No existe el crimen perfecto, lo
que existe es una investigación imperfecta
TEORÍA DEL PROCESO
JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL
NOCIÓN HISTÓRICA DEL DERECHO
PROCESAL
Parte Histórica
El derecho procesal tiene una historia en Venezuela, y para
estudiar su recorrido tenemos que comenzar por la época de la colonización,
puesto que la formación jurídica venezolana tiene su punto de partida allí. En
aquel entonces sólo se aplicaban las normas propias de la corona española; y
eso obviamente abarcaba parte procesal. En los tiempos de la colonia española
había un desastre en materia jurídica prácticamente y no había una clara
distinción entre el derecho procesal civil y el derecho procesal penal; eso es
una constante en todas las recopilaciones del derecho castellano en la edad
media.
Cada una de las regiones en España tenía sus propias leyes
que la regían, entonces surgió la necesidad de hacer una recopilación de todas
las normas y luego depurar todo lo repetido; en consecuencia Alfonso X hizo las
7 partidas las cuales fueron 7 libros que contenían normas. Con el paso del
tiempo esas normas quedaron obsoletas y se tuvieron que ir adaptando nuevamente
a lo más moderno conforme fue avanzando el tiempo. Posteriormente entonces se
hicieron nuevas recopilaciones de leyes donde tenemos el fuero real y el fuero
juzgo. Todas esas normas tuvieron carácter supletorio aún después de la guerra
de la independencia.
Una vez que Venezuela se independiza no había oportunidad
para crear un sistema de normas coherentes o tiempo para legislar. Es por eso
que parte de las normas españolas siguieron vigentes durante un buen tiempo. Cuando
finaliza dicha guerra se comenzaron a realizar nuevas leyes: se crearon normas
nuevas para la parte procesal, algo adaptado a lo más moderno de la época.
El proyecto que hizo Francisco Aranda se denomino el ‘Código Arandino’, el cual fue un
Código de derecho procesal. Aranda hizo un proyecto bastante avanzado que
posteriormente sufre varias reformas; pero se mantiene la estructura básica de
ese Código hasta el gobierno de Antonio Guzmán Blanco.
Hacía el año 1830 Antonio Guzmán Blanco impone un cambio
radical, ya que hubo una reforma de carácter jurídico en todas las áreas, por
parte de una serie de comisiones que él creo.
Ahora bien, a nosotros se nos presenta una codificación
hecha imperada en el procedimiento español y francés, ya que la comisión que
elabora Antonio Guzmán Blanco utilizó dichas codificaciones. De igual manera eso
ocurre con el derecho procesa: que está inspirado en la legislación española y
francesa.
La codificación que impone Antonio Guzmán Blanco a
Venezuela trae una idea útil desde el punto de vista jurídico, ya que eso se
traduce en los Códigos comentados;
es decir, el movimiento reformador que impone Antonio Guzmán Blanco, trae la
idea de los Códigos comentados.
A inicios del siglo XX en Venezuela arraigaban doctrinas españolas y francesas. Hacía el año 1930 esas
doctrinas en materia de derecho procesal se consideraron caladas por la escuela alemana e italiana.
P.D. En la guerra de la independencia buscaron legitimar formalmente
todos los hechos a través del derecho.
P.D. El aporte de la escuela francesa al derecho procesal, fue
la idea de los códigos comentados; y el aporte de la escuela italiana es hacer
un estudio de las instituciones del derecho procesal.
Frase reflexiva:
No existe el crimen perfecto, lo
que existe es una investigación imperfecta
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