15 de abril de 2016

15-04-2016 Proceso (08)

Frase reflexiva:
No existe el crimen perfecto, lo que existe es una investigación imperfecta

TEORÍA DEL PROCESO
JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

TEORÍA GENERAL DEL PROCESO

De igual forma tenemos en el 26 constitucional una declaración de principios en materia procesal:

* Gratuidad > la gratuidad es relativa ya que los procesos no son gratis. Esa gratuidad a la cual se refiere la Constitución, es a la eliminación que hubo de los aranceles judiciales.

* Accesible > la justicia accesible se refiere a que la persona pueda tener la posibilidad cierta de poder acudir a un órgano jurisdiccional sin trabas.

* Imparcial > la administración de justicia imparcial nos infiere que el juez debe mantener una imparcialidad en el proceso; pero dicha imparcialidad tiene un límite teórico y práctico, ya que finaliza al momento en que el juez dicta la sentencia.

* Idónea > la administración de justicia tiene que ser adecuada y efectiva, tiene que tener calidad. Pero muchas veces la cantidad de sentencias que se sacan, disminuye la calidad en el proceso; es decir, la calidad se sacrifica por la cantidad en tal caso.

P.D. El propósito de toda sentencia es resolver un conflicto administrando justicia.

* Transparente > la administración de justicia transparente significa que todos los actos del proceso tienen que ser claros puesto que la transparencia tiene mucho que ver con la publicidad; en la medida en que los actos procesales son más públicos, hay más transparencia.

La mejor forma de lograr la transparencia es:

a) las partes en el proceso tienen que estar informadas de los actos procesales;

b) a través de la publicidad.                                   

* Autónoma e Independiente > la justicia no tiene que depender de nadie, no tiene que ceder a presiones ni nada parecido.

* Responsable > los jueces son responsables por los daños injustificados que puedan causar en el ejercicio de sus funciones a los particulares. Tenemos en consecuencia, que el juez debe responder ya sea civil, penal o administrativamente.

* Equitativa > la justicia debe ser equilibrada.

P.D. Aristóteles fue el creador de la idea de equidad.

* Expedita > la justicia debe ser rápida, con celeridad.

P.D. Tengamos en cuenta que pueden haber ciertas limitaciones naturales en el proceso, con relación a la celeridad de la misma.

Frase reflexiva:
No existe el crimen perfecto, lo que existe es una investigación imperfecta

15-04-2016 Proceso (07)

Frase reflexiva:
No existe el crimen perfecto, lo que existe es una investigación imperfecta

TEORÍA DEL PROCESO
JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

TEORÍA GENERAL DEL PROCESO

Fuentes del Derecho Procesal

1) Constitución Nacional.- La Constitución del 99 contiene una serie de preceptos fundamentales para el derecho procesal. Cuando se trata de preceptos fundamentales establecidos en la Constitución Nacional, eso significa que debe ser acatado en todo proceso.

Los artículos a los cuales tenemos que remitirnos son los siguientes:

a) Art. 26 CN.- “Toda persona tiene derecho de acceso a los órganos de administración de justicia para hacer valer sus derechos e intereses, incluso los colectivos o difusos, a la tutela efectiva de los mismos y a obtener con prontitud la decisión correspondiente.

El Estado garantizará una justicia gratuita, accesible, imparcial, idónea, transparente, autónoma, independiente, responsable, equitativa y expedita, sin dilaciones indebidas, sin formalismos o reposiciones inútiles.

El anterior artículo nos quiere decir que toda persona tiene la posibilidad de acudir a un órgano jurisdiccional para solicitar que se le administre justicia en un caso concreto. Ese derecho de acceso tiene rango constitucional.

Ahora bien, los intereses colectivos o difusos son intereses que afectan a un número mayor de personas, que a veces, ese número puede ser indeterminado. Casi siempre los intereses difusos o colectivos se relacionan a los amparos constitucionales.

Frase reflexiva:
No existe el crimen perfecto, lo que existe es una investigación imperfecta

15-04-2016 Proceso (06)

Frase reflexiva:
No existe el crimen perfecto, lo que existe es una investigación imperfecta

TEORÍA DEL PROCESO
JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

TEORÍA GENERAL DEL PROCESO

Contenido del Derecho Procesal

La mayoría de los autores hablan de un contenido institucional que viene dado por un conjunto de reglas que van a regir el desenvolvimiento del órgano jurisdiccional (el tribunal).

