15 de noviembre de 2016

15-11-2016 Consecuencias

Frase reflexiva:
Las personas son recordadas por desobedecer las reglas, no por cumplirlas

Dolo de consecuencias necesarias. Se produce cuando el sujeto sabe que su acción delictiva para producir el daño que desea, ocasionará daños colaterales que no son de su interés, pero que se darán de seguro como resultado de su proceder. Por ejemplo, quiere matar a una persona y coloca una bomba en la avioneta donde viajará, sin importarle los otros ocupantes de esa avioneta.

Fuente de la información: Código Penal comentado, parte general: artículos 1 al 127. Septiembre 2014. Juan Garay y Miren Garay. p. 113.

Frase reflexiva:
Las personas son recordadas por desobedecer las reglas, no por cumplirlas

15-11-2016 Penal Trabajo (7)

Frase reflexiva:
Las personas son recordadas por desobedecer las reglas, no por cumplirlas

Derecho Penal del Trabajo
Derecho Penal Laboral

TÍTULO IX
DE LAS SANCIONES

Infracción al salario mínimo o la oportunidad de pago del salario y las vacaciones
Artículo 533. En caso de que el patrono o patrona pague al trabajador o trabajadora un salario inferior al mínimo fijado, o no pague oportunamente el salario semanal, quincenal y las vacaciones se le impondrá una multa no menor del equivalente a ciento veinte unidades tributarias, ni mayor del equivalente a trescientas sesenta unidades tributarias.

Infracción a las disposiciones protectoras de la maternidad, la paternidad y la familia
Artículo 534. En caso de infracción a las disposiciones protectoras de la maternidad, paternidad y la familia se impondrá al patrono o patrona una multa no menor del equivalente a ciento veinte unidades tributarias, ni mayor del equivalente a trescientas sesenta unidades tributarias.

Fuente de la información: Ley Orgánica del Trabajo. Gaceta Oficial No. 6.076 Extraordinario del 07 de mayo de 2012.

Frase reflexiva:
Las personas son recordadas por desobedecer las reglas, no por cumplirlas

15-11-2016 Penal Trabajo (6)

Frase reflexiva:
Las personas son recordadas por desobedecer las reglas, no por cumplirlas

Derecho Penal del Trabajo
Derecho Penal Laboral

TÍTULO IX
DE LAS SANCIONES

Infracción a la inamovilidad laboral
Artículo 531. El patrono o patrona que incurra en el despido, traslado o desmejora de un trabajador amparado o trabajadora amparada por inamovilidad laboral sin haber solicitado previamente la calificación de despido correspondiente se le impondrá una multa no menor del equivalente de sesenta unidades tributarias, ni mayor del equivalente a ciento veinte unidades tributarias.

Desacato a una orden del funcionario o funcionaria del trabajo
Artículo 532. Todo desacato a una orden emanada de la funcionaria o funcionario del ministerio del Poder Popular con competencia en materia de trabajo y seguridad social, acarreará al infractor o infractora una multa no menor del equivalente a sesenta unidades tributarias, ni mayor del equivalente a ciento veinte unidades tributarias.

Fuente de la información: Ley Orgánica del Trabajo. Gaceta Oficial No. 6.076 Extraordinario del 07 de mayo de 2012.

Frase reflexiva:
Las personas son recordadas por desobedecer las reglas, no por cumplirlas

14 de noviembre de 2016

14-11-2016 Eventual

Frase reflexiva:
Si buscas resultados distintos, no hagas siempre lo mismo Albert Einstein

Dolo eventual. En el dolo eventual, el sujeto se representa el daño como posible o probable, pero, aun así, continúa ejecutando la acción. Por ejemplo: La persona dispara hacia arriba a sabiendas de que hay edificios y de que existe la probabilidad de que esos disparos lesionen a alguien. Se diferencia este dolo de la culpa consciente, porque en esta última, el sujeto confía en su pericia para que no se produzca el daño, en tanto que, en el dolo eventual, el sujeto no se plantea esta confianza.

Fuente de la información: Código Penal comentado, parte general: artículos 1 al 127. Septiembre 2014. Juan Garay y Miren Garay. p. 112.

