31 de agosto de 2016

31-08-2016 Invencible

Frase reflexiva:
Toda acción tiene su merecida reacción

APROXIMACIÓN AL ESTUDIO DEL ERROR EN LA DOGMÁTICA JURÍDICO-PENAL

Error de tipo invencible

En este caso aunque el sujeto hubiere aplicado toda la diligencia posible, nunca hubiese podido evitar incurrir en el error; este error acarrea la impunidad, no se castiga.

Fuente de la información: Revista del Ministerio Público. Revista Científica Arbitrada. V Etapa No. 15. 2014. p. 126.

Frase reflexiva:
Toda acción tiene su merecida reacción

31-08-2016 Modalidades

Frase reflexiva:
Toda acción tiene su merecida reacción

APROXIMACIÓN AL ESTUDIO DEL ERROR EN LA DOGMÁTICA JURÍDICO-PENAL

Modalidades particulares del error
(Error sobre determinados elementos típicos)

a) Error sobre la persona o en el objeto

b) Error en el golpe (aberratio ictus)

c) Error sobre el curso causal

d) Consumación anticipada

e) Dolus generalis

f) Dolo alternativo

Fuente de la información: Revista del Ministerio Público. Revista Científica Arbitrada. V Etapa No. 15. 2014. pp. 126, 127, 129, 130, 131.

Frase reflexiva:
Toda acción tiene su merecida reacción

31-08-2016 Error

Frase reflexiva:
Toda acción tiene su merecida reacción

APROXIMACIÓN AL ESTUDIO DEL ERROR EN LA DOGMÁTICA JURÍDICO-PENAL

Error de prohibición

Al faltar ese conocimiento de que la actuación se encuentra prohibida, hablamos de “error de prohibición” Dicho error suele dividirse en vencible (en principio confiere una pena inferior) e invencible (mayoritariamente se sostiene que conduce a la impunidad), atendiendo a la posibilidad de que hubiese podido evitarse si se hubiese tenido mayor cuidado.

Fuente de la información: Revista del Ministerio Público. Revista Científica Arbitrada. V Etapa No. 15. 2014. p. 133.

Frase reflexiva:
Toda acción tiene su merecida reacción

31-08-2016 Desarme (22)

Frase reflexiva:
Toda acción tiene su merecida reacción

LEY PARA EL DESARME Y CONTROL DE ARMAS Y MUNICIONES
Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 40.190
Caracas, lunes 17 de junio de 2013

TÍTULO III
DE LOS PERMISOS DE PORTE Y TENENCIA DE ARMA DE FUEGO

Capítulo I
Tipos de permisos y sus requisitos

Renovación de permisos
Artículo 33. Para la renovación del permiso de tenencia o porte otorgado por el órgano de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana con competencia en materia de control de armas, las personas naturales o jurídicas deberán cumplir los siguientes requisitos, según el caso:

1. Consignación del permiso anterior.

2. Constancia vigente de residencia en el país.

3. Examen médico-psicológico vigente realizado por la institución autorizada para tal fin.

En el caso que el solicitante sea una persona jurídica deberá presentar:

1. Listado actualizado de miembros o personal activo.

2. Certificación del curso para la manipulación y uso de las armas de fuego del personal activo, emitida por el órgano competente.

3. Constancia de la última declaración del impuesto sobre la renta.

El contenido del presente artículo no excluye cualquier requisito propio de cada permiso establecido en el reglamento respectivo o por la autoridad competente.

Frase reflexiva:
Toda acción tiene su merecida reacción

31-08-2016 Constitucional II (57)

Frase reflexiva:
Toda acción tiene su merecida reacción

Materia: Derecho Constitucional II
Semestre: Segundo-Pregrado

JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

Tema # 5 Estructura de la Constitución Venezolana

Artículo 75 C.R.B.V: El Estado protegerá a las familias como asociación natural de la sociedad y como el espacio fundamental para el desarrollo integral de las personas. Las relaciones familiares se basan en la igualdad de derechos y deberes, la solidaridad, el esfuerzo común, la comprensión mutua y el respeto recíproco entre sus integrantes. El Estado garantizará protección a la madre, al padre o a quienes ejerzan la jefatura de la familia.

Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a vivir, ser criados o criadas y a desarrollarse en el seno de su familia de origen. Cuando ello sea imposible o contrario a su interés superior, tendrán derecho a una familia sustituta, de conformidad con la ley. La adopción tiene efectos similares a la filiación y se establece siempre en beneficio del adoptado o la adoptada, de conformidad con la ley. La adopción internacional es subsidiaria de la nacional. 

