15 de abril de 2016

15-04-2016 Proceso (07)

Frase reflexiva:
No existe el crimen perfecto, lo que existe es una investigación imperfecta

TEORÍA DEL PROCESO
JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

TEORÍA GENERAL DEL PROCESO

Fuentes del Derecho Procesal

1) Constitución Nacional.- La Constitución del 99 contiene una serie de preceptos fundamentales para el derecho procesal. Cuando se trata de preceptos fundamentales establecidos en la Constitución Nacional, eso significa que debe ser acatado en todo proceso.

Los artículos a los cuales tenemos que remitirnos son los siguientes:

a) Art. 26 CN.- “Toda persona tiene derecho de acceso a los órganos de administración de justicia para hacer valer sus derechos e intereses, incluso los colectivos o difusos, a la tutela efectiva de los mismos y a obtener con prontitud la decisión correspondiente.

El Estado garantizará una justicia gratuita, accesible, imparcial, idónea, transparente, autónoma, independiente, responsable, equitativa y expedita, sin dilaciones indebidas, sin formalismos o reposiciones inútiles.

El anterior artículo nos quiere decir que toda persona tiene la posibilidad de acudir a un órgano jurisdiccional para solicitar que se le administre justicia en un caso concreto. Ese derecho de acceso tiene rango constitucional.

Ahora bien, los intereses colectivos o difusos son intereses que afectan a un número mayor de personas, que a veces, ese número puede ser indeterminado. Casi siempre los intereses difusos o colectivos se relacionan a los amparos constitucionales.

Frase reflexiva:
No existe el crimen perfecto, lo que existe es una investigación imperfecta

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