Es importante tener en consideración que todo tribunal para actuar legítimamente en un proceso tiene que estar constituido, donde la figura esencial es el juez, la secretaria, el alguacil y el escribiente.

Hay un contenido personal, ya que dicho tribunal se conforma por un sustrato personal que se refiere a las personas que son parte en un proceso y tienen interés en el mismo: demandante y demandado.

También tenemos un contenido real que se refiere a los actos procesales: de que manera se pueden realizar, cuando se pueden llevar a cabo.

Posteriormente tenemos un contenido práctico que se refiere a los tipos de procedimientos a utilizar.

Luego tenemos un contenido voluntario (895 C.P.C.) y un contenido recursivo: el 1ero se refiere a los procedimientos voluntarios, que son no contenciosos en realidad (no implican un litigio o no encierran un verdadero pleito). Y el 2do tiene que ver con una serie de regulaciones destinadas al asunto de los medios impugnativos de la sentencia en el derecho procesal.

P.D. El medio impugnativo contra una sentencia es un recurso que trata de dejar sin validez o sin efecto a dicha sentencia. El más común que es aplicable es el recurso de apelación, donde viene otro juez y revisa la sentencia respectiva.

Frase reflexiva:
No existe el crimen perfecto, lo que existe es una investigación imperfecta

15-04-2016 Proceso (05)

Frase reflexiva:
No existe el crimen perfecto, lo que existe es una investigación imperfecta

TEORÍA DEL PROCESO
JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

TEORÍA GENERAL DEL PROCESO

Ramas del Derecho Procesal

1) Derecho procesal civil.   2) Derecho procesal penal.  

3) Derecho procesal laboral.   4) Derecho procesal tributario.

5) Derecho procesal constitucional. (Etc.)

Las ramas fundamentales son el derecho procesal civil y el derecho procesal penal. Casi todas las demás ramas son como un ajuste de esas 2 mencionadas anteriormente.

Frase reflexiva:
No existe el crimen perfecto, lo que existe es una investigación imperfecta

15-04-2016 Proceso (04)

Frase reflexiva:
No existe el crimen perfecto, lo que existe es una investigación imperfecta

TEORÍA DEL PROCESO
JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

TEORÍA GENERAL DEL PROCESO

Proceso.- Es un conjunto de normas dirigidas a lograr la correcta administración de justicia en un caso concreto. Ésta figura es aplicable a todo ámbito: civil, penal, laboral, administrativo, etc.

La noción que encontramos en el proceso es única y genérica aplicable por lo tanto a todo y siempre sigue intacta. Dicha noción de proceso tiene que ver más con el fondo, y por lo tanto, en un caso no se puede perder de vista el fondo.

Procedimiento.- Nos específica de que manera, cuando y que actos procesales vamos a realizar para tramitar el proceso.

Tenemos que la noción aquí es específica, es algo que varía; y el procedimiento tiene que ver más con la forma, la manera, que tipos de actos se tienen que realizar.

P.D. El derecho procesal busca estudiar tanto la forma en el procedimiento y el fondo en el proceso.

Derecho Procesal.- Es un conjunto de normas que vienen dadas por el Estado para regular el desenvolvimiento del proceso, como se va a desarrollar el proceso y como se va a obtener la administración de justicia.

Dicho derecho procesal existe en función del derecho sustantivo.

El proceso, el procedimiento y el derecho procesal, son medios para lograr un fin igual, el cual es que se administre justicia en un caso concreto. No son fines en sí mismo.

Frase reflexiva:
No existe el crimen perfecto, lo que existe es una investigación imperfecta

15-04-2016 Proceso (03)

Frase reflexiva:
No existe el crimen perfecto, lo que existe es una investigación imperfecta

TEORÍA DEL PROCESO
JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

NOCIÓN HISTÓRICA DEL DERECHO PROCESAL

Esquematización del Contenido del Código de Procedimiento Civil y el Código Orgánico Procesal Penal

Lo fundamental para esto es revisar el índice de ambos códigos. La clave de esto son los principios que más adelante se estudiaran. A veces dichos principios están impregnados en las disposiciones generales y fundamentales, porque se aplican básicamente a todo proceso.

