15 de abril de 2016

15-04-2016 Proceso

Frase reflexiva:
No existe el crimen perfecto, lo que existe es una investigación imperfecta

TEORÍA DEL PROCESO
JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

NOCIÓN HISTÓRICA DEL DERECHO PROCESAL

Parte Histórica

El derecho procesal tiene una historia en Venezuela, y para estudiar su recorrido tenemos que comenzar por la época de la colonización, puesto que la formación jurídica venezolana tiene su punto de partida allí. En aquel entonces sólo se aplicaban las normas propias de la corona española; y eso obviamente abarcaba parte procesal. En los tiempos de la colonia española había un desastre en materia jurídica prácticamente y no había una clara distinción entre el derecho procesal civil y el derecho procesal penal; eso es una constante en todas las recopilaciones del derecho castellano en la edad media.

Cada una de las regiones en España tenía sus propias leyes que la regían, entonces surgió la necesidad de hacer una recopilación de todas las normas y luego depurar todo lo repetido; en consecuencia Alfonso X hizo las 7 partidas las cuales fueron 7 libros que contenían normas. Con el paso del tiempo esas normas quedaron obsoletas y se tuvieron que ir adaptando nuevamente a lo más moderno conforme fue avanzando el tiempo. Posteriormente entonces se hicieron nuevas recopilaciones de leyes donde tenemos el fuero real y el fuero juzgo. Todas esas normas tuvieron carácter supletorio aún después de la guerra de la independencia.

Una vez que Venezuela se independiza no había oportunidad para crear un sistema de normas coherentes o tiempo para legislar. Es por eso que parte de las normas españolas siguieron vigentes durante un buen tiempo. Cuando finaliza dicha guerra se comenzaron a realizar nuevas leyes: se crearon normas nuevas para la parte procesal, algo adaptado a lo más moderno de la época.

El proyecto que hizo Francisco Aranda se denomino el ‘Código Arandino’, el cual fue un Código de derecho procesal. Aranda hizo un proyecto bastante avanzado que posteriormente sufre varias reformas; pero se mantiene la estructura básica de ese Código hasta el gobierno de Antonio Guzmán Blanco.

Hacía el año 1830 Antonio Guzmán Blanco impone un cambio radical, ya que hubo una reforma de carácter jurídico en todas las áreas, por parte de una serie de comisiones que él creo.

Ahora bien, a nosotros se nos presenta una codificación hecha imperada en el procedimiento español y francés, ya que la comisión que elabora Antonio Guzmán Blanco utilizó dichas codificaciones. De igual manera eso ocurre con el derecho procesa: que está inspirado en la legislación española y francesa.

La codificación que impone Antonio Guzmán Blanco a Venezuela trae una idea útil desde el punto de vista jurídico, ya que eso se traduce en los Códigos comentados; es decir, el movimiento reformador que impone Antonio Guzmán Blanco, trae la idea de los Códigos comentados.

A inicios del siglo XX en Venezuela arraigaban doctrinas españolas y francesas. Hacía el año 1930 esas doctrinas en materia de derecho procesal se consideraron caladas por la escuela alemana e italiana.

P.D. En la guerra de la independencia buscaron legitimar formalmente todos los hechos a través del derecho.

P.D. El aporte de la escuela francesa al derecho procesal, fue la idea de los códigos comentados; y el aporte de la escuela italiana es hacer un estudio de las instituciones del derecho procesal.

Frase reflexiva:
No existe el crimen perfecto, lo que existe es una investigación imperfecta

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