El hombre inteligente habla de lo que conoce,
el sabio calla para escuchar lo que aún no conoce
N°
de Expediente: C03-0343 N°
de Sentencia: 304
Tema: Admisión de los Hechos
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Admisión de los hechos - rebaja de pena
Martes, 31 de
Agosto de 2004
La Sala Penal aclara que el artículo 376 del Código Orgánico Procesal
Penal (referido a la admisión de los hechos) señala en su segundo y tercer
aparte que cuando se trate de delitos en los cuales haya habido violencia
contra las personas, en los delitos contra el patrimonio público o en los
delitos tipificados en la
Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y
Psicotrópicas, cuya pena exceda de ocho años en su límite máximo, sólo se podrá
rebajar un tercio de la pena; pero en todo caso la rebaja que se haga no puede
ser inferior a la establecida en el límite inferior de la pena que señala la
ley para ese delito.
Frase
reflexiva:
El hombre inteligente habla de lo que conoce,
el sabio calla para escuchar lo que aún no conoce
No hay comentarios.:
Publicar un comentario
Su comentario será respondido a la brevedad. ¡Gracias por comentar!