3 de enero de 2017

03/01/2017 Procesal Penal [7]

La frase del día:
La soberbia mata cualquier talento

N° de Expediente: C07-470 N° de Sentencia: 520
Tema: Fase Preparatoria
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Actuaciones en la fase preparatoria
Martes, 14 de octubre de 2008

...fase preparatoria o de investigación, su fin es practicar las diligencias dirigidas a determinar si existen o no razones para interponer acusación contra una persona y, solicitar su enjuiciamiento o en caso contrario, requerir el sobreseimiento de la causa. Igualmente forma parte de la conclusión de ésta fase, el archivo de las actuaciones, lo que será procedente cuando no existan contra el imputado, elementos suficientes para que sea formulada una acusación ni para solicitar el sobreseimiento de la causa.

N° de Expediente: C08-105 N° de Sentencia: 360
Tema: Fase Preparatoria
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Días hábiles
Jueves, 10 de julio de 2008

...en la fase preparatoria todos los días serán hábiles...

N° de Expediente: A08-0108 N° de Sentencia: 231
Tema: Fase Preparatoria
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Solicitud de pruebas. Ausencia de respuesta
Martes, 22 de abril de 2008

...constituye vicio de nulidad absoluta la ausencia de respuesta del Ministerio Público sobre solicitud de pruebas de la defensa...

La frase del día:
La soberbia mata cualquier talento

03/01/2017 Procesal Penal [6]

La frase del día:
La soberbia mata cualquier talento

N° de Expediente: C08-236 N° de Sentencia: 653
Tema: Fase Preparatoria
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Duración de la investigación. Interposición de excepción (el hecho denunciado no reviste carácter penal)
Martes, 02 de diciembre de 2008

...el artículo 28 del Código Orgánico Procesal Penal establece que las excepciones podrán interponerse en cualquier fase del proceso, sin embargo el artículo 29 eiusdem prevé que las excepciones opuestas en la fase de investigación se tramitaran sin la interrupción de la investigación... se observa que el ciudadano ...fue imputado formalmente por el Ministerio Público, es decir que dicho representante fiscal adelantaba una investigación penal en su contra ... es el caso que el ciudadano imputado tenía la posibilidad de requerir al tribunal de control la fijación de un lapso prudencial tal como dispone el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal, a fin que el Ministerio Público concluyera con la investigación y que constituye la vía idónea que puede asumir el órgano jurisdiccional como garante del control judicial para poder poner fin a la fase preparatoria, ya que al tramitarse una incidencia que se relaciona directamente con la investigación, como en el presente caso se interfiere con la función del Ministerio Público de investigar los hechos controvertidos y realizar el respectivo acto conclusivo.

La frase del día:
La soberbia mata cualquier talento

03/01/2017 Procesal Penal [5]

La frase del día:
La soberbia mata cualquier talento

N° de Expediente: C08-236 N° de Sentencia: 653
Tema: Fase Preparatoria
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Duración de la investigación
Martes, 02 de diciembre de 2008

...se evidencia que este prevé que el Ministerio Público debe procurar dar término a la fase preparatoria o de investigación, y que una vez trascurridos seis meses desde la individualización e imputación del investigado, el mismo imputado puede requerir al juez de control la convocatoria a una audiencia para la fijación de un lapso prudencial, no menor de treinta ni mayor de ciento veinte días, para la conclusión de la investigación; que para la fijación de ese lapso el Juez debe oír al Ministerio Público y al imputado y tomar en consideración la magnitud del daño causado, la complejidad del hecho investigado y cualquier otra circunstancia que a su juicio permitía alcanzar la finalidad del proceso y que una vez vencidos los plazos fijados para que el Fiscal del Ministerio Público dictase un acto conclusivo, el Tribunal pude hacer cesar la condición de imputado y la restricción de libertad si la hubiera, por cuanto esta disposición se estableció para poder garantizar el derecho del imputado a no permanecer investigado perpetuamente.

Se trata, pues, de la obligación del Ministerio Público de dar término a la fase preparatoria con la diligencia que el caso requiera, en virtud de la exigencia constitucional de una justicia expedita, pero ello no quiere decir que a través de esa garantía se deba vulnerar la autonomía de ese órgano de concluir la investigación de un modo determinado. El Ministerio Público, de acuerdo al contenido que arroje su investigación y según el ordenamiento jurídico, procurará dar término a la fase preparatoria, mediante la interposición de la acusación, la solicitud de sobreseimiento o el archivo fiscal, dado sea él caso.

