2 de noviembre de 2025

2-11-2025 • Operacionalización

Operacionalización de las variables 

— Para medir la variable, hay que dividirla.

— La variable se divide en partes; y esas partes son las dimensiones.

— Las dimensiones deben medir exactamente la variable que se está estudiando.

— Un indicador es una característica de la dimensión; como su misma palabra lo dice: indica un aspecto de la dimensión.

— El indicador es una característica que señala un efecto predefinido como característica, de modo que se quiere medir en el estudio a los fines de saber si está presente o ausente.

— En el instrumento, con preguntas impares se evitan los sesgos.

— Debe escogerse dentro del título lo que se quiere conceptualizar como variable y dividirla.

Descriptores: trabajo de grado, maestría, especialización.

La frase del día 
"El verdadero poder prospera en el silencio"

2-11-2025 • Delación

Delación 

Para aplicar este supuesto, el Fiscal del Ministerio Público debe pedir la autorización al juez de control si se trata de delitos de delincuencia organizada o violentos, siempre y cuando el imputado haya aportado información que colabore eficazmente con la investigación, que evite la continuación del delito o que se cometa uno nuevo; también se aplicará cuando ayude a esclarecer los hechos o a probar la participación de otro imputado.

Para que este supuesto se dé, la pena por la que se le investiga al imputado debe ser menor o igual a la de aquellos por los cuales se está aportando información. 

Una vez que el juez admita la solicitud del Ministerio Público, se deberá dividir la continencia de la causa y ordenar su resguardo en un establecimiento que garantice su seguridad. 

La delación trae como consecuencia una rebaja de la mitad de la pena establecida para el delito que se imputa al informante, siempre que la información aportada haya satisfecho las expectativas; esto deberá constar en el escrito de acusación presentado por el Fiscal del Ministerio Público.

Fuente digital de la información:

La frase del día 
"El verdadero poder prospera en el silencio"

2-11-2025 • Formas de participación [4]

Sentencia No. 697 de fecha 07-DIC-2007 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia

Ponencia de la Magistrada Doctora DEYANIRA NIEVES BASTIDAS.

En el supuesto indicado por la impugnante, la actuación consiste en ayudar o facilitar la realización del hecho a través del auxilio que puede prestarse antes o durante su ejecución, por lo que se trata de una cooperación en cuanto a los actos. Nuevamente, para ejemplificar la figura analizada, Manzini Vincenzo, señala que habría complicidad en el hecho de quien vigila en la calle mientras sus compañeros cometen un robo en una vivienda , ya que la actividad se limita a quitar un obstáculo o a prevenir un peligro sin aplicar las propias energías a la violación directa del mandato penal, sin embargo, agrega, que habría cooperación inmediata, en el caso de quien vigila la entrada en la oficina donde se está cometiendo un hurto, o de quien presencia, en actitud amenazadora, un robo (Diritto Penale Italiano, Vol. II, Ediz. 1908, p. 434).

La delimitación entre las figuras de la cooperación necesaria y la complicidad, teniendo en cuenta que ninguno de dichos partícipes tiene el dominio del hecho, ha sido materia de ardua discusión en la doctrina, de allí que se hayan desarrollado diversas teorías diferenciadoras (criterio de necesidad, criterio de escasez, teoría de los bienes necesarios, etc.). Sin embargo, existe consenso -legal, doctrinario y jurisprudencial- que en el caso del cooperador inmediato, su aportación debe constituir un acto sin el cual el hecho no se habría efectuado, lo que supone necesariamente, un aporte esencial al hecho del autor; por el contrario, el cómplice ejecuta un comportamiento que no es suficientemente relevante como para que al faltar su aportación, el acto no se hubiera efectuado. En virtud de ello, su configuración debe hacerse en cada caso en particular.

Enlace a la Sentencia:

Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

La frase del día 
"El verdadero poder prospera en el silencio"

2-11-2025 • Formas de participación [3]

Sentencia No. 697 de fecha 07-DIC-2007 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia

Ponencia de la Magistrada Doctora DEYANIRA NIEVES BASTIDAS.

Por otra parte, en cuanto a la segunda modalidad de participación alegada por la recurrente (la complicidad), nos encontramos que se trata de una forma de participación en el delito, es denominada por la doctrina como participación secundaria o cooperación no necesaria, y se encuentra regulada en el artículo 84 del Código Penal, el cual dispone que: “Incurre en la pena correspondiente al respectivo hecho punible, rebajada por mitad, los que en él hayan participado de cualquiera de los siguientes modos:

1. Excitando o reforzando la resolución de perpetrarlo o prometiendo asistencia y ayuda para después de cometido.

2. Dando instrucciones o suministrando medios para realizarlo.

3. Facilitando la perpetración del hecho o prestando asistencia o auxilio para que se realice, antes de su ejecución o durante ella. La disminución de pena prevista en este artículo no tiene lugar, respecto del que se encontrare en algunos de los casos especificados, cuando sin su concurso no se hubiera realizado el hecho…”.

En cuanto a este modo de participación, la Sala de Casación Penal, estableció que: “…Para que haya la complicidad del artículo 84 (complicidad secundaria, en la doctrina), la cooperación nunca debe ser necesaria para el autor que cometió el hecho… De manera que, quien facilite o entregue un arma a una persona… para cometer el delito, en el momento del aporte no presta una cooperación necesaria, pues el acusado… podía lograr otra arma para realizar el delito que cometió. En consecuencia su participación en este hecho es en grado de complicidad no necesaria, de acuerdo a lo previsto en los ordinales 2º y 3º del artículo 84 del Código Penal…”. (Sentencia Nº 151, del 24 de abril de 2003).

