31 de diciembre de 2017

31/12/2017 Represión

La frase del día:
Nos han dominado más por la ignorancia que por la fuerzaSimón Bolívar

REPRESIÓN

La llamada “represión oficial” presenta dos grandes fases: una estática, que corresponde a la creación misma de la ley; y, otra dinámica, que se manifiesta en el proceso de su puesta en marcha por los mecanismos ejecutivo y judicial; tratándose de la ley penal, merece estudio especial el mecanismo de la represión penitenciaria.

Los tipos de represión, son los siguientes:

A. La represión legislativa.

B. La represión ejecutiva, que a su vez se subdivide en: policial y militar. La represión ejecutiva policial se clasifica en: la captura, la incomunicación, el allanamiento y el interrogatorio.

C. La represión judicial.

D. La represión penitenciaria.

REFERENCIA bibliográfica:
Criminología. ALFONSO REYES ECHANDÍA. Editorial Temis. 2003. pp. 286, 291, 292, 293, 294, 297.

La frase del día:
Nos han dominado más por la ignorancia que por la fuerzaSimón Bolívar

30 de diciembre de 2017

30/12/2017 Piratería Aérea: modo de operar

La frase del día:
Las cosas suelen ser sencillas cuando se hacen con honestidad

Piratería Aérea

Aunque estos delitos no son muy numerosos (unos doce aproximadamente a partir de 1967), su espectacularidad es de tal naturaleza que determina, en general, sensación de alarma social.

He aquí su dinámica más común: los asaltantes abordan el avión en un vuelo nacional con armas o explosivos que logran introducir subrepticiamente; cuando el aparato está en el aire, se apoderan intempestivamente de las azafatas, penetran en la cabina de mando; mientras uno domina a la tripulación, los otros vigilan a los pasajeros; ordenan luego al piloto, a quien apuntan con arma de fuego, que desvíe el avión hacia un lugar determinado (las más veces Cuba); en ocasiones, amenazan volar el aparato con explosivos, que supuestamente, llevan consigo. Logrado su propósito, abandonan el aparato, que regresa sin más contratiempos a su ruta normal.

Los asaltantes son, generalmente, delincuentes políticos o aventureros jóvenes que desean trasladarse a un Estado socialista, como protesta contra el régimen y en busca de una mejor preparación para la lucha revolucionaria.
El conflicto armado entre Israel y los países árabes ha originado nuevas modalidades de esta especie delictiva, en las que el apoderamiento de la aeronave es instrumento de coacción política, de lucha guerrillera o de venganza internacional.

REFERENCIA bibliográfica:
Criminología. ALFONSO REYES ECHANDÍA. Editorial Temis. 2003. p. 230.

La frase del día:
Las cosas suelen ser sencillas cuando se hacen con honestidad

29 de diciembre de 2017

29/12/2017 Piratería Aérea

La frase del día:
Hay una fuerza motriz más poderosa que el vapor, la electricidad y la energía atómica: la voluntad Albert Einstein

La piratería aérea

Con este nombre se conoce el violento apoderamiento de una aeronave para desviarla de su ruta normal o con la pretensión de cobrar un rescate en dinero o de hacer exigencias de otra índole, como liberación de delincuentes comunes o políticos. Jurídicamente se configura en tales casos, un concurso de delitos de robo del avión, secuestro de personas, extorsión y, en ocasiones, homicidio y lesiones personales.

REFERENCIA bibliográfica:
Criminología. ALFONSO REYES ECHANDÍA. Editorial Temis. 2003. p. 230.

La frase del día:
Hay una fuerza motriz más poderosa que el vapor, la electricidad y la energía atómica: la voluntad Albert Einstein

28 de diciembre de 2017

28/12/2017 Iter Criminoso

La frase del día:
En los momentos de crisis, sólo la imaginación es más importante que el conocimiento Albert Einstein

ITER criminoso del secuestro

El iter criminoso del secuestro común suele desenvolverse de la siguiente manera: se escoge a la víctima de acuerdo con su solvencia económica personal o familiar; se allega el mayor número de datos posibles sobre sus disponibilidades económicas, relaciones familiares y comerciales, itinerario de actividades cotidianas, desplazamientos, etc.; se escoge el sitio donde se dará el “golpe de mano” (aprehensión física de la víctima) y aquel en donde se la ocultará mientras duran las “negociaciones”; hecho estos preparativos, se sorprende a la persona mientras viaja a pie o en carro, mediante interceptación armada; sometida a la impotencia, se le vendan los ojos y se la transporta en el piso o en baúl del vehículo, al lugar de su reclusión, luego de tomar rutas sinuosas para desorientarla; poco después se ponen en contacto con los familiares del secuestrado, mediante carta escrita en máquina o por llamada telefónica o utilizando como emisario al eventual acompañante de la víctima; por cualquiera de esos medios dan cuenta del secuestro y solicitan un rescate en cuantía que guarda relación con las disponibilidades económicas con la familia del secuestrado; se inicia entonces un período de contactos durante los cuales los delincuentes suelen “demostrar”, con el envío de efectos personales o de notas íntimas, que la víctima está aún viva, y que culmina con un acuerdo sobre el monto del rescate. En esta fase de la operación, exigen que determinada persona traslade el dinero –en billetes usados, sin marca y de baja denominación– a cierto lugar donde recibirá nuevas instrucciones, las que finalmente lo conducen a un sitio en el que lo recibe alguien que, a su vez, lo entrega al jefe de la banda. Después proceden a vendar de nuevo a la víctima, la transportan así en carro y la abandonan en un lugar desde donde le sea posible llegar a su casa.

