No existe el crimen perfecto, lo
que existe es una investigación imperfecta
TEORÍA DEL PROCESO
JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL
TEORÍA GENERAL DEL PROCESO
c) Art. 257 CN.- “El proceso constituye un instrumento fundamental
para la realización de la justicia. Las leyes procesales establecerán la
simplificación, uniformidad y eficacia de los trámites y adoptarán un
procedimiento breve, oral y público. No se sacrificará la justicia por la
omisión de formalidades no esenciales.”
El objeto de
todo proceso es que se administre justicia en un caso concreto.
Cuando se nos habla de ‘formalidades
no esenciales’ en el 257 eso nos infiere que tienen que haber unas formalidades esenciales.
Las formalidades
esenciales son aquellas las cuales son necesarias para la validez del acto
que se realiza, ya que sin ellas el acto no tiene validez alguna. En el caso de
que se omitan puede ser que todo el proceso se tenga que anular.
Y las formalidades
no esenciales son las que sin ellas el acto es perfectamente valido y
existe, ya que el proceso no se sacrificaría si ellas no están presentes.
P.D. Si la formalidad es no esencial no se debe sacrificar la
administración de justicia.
Frase reflexiva:
No existe el crimen perfecto, lo
que existe es una investigación imperfecta
No hay comentarios.:
Publicar un comentario
Su comentario será respondido a la brevedad. ¡Gracias por comentar!