El hombre inteligente habla de lo que conoce,
el sabio calla para escuchar lo que aún no conoce
Constitución de la República Bolivariana
de Venezuela. Código Orgánico Procesal Penal. Ley Orgánica del Servicio de
Policía de Investigación, el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y
Criminalísticas y el Servicio Nacional de Medicina y Ciencias Forenses. Manual
Único de Procedimientos en Materia de Cadena de Custodia de Evidencias Físicas
- ¿Es la Cadena de Custodia medio de
prueba; la evidencia, o ambas? Ambas. La Cadena de Custodia garantiza la evidencia.
- El
Ministerio Público es el garante de la investigación penal, el titular de la
acción penal, el director de la investigación, por lo tanto, debe exigir la
aplicación de la Cadena
de Custodia.
- Desde
que se colecta la evidencia hasta que llega a su destino final.
- 111.2 Código Orgánico Procesal Penal; 111.12 Código Orgánico Procesal Penal.
- 4.2 Ley Orgánica del Servicio de
Policía de Investigación, el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y
Criminalísticas y el Servicio Nacional de Medicina y Ciencias Forenses.
-
Estandarizado: Se refiere a “certificado”, que se haya hecho en otros
laboratorios y arroje el mismo resultado. Certificado de aprobación.
- La Cadena de Custodia arranca
desde el momento en que es colectada la evidencia.
Fuente de la información: Taller “Manual Único de Procedimientos en Materia de Cadena de Custodia de
Evidencias Físicas” Fundación Para la Investigación,
Capacitación y Desarrollo de la Función Fiscal del Ministerio Público:
FUNDAFISCAL. Caracas, Venezuela.
Frase
reflexiva:
El hombre inteligente habla de lo que conoce,
el sabio calla para escuchar lo que aún no conoce
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