Código de Procedimiento Civil

1) Título Preliminar > Disposiciones Fundamentales.- Se refiere a los principios básicos del proceso civil.

2) Libro Primero > Disposiciones Generales.- Se aplica para todos los procesos civiles. Las disposiciones generales se refieren a lo que está presente en todo proceso. Ejemplo: en todo proceso hay partes y juez, la función de ellos está en las disposiciones generales; de igual forma encontramos los tribunales competentes; etc.

3) Libro Segundo > Del Procedimiento Ordinario.-

4) Libro Tercero > Del Procedimiento Cautelar y de Otras Incidencias.-

5) Libro Cuarto > De los Procedimientos Especiales.-

El CPC termina con disposiciones derogatorias y transitorias.

P.D. El Código de Procedimiento Civil tiene mucho más procedimientos que el Código Orgánico Procesal Penal.

Código Orgánico Procesal Penal

1) Título Preliminar > Principios y Garantías Procesales.-

2) Libro Primero > Disposiciones Generales.- Es aplicable a los procedimientos ordinarios y especiales

3) Libro Segundo > Del Procedimiento Ordinario.-

4) Libro Tercero > De los Procedimientos especiales.-

5) Libro Cuarto > De los Recursos.-

6) Libro Quinto > De la Ejecución de la Sentencia.- Se hace cumplir lo que dice la sentencia.

7) Libro Final > De la Vigencia, del Régimen Procesal Transitorio y de la Organización de los Tribunales, del Ministerio Público y de la Defensa Pública para la Actuación en el Proceso Penal.

El COPP termina con la disposición final.

Frase reflexiva:
No existe el crimen perfecto, lo que existe es una investigación imperfecta

15-04-2016 Temario Penal IV


TEMAS DE DERECHO PENAL (IV)
(PREGRADO)

DELITOS CONTRA LA PROPIEDAD

Tema No. 1.
EL DELITO DE HURTO. Elementos. Tipos. Hurto simple. Hurto calificado. Hurto agravado. Diferencias. Ubicación en el Código Penal vigente. El hurto previsto en la Ley sobre el hurto y robo de vehículos automotores.

Tema No. 2.
EL DELITO DE ROBO. Elementos. Tipos. Diferencias. Ubicación en el Código Penal venezolano. El robo previsto en la Ley sobre el hurto y robo de vehículos automotores.

Tema No. 3.
EL DELITO DE EXTORSIÓN. EL DELITO DE SECUESTRO. Elementos. Ubicación en el Código Penal venezolano. Diferencias con el delito de concusión. El delito de secuestro. Elementos. Tipos. Favorecimiento del secuestro. Diferencias con la complicidad señalada en el artículo 84 del Código Penal.

Tema No. 4.
EL DELITO DE ESTAFA. Elementos. Tipos. Análisis de las circunstancias agravantes. Tipos de fraude. Análisis de la figura delictual prevista en el artículo 494 del Código de Comercio. Diferencias con la estafa.

Tema No. 5.
EL DELITO DE APROPIACIÓN INDEBIDA. Elementos. Tipos. Ubicación en el Código Penal venezolano. El delito de aprovechamiento de cosas provenientes del delito.

Tema No. 6.
ANÁLISIS DE LAS DISPOSICIONES COMUNES A LOS DELITOS CONTRA LA PROPIEDAD.

Tema No. 7.
INTERMEDIACIÓN FINANCIERA ILÍCITA. Aprobación dolosa de créditos ilegales. Apropiación o distracción de recursos de una institución financiera. Diferencias con la apropiación indebida calificada prevista en el Código Penal. Fraude en perjuicio de una institución financiera. Elaboración, suscripción, autorización, certificación y publicación dolosa de balances inexactos. Ubicación en la Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras.

Tema No. 8.
DELITOS ELECTRÓNICOS. Elementos. Tipos. Ubicación en la ley que rige la materia.

Tema No. 9.
DELITOS AMBIENTALES. Tipos. Elementos. Ubicación en la Ley Penal del Ambiente.

Fuente de la información: Programa de Derecho del Sexto Semestre de la Universidad Santa María (USM), núcleo Oriente.


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