le castigará con la pena correspondiente al más grave, pero aumentada en la tercera parte del tiempo correspondiente a la pena del otro u otros.