Frase reflexiva:
Si buscas resultados distintos, no hagas siempre lo mismo Albert Einstein

14-11-2016 13.3, 16.2, 22

Frase reflexiva:
Si buscas resultados distintos, no hagas siempre lo mismo Albert Einstein

Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia

No. Sentencia: 782
No. Expediente: 10-1105
Procedimiento: Recurso de nulidad

V
DECISIÓN
Por las razones precedentemente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara:

1.- Que es COMPETENTE para conocer del recurso de nulidad por inconstitucionalidad ejercido conjuntamente con medida cautelar innominada por la ciudadana GABRIELA DEL MAR RAMÍREZ PÉREZ, titular de la cédula de identidad N° 13.943.870, en su carácter de Defensora del Pueblo de la República Bolivariana de Venezuela, y los abogados JESÚS ANTONIO MENDOZA MENDOZA, ALEJANDRA BONALDE COLMENARES, LUCELIA CASTELLANOS PÉREZ, JAVIER LÓPEZ CERRADA y LILIAN QUEVEDO, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 41.755, 71.884, 145.484, 84.543 y 65.661, respectivamente, el primero actuando en su carácter de Director de Recursos Judiciales y los demás adscritos a la Dirección General de Servicios Jurídicos de la Defensoría del Pueblo, contra los artículos 13.3, 16.2 y 22 del Código Penal, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, Extraordinario N° 5.768 del 13 de abril de 2005.

2.- ADMITE el recurso de nulidad por inconstitucionalidad interpuesto. 

3.- PROCEDENTE la medida cautelar solicitada y, en consecuencia, se suspende la aplicación de los artículos 13.3, 16.2 y 22 del Código Penal, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, Extraordinario N° 5.768 del 13 de abril de 2005, hasta que se decida el fondo de la presente causa. Por cuanto la presente decisión acuerda una providencia cautelar que trata sobre la no aplicación de una norma de efectos generales, se considera necesaria la publicación de esta sentencia en Gaceta Judicial.

4.- ORDENA notificar a la parte recurrente de la presente decisión.

5.- ORDENA citar mediante oficio al Presidente de la Asamblea Nacional y a la Procuradora General de la República, así como notificar a la Fiscal General de la República, y a la Defensora del Pueblo, respectivamente.

6.- ORDENA remitir el presente expediente al Juzgado de Sustanciación, a los fines de continuar con la tramitación del procedimiento.

7.- ORDENA su publicación inmediata en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, en cuyo sumario se señalará lo siguiente:

“Sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia que suspende provisionalmente la aplicación con efectos erga omnes de los artículos 13.3, 16.2 y 22 del Código Penal, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, Extraordinario N° 5.768 del 13 de abril de 2005”.

Publíquese y regístrese. Remítase al Juzgado de Sustanciación para la continuación del procedimiento. 

Dada, firmada y sellada en el Salón de Despacho de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en Caracas, a los 24  días del mes de mayo de dos mil once (2011). Años: 201º de la Independencia y 152º de la Federación.


Frase reflexiva:
Si buscas resultados distintos, no hagas siempre lo mismo Albert Einstein

14-11-2016 Valimiento

Frase reflexiva:
Si buscas resultados distintos, no hagas siempre lo mismo Albert Einstein

TÍTULO III
De los Delitos Contra la Cosa Pública

CAPÍTULO X
De la suposición de valimiento con los funcionarios públicos

Artículo 232. Suposición de valimiento. El que dándose valimiento o relaciones de importancia e influencia con algún funcionario público, o miembro de la Asamblea Nacional, reciba o se haga dar o prometer, para sí o para otro, dinero u otras ventajas, bien como estímulo o recompensa de su mediación con aquella persona, bien a pretexto de comprar favores o remunerar beneficios, será castigado con prisión de seis a treinta meses.

Frase reflexiva:
Si buscas resultados distintos, no hagas siempre lo mismo Albert Einstein

14-11-2016 Penal Trabajo (5)

Frase reflexiva:
Si buscas resultados distintos, no hagas siempre lo mismo Albert Einstein

Derecho Penal del Trabajo
Derecho Penal Laboral

TÍTULO IX
DE LAS SANCIONES

Infracción a la normativa sobre alimentación
Artículo 529. El patrono o patrona que viole la normativa relacionada con la Ley de Alimentación de los Trabajadores y Trabajadoras, se le impondrá una multa no menor del equivalente de sesenta unidades tributarias, ni mayor del equivalente a ciento veinte unidades tributarias.

Infracción a la normativa sobre participación en los beneficios
Artículo 530. Al patrono o patrona que no pague correctamente a sus trabajadores o trabajadoras la participación en los beneficios, o la bonificación o prima de navidad que les corresponda, se le impondrá una multa no menor del equivalente a sesenta unidades tributarias, ni mayor del equivalente a ciento veinte unidades tributarias.

Fuente de la información: Ley Orgánica del Trabajo. Gaceta Oficial No. 6.076 Extraordinario del 07 de mayo de 2012.

Frase reflexiva:
Si buscas resultados distintos, no hagas siempre lo mismo Albert Einstein