- Análisis Jurídico (75): El encabezamiento contiene el derecho de protección a las familias por parte del Estado; además de garantizar la protección a quien ejerza el mando de la familia

El único aparte el cual está en concordancia con el artículo 26 de la LOPNA, contiene el derecho que tienen los niños de vivir y de ser criados en su familia de origen. Excepcionalmente tienen el derecho a una familia sustituta, cuando la anterior le fuera imposible. 

Artículo 76 C.R.B.V: La maternidad y la paternidad son protegidas integralmente, sea cual fuere el estado civil de la madre o del padre. Las parejas tienen derecho a decidir libre y responsablemente el número de hijos o hijas que deseen concebir y a disponer de la información y de los medios que les aseguren el ejercicio de este derecho. El Estado garantizará asistencia y protección integral a la maternidad, en general a partir del momento de la concepción, durante el embarazo, el parto y el puerperio, y asegurará servicios de planificación familiar integral basados en valores éticos y científicos. 

El padre y la madre tienen el deber compartido e irrenunciable de criar, formar, educar, mantener y asistir a sus hijos o hijas, y éstos o éstas tienen el deber de asistirlos o asistirlas cuando aquél o aquella no puedan hacerlo por sí mismos o por sí mismas.                       
                   
La ley establecerá las medidas necesarias y adecuadas para garantizar la efectividad de la obligación alimentaría. 

- Análisis Jurídico (76): Contiene el derecho que tienen de las parejas a concebir libremente el número de hijos que deseen.                          

Y también me regulan dicho derecho, estableciendo garantías por parte del Estado para hacer efectivo el anteriormente mencionado, es decir, el derecho. 

Frase reflexiva:
Toda acción tiene su merecida reacción

30 de agosto de 2016

30-08-2016 Desarme (21)

Frase reflexiva:
Lo que se ve no se preguntaAlberto Aguilera Valadez

LEY PARA EL DESARME Y CONTROL DE ARMAS Y MUNICIONES
Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 40.190
Caracas, lunes 17 de junio de 2013

TÍTULO III
DE LOS PERMISOS DE PORTE Y TENENCIA DE ARMA DE FUEGO

Capítulo I
Tipos de permisos y sus requisitos

Permiso de tenencia de armas de fuego para fines artísticos
Artículo 32. El permiso de tenencia de armas de fuego para fines artísticos para las personas jurídicas, de derecho público o privado, cuya razón social sea la realización de actividades artísticas o culturales, tendrá vigencia de un año contado a partir de la fecha de su otorgamiento.

Para su otorgamiento la persona jurídica solicitante deberá cumplir, además con los requisitos comunes para las personas jurídicas establecidos en la presente Ley, con los siguientes:

1. Carta aval para el ejercicio de la actividad artística, emitida por el órgano rector del Estado con competencia en materia cultural.

2. Exposición de motivos detallada que describa el contexto en el cual serán utilizadas las armas de fuego.

3. Certificación del lugar y condiciones de almacenamiento de las armas de fuego, emitida por el órgano de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana con competencia en materia de control de armas.

Frase reflexiva:
Lo que se ve no se preguntaAlberto Aguilera Valadez

30-08-2016 Error vencible

Frase reflexiva:
Lo que se ve no se preguntaAlberto Aguilera Valadez

APROXIMACIÓN AL ESTUDIO DEL ERROR EN LA DOGMÁTICA JURÍDICO-PENAL

Error de tipo vencible

Se genera cuando el sujeto hubiese podido poner más de su parte y evitar caer en error, es decir, si hubiese actuado de forma diligente o más cuidadosa, se aplicaría un tipo culposo (si existe). Para Jakobs, tipo culposo implica un error; no obstante, autores como Modolell consideran que no es así, debido a que para aducir que una persona pueda incurrir en error, es debido a que se representa algo mal e incurre en el error, sólo hay error de tipo en la culpa consciente, pero en la culpa inconsciente (descuido total del agente) no hay error sino un desconocimiento, y este error es tratado generalmente como atenuante.

Fuente de la información: Revista del Ministerio Público. Revista Científica Arbitrada. V Etapa No. 15. 2014. p. 126.

Frase reflexiva:
Lo que se ve no se preguntaAlberto Aguilera Valadez