REFERENCIA bibliográfica:
Criminología. ALFONSO REYES ECHANDÍA. Editorial Temis. 2003. pp. 231, 232.

La frase del día:
En los momentos de crisis, sólo la imaginación es más importante que el conocimiento Albert Einstein

27 de diciembre de 2017

27/12/2017 Secuestro Extorsivo

La frase del día:
Verdugo no pide clemencia

El secuestro: esta modalidad delictiva consiste en la privación de la libertad personal con el fin de obtener algún provecho. Desde el punto de vista criminológico pueden distinguirse tres especies de secuestro: el simple, el extorsivo y el político.
El primero tiene motivaciones familiares o de venganza, y se concreta a casos en que un ascendiente o colateral priva de la guarda de su descendiente a otra persona, como cuando el padre se lleva al hijo cuya custodia ha sido judicialmente dada a la madre; o en que la persona recluye a su cónyuge o pariente en la casa de habitación o en otro lugar, o en que alguien retiene a otro para satisfacer una rencilla.
El secuestro extorsivo implica privar a alguien de su libertad personal con el fin de obtener una contraprestación económica que se llama “rescate”.
La modalidad política del secuestro se caracteriza porque el objetivo que se busca tiene aquella orientación, en cuanto se persiguen determinados efectos partidistas.

Es este un delito que exige notable grado de profesionalidad; en él interviene pluralidad de actores con un cerebro que idea y planifica la operación con gran meticulosidad.

REFERENCIA bibliográfica:
Criminología. ALFONSO REYES ECHANDÍA. Editorial Temis. 2003. pp. 230, 231.

La frase del día:
Verdugo no pide clemencia

26 de diciembre de 2017

26/12/2017 T. Ejecución [9]

La frase del día:
Lo que sabemos es una gota de agua; lo que ignoramos, es el océanoIsaac Newton

N° de Expediente: CC01-0252 N° de Sentencia: 0369
Tema: Tribunal de Ejecución
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Competencia de los tribunales de ejecución
Viernes, 25 de mayo de 2001

a los tribunales de ejecución les corresponde la vigilancia y el control del cumplimiento de las penas impuestas por el tribunal que emitió la sentencia; tal competencia para la ejecución de las penas le compete al tribunal de ejecución del mismo lugar en el cual se dictó la sentencia, es decir, que cuando se emite un pronunciamiento condenatorio por parte del tribunal de control o de juicio, éste debe notificar al tribunal de ejecución de la misma circunscripción judicial a los fines de hacer cumplir la sentencia proferida, en un centro penitenciario determinado, de esa Circunscripción.

La frase del día:
Lo que sabemos es una gota de agua; lo que ignoramos, es el océanoIsaac Newton

25 de diciembre de 2017

25/12/2017 T. Ejecución [8]

La frase del día:
La creatividad nace de la angustia, como el día nace de la noche oscuraAlbert Einstein

N° de Expediente: CC01-0252 N° de Sentencia: 0369
Tema: Tribunal de Ejecución
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: La excepción a la competencia de los tribunales de ejecución está referida únicamente a la colaboración del tribunal a los fines de vigilar la ejecución de la pena
Viernes, 25 de mayo de 2001

“Lugar diferente. Si el penado debe cumplir la sanción en un lugar diferente al del juez de ejecución notificado, éste deberá informar al juez de ejecución del sitio del cumplimiento para que proceda conforme a lo dispuesto en el ordinal 1° del artículo 472”.

Se infiere del precitado artículo que el legislador previó el hecho por demás evidente de que los penados fueran recluidos en Centros Penitenciarios ubicados en sitios distintos al del Tribunal de Ejecución notificado, tomando en cuenta los pocos centros existentes y su capacidad.

Ahora bien, el contenido de la referida disposición no debe entenderse como atribución absoluta de la competencia al tribunal del lugar donde cumple la pena el reo, sino que debe interpretarse como una excepción, con fines cooperativos, entre el tribunal notificado, quien debe informar al juez del lugar del cumplimiento de la pena, y de éste de vigilar la ejecución de la sanción o medida de seguridad, conforme a lo establecido en el articulo 472 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal. Tal excepción estará referida únicamente a la colaboración del tribunal los fines de vigilar la ejecución de la pena, manteniendo el tribunal notificado las funciones señaladas en el artículo 472 ejusdem.

La frase del día:
La creatividad nace de la angustia, como el día nace de la noche oscuraAlbert Einstein