La frase del día:
La soberbia mata cualquier talento

03/01/2017 Procesal Penal [4]

La frase del día:
La soberbia mata cualquier talento

N° de Expediente: A08-219 N° de Sentencia: 701
Tema: Fase Preparatoria
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Objeto
Lunes, 15 de diciembre de 2008
 
...En la fase investigativa del proceso se recaban los elementos tendientes a confirmar o descartar la sospecha acerca de la comisión de un hecho punible y sus posibles culpables a fin de lograr, en definitiva, que el Ministerio Público presente el correspondiente acto conclusivo que bien puede ser para promover el juicio penal (acusación), solicitar su archivo o bien para clausurar la persecución penal (sobreseimiento).

La frase del día:
La soberbia mata cualquier talento

2 de enero de 2017

02/01/2017 Imputación

La frase del día:
La impulsividad se contrarresta pensando con cabeza fría

ETAPAS y actores en el proceso penal

3. LA IMPUTACIÓN
Una vez reunidas partes de las evidencias, el fiscal cita al presunto autor del delito y en presencia de un abogado defensor (privado o público), le informa cuáles son los hechos por los cuales está siendo investigado.

Una vez imputado, el presunto autor del delito y su abogado puede ver el expediente y solicitar al fiscal la realización de cualquier diligencia: experticias, entrevistas, entre otras.

En la etapa de investigación, el expediente sólo puede ser revisado por la víctima, y el o los imputados, los abogados defensores y el abogado de la víctima, si lo tiene.

Si una persona es aprehendida o detenida, debe ser llevada ante un Tribunal de Control, donde será imputado por el fiscal que investiga el hecho punible. El Juez de Control puede ordenar una medida privativa de libertad, por solicitud del Ministerio Público.

Si el imputado queda privado de libertad, el fiscal del caso tiene 45 días, para presentar el acto conclusivo.

Hay tres tipos de actos conclusivos: acusación, sobreseimiento o archivo fiscal (hasta que aparezcan nuevos elementos).


Descriptores / Palabras claves: denuncia; investigación penal; imputación; acusación; audiencia preliminar, juez de control; juicio oral y público; sentencia; Jorge Leonardo Salazar Rangel.

La frase del día:
La impulsividad se contrarresta pensando con cabeza fría

02/01/2017 Por zonas

La frase del día:
La impulsividad se contrarresta pensando con cabeza fría

Métodos de observación: por zonas, en espiral, de enlace, en criba, en franjas, en cuadrantes.

Diferentes métodos de observación del lugar del hecho, el especialista utilizará el más adecuado y de acuerdo con las características del lugar.

Bibliografía. Fuente de las imágenes:
MANUAL DE CIENCIAS FORENSES Y CRIMINALÍSTICA. Ángel Gutiérrez Chávez. Editorial Trillas. México. pp. 42, 43.




Descriptores / Palabras claves: criminalística, seis (6) métodos de observación, Jorge Leonardo Salazar Rangel.

La frase del día:
La impulsividad se contrarresta pensando con cabeza fría

02/01/2017 GAES

La frase del día:
La impulsividad se contrarresta pensando con cabeza fría

CÓMO CONTESTAR UNA LLAMADA DE EXTORSIÓN

Posibles preguntas en una llamada de extorsión; y respuestas recomendadas

¿Hola, dónde llamo?
¿A qué casa quiere hablar?

¿Eres tú, primo?
¿Quién llama? Dígame su nombre y apellido.

¡Usted se ganó un premio!
No he comprado ningún boleto; (y cuelgue sin más explicaciones)

Lo tenemos vigilado
¿De qué color es mi carro? (O simplemente cuelgue)

¿Quién habla?
¿Con quién quiere hablar?

Soy tu primo “X”
¿Hijo de quién? (Espere nombres y apellidos, y otros datos que le permitan corroborar la identidad)

Papá, soy tu hijo, estoy secuestrado
¿Cómo se llaman tus abuelos o abuelas? (O cualquier pregunta cuya respuesta solo conoce el presunto secuestrado)

Estamos recibiendo amenazas de ese número
Llame a la policía (cuelgue)


Descriptores / Palabras claves: contra extorsión, llamadas, preguntas, contestar, Grupo Antiextorsión y Secuestro, Jorge Leonardo Salazar Rangel.

La frase del día:
La impulsividad se contrarresta pensando con cabeza fría