No existe el crimen perfecto, lo
que existe es una investigación imperfecta
TEORÍA DEL PROCESO
JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL
TEORÍA GENERAL DEL PROCESO
Contenido del Derecho Procesal
La mayoría de los autores hablan de un contenido institucional
que viene dado por un conjunto de reglas que van a regir el desenvolvimiento
del órgano jurisdiccional (el tribunal).
Es importante tener en consideración que todo tribunal para
actuar legítimamente en un proceso tiene que estar constituido, donde la figura
esencial es el juez, la secretaria, el alguacil y el escribiente.
Hay un contenido personal, ya que dicho
tribunal se conforma por un sustrato personal que se refiere a las personas que
son parte en un proceso y tienen interés en el mismo: demandante y demandado.
También tenemos un contenido real que se refiere a los
actos procesales: de que manera se pueden realizar, cuando se pueden llevar a
cabo.
Posteriormente tenemos un contenido práctico que se
refiere a los tipos de procedimientos a utilizar.
Luego tenemos un contenido voluntario (895 C.P.C.) y un contenido
recursivo: el 1ero se refiere a los procedimientos voluntarios, que son
no contenciosos en realidad (no implican un litigio o no encierran un verdadero
pleito). Y el 2do tiene que ver con una serie de regulaciones destinadas al
asunto de los medios impugnativos de la sentencia en el derecho procesal.
P.D. El medio impugnativo contra una sentencia es un recurso que
trata de dejar sin validez o sin efecto a dicha sentencia. El más común que es
aplicable es el recurso de apelación, donde viene otro juez y revisa la
sentencia respectiva.
Frase reflexiva:
No existe el crimen perfecto, lo
que existe es una investigación imperfecta
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