21 de mayo de 2016

21-05-2016 Impugnación (19)

Frase reflexiva:
El hombre inteligente habla de lo que conoce, el sabio calla para escuchar lo que aún no conoce

DERECHO PROCESAL PENAL

Medios Impugnativos en el Proceso Penal

- Sistemas apreciativos de la prueba: tarifa legal, sana crítica, libre convicción.

- Contrainterrogatorio.

- Oportunidades de ofrecimiento probatorio.

- Con las excepciones del artículo 28 Código Orgánico Procesal Penal se ataca el ofrecimiento de los medios de prueba.

- El cuestionamiento de la prueba: se ataca la ilicitud; fiabilidad; su necesidad procesal; su pertinencia; su idoneidad.

- El concepto de fiabilidad denota aptitud con actitud.

- 22 Código Orgánico Procesal Penal: regula apreciación de la prueba.

Fuente de la información: Curso Medios de Impugnación en Materia Penal Fundación Para la Investigación, Capacitación y Desarrollo de la Función Fiscal (FUNDAFISCAL)-Ministerio Público. Caracas-Venezuela.

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El hombre inteligente habla de lo que conoce, el sabio calla para escuchar lo que aún no conoce

21-05-2016 Trata/Tráfico (18)

Frase reflexiva:
El hombre inteligente habla de lo que conoce, el sabio calla para escuchar lo que aún no conoce

DERECHO PENAL

La Trata de Personas. Tráfico de Personas

Elementos Esenciales de la Definición de Tráfico de Personas

Actividad: Transporte y traslado de personas.

Medios: No existe ninguna distorsión de la voluntad de la persona, sea por fuerza, engaño o abuso de poder. En la mayoría de los casos de tráfico, es el migrante quien busca al traficante con el fin de facilitar su objetivo de cruzar la frontera de otro país, ilegalmente.

Consecuencias: Las condiciones en las que se realizan los traslados pueden poner en riesgo la vida de las personas que acuden los servicios de los traficantes, pueden sufrir maltratos; y en las mujeres, puede presentarse abuso sexual.

Cuando una persona no tiene para pagar por el traslado, puede contraer una deuda con el traficante y pagarla con trabajo a su llegada al país de destino, y es entonces, cuando el tráfico puede mutar a una situación de trata de personas.

Fuente de la información: Taller “La Trata de Personas y sus Diferencias con el Tráfico de Migrantes a la Luz del Ordenamiento Jurídico”. Fundación Para la Investigación, Capacitación y Desarrollo de la Función Fiscal-Ministerio Público. Caracas-Venezuela.

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El hombre inteligente habla de lo que conoce, el sabio calla para escuchar lo que aún no conoce

21-05-2016 Procesal Penal (17)

Frase reflexiva:
El hombre inteligente habla de lo que conoce, el sabio calla para escuchar lo que aún no conoce

N° de Expediente: C03-0228 N° de Sentencia: 421
Tema: Admisión de los Hechos
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Admisión de los hechos - Rebaja de pena
Martes, 18 de Noviembre de 2003

La Sala de Casación Penal aclara que el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal (referido a la admisión de los hechos) señala en su segundo y tercer aparte que cuando se trate de delitos en los cuales haya habido violencia contra las personas, en los delitos contra el patrimonio público o en los delitos tipificados en la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, cuya pena exceda de ocho años en su límite máximo, sólo se podrá rebajar un tercio de la pena; pero en todo caso la rebaja que se haga no puede ser inferior a la establecida en el límite inferior de la pena que señala la ley para ese delito.

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El hombre inteligente habla de lo que conoce, el sabio calla para escuchar lo que aún no conoce

21-05-2016 Custodia (5)

Frase reflexiva:
El hombre inteligente habla de lo que conoce, el sabio calla para escuchar lo que aún no conoce

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Código Orgánico Procesal Penal. Ley Orgánica del Servicio de Policía de Investigación, el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas y el Servicio Nacional de Medicina y Ciencias Forenses. Manual Único de Procedimientos en Materia de Cadena de Custodia de Evidencias Físicas

- ¿Es la Cadena de Custodia medio de prueba; la evidencia, o ambas? Ambas. La Cadena de Custodia garantiza la evidencia.

- El Ministerio Público es el garante de la investigación penal, el titular de la acción penal, el director de la investigación, por lo tanto, debe exigir la aplicación de la Cadena de Custodia.

- Desde que se colecta la evidencia hasta que llega a su destino final.

- 111.2 Código Orgánico Procesal Penal; 111.12 Código Orgánico Procesal Penal.

- 4.2 Ley Orgánica del Servicio de Policía de Investigación, el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas y el Servicio Nacional de Medicina y Ciencias Forenses.

