6 de febrero de 2025

Derecho a la salud | 06-02-2025

Sentencia No. 0840 de fecha 15-NOV-2024 emanada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia

MAGISTRADA PONENTE: TANIA D’ AMELIO CARDIET.

Por otra parte se confirma en la presente causa que el ciudadano (...) fue condenado a cumplir la pena de 9 años, 8 meses de prisión por el delito de robo agravado, robo de vehículo, agavillamiento y lesiones personales, asimismo, en relación a la información suministrada en donde indica que el procesado “presenta actualmente una condición de salud”, se evidencia que el referido Tribunal de Control acordó “…el traslado para recibir atención médica al referido ciudadano en todo momento en aras de garantizar el derecho a la salud…”, la Sala insta, a dicho Tribunal se sirva de seguir manteniendo el derecho a la salud, como derecho social fundamental y como parte del derecho a la vida, que debe ser garantizado por el Estado, conforme lo establece el artículo 83 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Enlace a la Sentencia:

La frase del día 
"Prefiero ser el primero en una aldea que el segundo en Roma" - Julio César

Objetivos TDG | 06-02-2025

Objetivo general. Objetivos específicos 

• Cuando el objetivo general comienza con un análisis, es necesario desglosarlo.

• A partir del objetivo general se discriminan los puntos para los objetivos específicos.

• Distinguir los objetivos específicos en función del objetivo general.

• El objetivo general es desarrollar, hacer, ejecutar, pero primero hay que identificar los elementos en los objetivos específicos.

• Identificar, conseguir, indagar.

• En los objetivos específicos hay que buscar algo que nos lleve directamente al objetivo general.

• El objetivo general se puede determinar en 3 o 4 objetivos.

• En el cuarto objetivo puede construirse un criterio propio.

Fuente de la Información:
Maestría en Ciencias Penales y Criminológicas, materia: Seminario de Trabajo de Grado, JMPS-404 MT01I0V. Período: 2025-1. Universidad Yacambú (UNY), estado Lara.

La frase del día 
"Prefiero ser el primero en una aldea que el segundo en Roma" - Julio César

Seminario TDG | 06-02-2025

Seminario de Trabajo de Grado 

• Construir y desarrollar un problema.

• Enfocar factores que permitan investigar el problema.

• Un problema que necesite investigación y me dé un resultado que pueda utilizarse.

• Una situación problema para establecer lo que necesito resolver y luego dar el resultado. 

• ¿Se usan actualmente las teorías criminológicas en los procesos penales?

• Las situaciones que tienen vacío o carencia en Derecho, se entraban como un problema.

• Establecer qué problemas hay, en el mundo jurídico, al emplear las teorías criminológicas.

• ¿Los tribunales consideran las teorías criminológicas en los procesos penales?

• ¿Existen mecanismos que permitan establecer cuáles son las teorías más adecuadas para realizar un perfil criminológico en Venezuela?

• Desde el punto de vista de mi investigación, debe existir un problema, un vacío o una incidencia que permita acoplar el resultado que yo quiero.

• ¿Cuál es el proceso que se lleva a cabo para establecer un perfil criminal?

• Un proceso que permite investigar el problema.

Fuente de la Información:
Maestría en Ciencias Penales y Criminológicas, materia: Seminario de Trabajo de Grado, JMPS-404 MT01I0V. Período: 2025-1. Universidad Yacambú (UNY), estado Lara.

La frase del día 
"Prefiero ser el primero en una aldea que el segundo en Roma" - Julio César

FGR | 06-02-2025

Sentencia No. 1230 de fecha 15-DIC-2022 emanada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia

MAGISTRADA PONENTE: DRA. TANIA D’AMELIO CARDIET

Estas actuaciones directas y personales del alto funcionario, están igualmente distribuidas en diversas leyes, siendo un ejemplo de dichas facultades, presentar querella contra el Presidente de la República (artículo 377 del Código Orgánico Procesal Penal), conocer y designar al Fiscal del Ministerio Público suplente, cuando se haya interpuesto una recusación o se haya inhibido otro fiscal (artículo 58 de la Ley Orgánica del Ministerio Público), ejercer la potestad disciplinaria sobre los fiscales del Ministerio Público, funcionarios y empleados subalternos de su despacho (Artículo 14 en su numeral 14 eiusdem), designar a los fiscales del Ministerio Público y demás empleados de su dependencia (artículo 14 en su numeral 3).

