El hombre inteligente habla de lo que conoce,
el sabio calla para escuchar lo que aún no conoce
Derecho Penal del Trabajo - Derecho
Penal Laboral
La Corrupción
La corrupción es un delito harto difícil de probar. Sin embargo la
Ley Contra la Corrupción tipifica
como delito el enriquecimiento ilícito, en su artículo 73. Incurre en este
delito el funcionario público que hubiere obtenido en el ejercicio de sus
funciones un incremento patrimonial
desproporcionado en relación a sus ingresos, que no pudiere justificar al
ser requerido. La pena es de 3 a
10 años de prisión. Para comprobar este delito sólo es necesario determinar que
el funcionario está en posesión de bienes que no se corresponden con su
situación económica, o su estilo de vida así lo indique. Lo anterior basta para
imputar penalmente al funcionario, si no justifica tal situación, una vez haya
sido requerido por la autoridad. El hecho que se castiga no es propiamente el
enriquecimiento durante el desempeño del cargo, el cual puede ser lícito o
ilícito, ya que lo castigado es la falta
de justificación de lo que se ha obtenido en el ejercicio de las funciones
públicas y que luce desproporcionada en relación con los ingresos del
funcionario, una vez hecho el requerimiento de la justificación en cuestión,
por parte del órgano competente (Arteaga, 2005, 101).
Puede que nunca se sepa de dónde obtuvo el funcionario ese enriquecimiento
desproporcionado. Para probar el delito poco importa el origen de la riqueza y
sólo es necesario, por ejemplo, probar los gastos de vida del sujeto que no
guardan proporción con su sueldo, para ello basta informarse acerca de sus
movimientos en cuentas corrientes y gastos en tarjetas de crédito.
El funcionario siempre ocultará el origen de esos recursos, pero lo que no
podrá ocultar son sus gastos.
Bibliografía. Derecho Penal del Trabajo. Jorge Rosell Senhenn. Librería
J. Rincón. Barquisimeto-Venezuela
2014. pp. 101, 102.
Frase
reflexiva:
El hombre inteligente habla de lo que conoce,
el sabio calla para escuchar lo que aún no conoce
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