- Estandarizado: Se refiere a “certificado”, que se haya hecho en otros laboratorios y arroje el mismo resultado. Certificado de aprobación.

- La Cadena de Custodia arranca desde el momento en que es colectada la evidencia.

Fuente de la información: Taller Manual Único de Procedimientos en Materia de Cadena de Custodia de Evidencias Físicas Fundación Para la Investigación, Capacitación y Desarrollo de la Función Fiscal del Ministerio Público: FUNDAFISCAL. Caracas, Venezuela.

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21-05-2016 Custodia (4)

Frase reflexiva:
El hombre inteligente habla de lo que conoce, el sabio calla para escuchar lo que aún no conoce

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Código Orgánico Procesal Penal. Ley Orgánica del Servicio de Policía de Investigación, el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas y el Servicio Nacional de Medicina y Ciencias Forenses. Manual Único de Procedimientos en Materia de Cadena de Custodia de Evidencias Físicas

- Tetraedro. Principios de la criminalística.

- ¿Por qué debemos manejar el tema de la Cadena de Custodia? Porque forma parte del debido proceso.


- Orden de entrega: 49 y 329 constitucional. La Fuerza Armada maneja el tema de Cadena de Custodia por el artículo 329 constitucional: policía administrativa.

- Artículo 4 Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana.

- 113 Código Orgánico Procesal Penal; 3, 4, 23, 24, 25 Ley Orgánica del Servicio de Policía de Investigación, el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas y el Servicio Nacional de Medicina y Ciencias Forenses. Labores auxiliares, de apoyo.

- ¿Por qué el Ministerio Público hace énfasis en que se aplique la Cadena de Custodia?

Fuente de la información: Taller Manual Único de Procedimientos en Materia de Cadena de Custodia de Evidencias Físicas Fundación Para la Investigación, Capacitación y Desarrollo de la Función Fiscal del Ministerio Público: FUNDAFISCAL. Caracas, Venezuela.

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21-05-2016 Impugnación (18)

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DERECHO PROCESAL PENAL

Medios Impugnativos en el Proceso Penal

- 311.8 Código Orgánico Procesal Penal: Prueba ulterior (prueba nueva)

- 326 Código Orgánico Procesal Penal: Prueba complementaria.

- 333 Código Orgánico Procesal Penal: Reapertura del lapso probatorio por advertencia de cambio de calificación.

- 334 Código Orgánico Procesal Penal: Reapertura del lapso probatorio por ampliación de la acusación.

- 342 Código Orgánico Procesal Penal: Nuevos hechos, nuevas pruebas.

- 462 Código Orgánico Procesal Penal: Nuevas pruebas.

- Para permitir la Revisión Procesal Penal = La oposición a la incorporación de un medio probatorio.

Fuente de la información: Curso Medios de Impugnación en Materia Penal Fundación Para la Investigación, Capacitación y Desarrollo de la Función Fiscal (FUNDAFISCAL)-Ministerio Público. Caracas-Venezuela.

Frase reflexiva:
El hombre inteligente habla de lo que conoce, el sabio calla para escuchar lo que aún no conoce

21-05-2016 Trata/Tráfico (17)

Frase reflexiva:
El hombre inteligente habla de lo que conoce, el sabio calla para escuchar lo que aún no conoce

DERECHO PENAL

La Trata de Personas. Tráfico de Personas

Tráfico ilícito de migrantes. Por “tráfico ilícito de migrantes” se entenderá la facilitación de la entrada ilegal de una persona en un Estado parte, del que dicha persona no sea nacional o residente permanente, con el fin de obtener, directa o indirectamente, un beneficio financiero u otro beneficio de orden material

Entrada ilegal. Por “entrada ilegal” se entenderá el paso de fronteras sin haber cumplido los requisitos necesarios para entrar legalmente en el Estado receptor.

Documento de identidad o de viaje falso. Por “documento de identidad o de viaje falso” se entenderá aquel documento de viaje o identidad:

Elaborado o expedido de forma alterada materialmente por cualquiera que no sea la persona o entidad legalmente autorizada, para producir o expedir el documento de viaje o de identidad, en nombre de un Estado; o

Expedido u obtenido indebidamente mediante declaración falsa, corrupción o coacción, o de cualquier forma ilegal; o

Utilizado por una persona que no sea su titular legítimo.

Fuente de la información: Taller “La Trata de Personas y sus Diferencias con el Tráfico de Migrantes a la Luz del Ordenamiento Jurídico”. Fundación Para la Investigación, Capacitación y Desarrollo de la Función Fiscal-Ministerio Público. Caracas-Venezuela.

Frase reflexiva:
El hombre inteligente habla de lo que conoce, el sabio calla para escuchar lo que aún no conoce