25 de julio de 2015

Güiro

CAZANDO GÜIRO

Cazar Güire o Güiro: El Güire es una especie de pato que habita en el llano venezolano. Su carne es muy apetecida. Para cazarlo es necesario hacerlo con el mayor sigilo, escondido entre los matorrales que rodean las lagunas donde se posa para evitar que escape. Usamos esta expresión para denotar que hay alguien escondido o que no muestra interés en una situación pero está muy pendiente de su oportunidad para entrar en acción, “Cazando Güire”.

Principios Criminalística

CRIMINALÍSTICA

PRINCIPIOS DE LA CRIMINALÍSTICA

Principio de Uso. En los hechos que se cometen o se realizan, siempre se emplean agentes mecánicos, biológicos o físicos.

Principio de Producción. En la utilización de dichos agentes, siempre se producen indicios reales o materiales.

Principio de Intercambio. Cada vez que dos cosas entren en contacto, existe siempre transferencia.

Principio de Correspondencia. En la acción dinámica de los agentes mecánicos sobre determinados cuerpos vulnerables dejan impresas sus marcas, dando base para estudios comparativos.

Principio de Reconstrucción. El estudio del sitio del suceso y de las evidencias encontradas en él, dará base para conocer los desarrollos de los hechos y así reconstruir lo ocurrido.

Principio de Probabilidad. En la reconstrucción de los fenómenos de ciertos hechos, se nos acerca a la verdad con un mediano o alto grado, o simplemente sin probabilidad.

Principio de Certeza. De acuerdo al tipo y la calidad de los indicios se pueden obtener certezas.

Fuente: Revista del Ministerio Público. Revista Científica Arbitrada. Área Temática: Criminalística. V Etapa. No. 14. pp. 101, 102, 103.

Actos Conclusivos

DERECHO PROCESAL PENAL

ACTOS CONCLUSIVOS

Cuando el Ministerio Público, presenta acusación respecto a unos delitos y solicita sobreseimiento respecto a otros, el órgano jurisdiccional debe pronunciarse respecto a ambas solicitudes, y en caso de omitir alguna, la causa debe ser devuelta a los fines de que se emita el pronunciamiento correspondiente.

Fuente: Doctrina del Ministerio Público venezolano.

24 de julio de 2015

Abuso Autoridad

DELITO DE ABUSO DE AUTORIDAD

“este Despacho pudo apreciar que usted subsumió los hechos objeto de análisis, en el tipo penal que sanciona el delito de Abuso de Autoridad -actualmente previsto y sancionado en el artículo 203 del Código Penal vigente-; cuyo supuesto, igualmente se encontraba establecido en el citado texto penal antes de su reforma, empero en el artículo 204. Ahora bien, dentro de este orden de ideas resulta importante acotar, que aún antes de la última reforma del texto penal sustantivo, ya el citado tipo penal se encontraba derogado por disposición expresa de la entonces novísima Ley Orgánica de Salvaguarda del Patrimonio Público -actualmente derogada por la Ley contra la
Corrupción-.

Al entrar en vigencia la Ley Orgánica de Salvaguarda del Patrimonio Público, en fecha 1 de abril de 1983, el Título VIII relativa a las disposiciones Finales se procedió a la derogatoria no sólo de varias normativas, como lo fueron la Ley de Responsabilidad de Funcionarios Públicos y la Ley contra el Enriquecimiento Ilícito del Funcionario o Empleado Público, sino también de algunos artículos previstos en el Código Penal, entre ellos el 203 relativo a “de los abusos de la autoridad y de las infracciones de los deberes de los funcionarios públicos”, todo lo cual se evidencia del contenido del 109 de la precitada ley; por lo tanto la subsunción de los hechos en la normativa penal citada por usted, resultó improcedente, por la falta de vigencia de la normativa señalada. Actualmente, la citada conducta debe ser subsumida en el artículo 67 de la Ley Contra la Corrupción, y por ende sería IMPRESCRIPTIBLE, lo cual torna IMPROCEDENTE EL SOBRESEIMIENTO

Fuente: Doctrina del Ministerio Público venezolano.

Fiscal Auxiliar

COMPETENCIAS DEL FISCAL AUXILIAR

Los fiscales auxiliares del Ministerio Público se encuentran legitimados para intervenir en todos los actos de la fase preparatoria e intermedia del proceso penal, lo que incluye la facultad de interponer acusación, solicitar sobreseimiento o el archivo fiscal.

Las actuaciones realizadas por los fiscales auxiliares se entienden sujetas a la dirección orgánica del fiscal de proceso al que se encuentran asignados.

Aún si un fiscal auxiliar suscribe de modo individual un escrito que exprese una opinión jurídica -respecto a actos que se encuentren en el ámbito de su competencia-, se entiende que el Fiscal Principal ha ordenado, coordinado y supervisado esa actuación; y que dicho escrito ha emanado del mismo Despacho Fiscal. 

Fuente: Doctrina del Ministerio Público venezolano.

Armas-IV

ARMAS DE FUEGO 

Capítulo III

CONSEJOS PRÁCTICOS

La seguridad que tengas en ti mismo, dependerá de la práctica y cuidado de tu arma; practica y límpiala cuando menos una vez por mes en forma total, y a diario, por fuera con aceite.

En el barrilete del revólver es conveniente dejar la recámara que queda directa al percutor VACÍA, por si llegara a golpearse el martillo al caerse el arma.

A un niño NO le escondas un arma; enséñale lo que hace (en un campo de tiro) y no la tocará.

Los campos de tiro tienen algunas reglas específicas, RESPÉTALAS.

Hay dos clases de gentes PELIGROSAS, las que saben manejar las armas y las que creen que ya saben.

Fuente. MANUAL DE ARMAS DE FUEGO PARA CUERPOS DE SEGURIDAD. LICENCIADO EN CRIMINOLOGÍA EVERARDO OCHOA BERNAL. Estados Unidos de América (USA), Lexington, KY. p.40.

"Peine"

"Peine"

Se refería esta palabra a una trampa puesta por alguien (de mala fe) a otra persona para hacerla caer en ella. Era común escuchar: "A Francisco le pusieron un peine". Esta palabra se usó y todavía se usa (sobre todo) en política.