En estos supuestos, es cuando esta Sala Constitucional es competente para conocer y decidir en única instancia, las acciones de amparos constitucionales por violaciones o amenazas de violación de derechos fundamentales ocasionadas por el Fiscal General de la República.

Enlace a la Sentencia:

La frase del día 
"Prefiero ser el primero en una aldea que el segundo en Roma" - Julio César

Fiscal General de la República | 06-02-2025

Sentencia No. 1230 de fecha 15-DIC-2022 emanada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia

MAGISTRADA PONENTE: DRA. TANIA D’AMELIO CARDIET

Ejemplo de ello, lo encontramos en la Ley Orgánica del Ministerio Público, que establece las atribuciones de los Fiscales Superiores (artículo 31); de los Fiscales para actuar ante la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia y la jurisdicción contencioso-administrativa, en caso que no intervenga directamente el Fiscal General (artículo 32), de los Fiscales ante las Salas de Casación (artículo 33); de los Fiscales del Ministerio Público, ya sean de proceso, de ejecución de sentencia, (artículos 34 y otros), y de los Fiscales de los Derechos y Garantías Constitucionales (artículo 44), entre otros.

Igualmente, observa esta Sala que le están conferidas al Fiscal General de la República, facultades o atribuciones legales en las cuales debe actuar de manera directa y personal.

Enlace a la Sentencia:

La frase del día 
"Prefiero ser el primero en una aldea que el segundo en Roma" - Julio César

5 de febrero de 2025

Illico modo | 05-02-2025

Sentencia No. 0568 de fecha 16-MAY-2023 emanada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia

MAGISTRADA PONENTE: MICHEL ADRIANA VELÁSQUEZ GRILLET

Declarado lo anterior, esta Sala, ordena la publicación de la presente decisión en la Gaceta Oficial de la República y en la Gaceta Judicial del este Tribunal Supremo de Justicia, con la siguiente mención en su sumario:

“... Sentencia de la Sala Constitucional, que amplía su criterio en relación a la apelación anticipada o illico modo, y establece con carácter vinculante y con efectos ex tunc, que la suma diligencia en el ejercicio del recurso de apelación, tiene como presupuesto, la existencia real cierta y concreta de la decisión que resulta desfavorable y actualiza en el afectado el derecho a recurrir. Si no existe la decisión, no existe ni interés en recurrir, ni agravió que lo motive. Por tanto, se establece que no puede tenerse como válidamente presentado un medio recursivo, respecto de una decisión que aún no ha sido dictada en el respectivo procedimiento...”. 

Enlace a la Sentencia:

Palabras clave: sentencia vinculante, Sala Constitucional, Tribunal Supremo de Justicia.

La frase del día 
"Saber lo que es correcto y no hacerlo, también es pecado"

Apelación anticipada | 05-02-2025

Sentencia No. 0568 de fecha 16-MAY-2023 emanada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia

MAGISTRADA PONENTE: MICHEL ADRIANA VELÁSQUEZ GRILLET

Sobre este punto, las distintas Salas del Tribunal Supremo de Justicia han desarrollado un criterio uniforme, inicialmente fijado por esta Sala, con el cual se ha reconocido la validez de la interposición del recurso de apelación anticipadamente, sin que sea por eso extemporáneo, bajo unos específicos y estrictos criterios; también se ha establecido como válida, la contestación de la demanda, cuando es extemporánea por anticipada; y se considera que el mismo puede ser ampliado a otros supuestos de actuación procesal, que se realicen de manera anticipada, y que no implique ello una extemporaneidad.

Enlace a la Sentencia:

La frase del día 
"Saber lo que es correcto y no hacerlo, también es pecado"