Enlace a la Sentencia:

Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

La frase del día 
"El verdadero poder prospera en el silencio"

1 de noviembre de 2025

1-11-2025 • Sicariis

Origen y etimología 

La palabra "sicario" tiene origen en Roma; procede de la palabra "sica" que es una daga pequeña y fácil de esconder. En la antigua Roma se utilizaba para apuñalar a los enemigos políticos; de modo que "sicario" significa "hombre daga".

Por el reducido tamaño de la daga, resultaba fácil esconderla en los pliegues de la toga o bajo la capa. Esa particularidad permitía al asesino acercarse lo suficiente a su víctima sin ser detectado como amenaza para apuñalarla por sorpresa.

Esa repetida modalidad del crimen provocó que a partir del año 81 a.C. el derecho romano reconozca la palabra "sicariis" para nombrar al homicida u "hombre de la daga". La ley promulgada en tiempos del dictador Lucio Cornelio Sila fue conocida como "Ley Cornelia sobre apuñaladores y envenenadores".

El delito de sicariato inició como un delito político porque con la daga pequeña apuñalaban a los enemigos políticos. 

Desde tiempos inmemoriales, cada vez que una nueva modalidad de delito surge y se repite con mucha frecuencia, los legisladores ven la necesidad de tipificarlo penalmente. Eso ocurrió con el sicariato en el año 81 a.C.


En la imagen anterior puede observarse el tipo de togas usadas en la época.

Fuente de la información e imagen: taller de "Criminología: sicariato en América Latina, el fenómeno Pablo Escobar", efectuado el 16-10-2025 por parte del Centro Educativo Geminix.

La frase del día 
"Las mejores mentiras se basan en la verdad" • Scream 6

1-11-2025 • Formas de participación [2]

Sentencia No. 697 de fecha 07-DIC-2007 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia

Ponencia de la Magistrada Doctora DEYANIRA NIEVES BASTIDAS.

En síntesis, la cooperación necesaria consiste en una de las formas de favorecimiento del hecho ajeno, de allí que, el cooperador inmediato es el que aporta una condición sin la cual el autor no hubiera logrado el hecho, por lo que no realiza los actos típicos esenciales constitutivos de tal hecho, pero presta su cooperación en forma esencial e inmediata en la ejecución del delito.

De igual manera, para diferenciar las distintas formas de cooperación, la Sala ha establecido que: “…El cooperador inmediato es en criterio de esta Sala lo que la doctrina ha denominado cooperador necesario para diferenciarlo del cooperador no necesario o simplemente cómplice (no necesario) en los términos de la distinción que hace nuestro Código Penal al adoptar un método especial en la determinación de las penas, pero que no puede ser autor porque no tiene el dominio del hecho…”. (Sentencia Nº 151, del 24 de abril de 2003).

A los fines de ejemplificar la actuación del cooperador inmediato, el autor italiano Manzini Vincenzo, de manera clara señala que, la sola presencia preordenada en el lugar del delito, la cual tenga o pueda tener un papel de utilidad para los ejecutores (de seguridad, guía, intimidación o de respaldo), puede concretar los extremos de la participación inmediata; asimismo, agrega que estaríamos frente a casos de cooperación inmediata, en el supuesto del sujeto que sigue al carterista para hacer desaparecer las cosas que aquél sustrae, o en el caso de quien atrae con engaño a la víctima designada aunque no intervenga en la muerte misma de aquella. (Trattato di Diritto Penale, Vol. II, Ediz. 1908, p. 409).

Enlace a la Sentencia:

Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

La frase del día 
"Las mejores mentiras se basan en la verdad" • Scream 6

1-11-2025 • Formas de participación

Sentencia No. 697 de fecha 07-DIC-2007 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia

Ponencia de la Magistrada Doctora DEYANIRA NIEVES BASTIDAS.

En primer lugar, la figura del cooperador inmediato se encuentra consagrada en el artículo 83 del Código Penal, mediante el cual, dichos partícipes serán sancionados con la misma pena correspondiente a los autores, por tanto son equiparados a éstos en cuanto a la sanción.

Respecto a las formas de participación y especialmente, a la figura del cooperador inmediato, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia (hoy Tribunal Supremo de Justicia), en sentencia Nº 87 del 5 de agosto de 1971, dictaminó: “…Ejecutores de delitos -sostiene la doctrina dominante- son aquellos que cooperan a los actos directamente productivos del evento dañoso; esto es, las personas que voluntaria y conscientemente toman parte directa en los actos que concretan los elementos materiales característicos del delito. Lo cual no sólo comprende la denominada ‘cooperación simple’, en la cual varios individuos realizan la misma acción, sino también la ‘cooperación compleja’, la cual comprende operaciones diversas del proceso productivo del delito, dirigidas al mismo fin y pertenecientes todas a la directa producción del delito (A diferencia de los cooperadores inmediatos -castigados en nuestra Ley con igual pena que los ejecutores o perpetradores-, que no realizan directamente los actos productivos del delito; sino que concurran o coadyuvan a la empresa delictuosa, tomando parte en operaciones distintas que no representan elementos esenciales del hecho imputable, pero resultan eficaces para la inmediata ejecución del delito)…”. (GF Nº 73, 2E, Pág. 856).

De igual forma, el cooperador inmediato ha sido concebido por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, como “…aquel sin cuyo aporte, el hecho no habría podido cometerse. Es decir, la fórmula legal se refiere a que la cooperación es complicidad necesaria en cuanto a la tarea propiamente ejecutiva del tipo penal dentro los elementos esenciales de la participación: comunidad de hecho y convergencia intencional…” (Sentencia Nº 105, del 19 de marzo de 2003).

Enlace a la Sentencia:

Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

La frase del día 
"Las mejores mentiras se basan en la verdad" • Scream 6