MEDICINA LEGAL
MEDICINA LEGAL. JOSÉ FÉLIX MARTÍN CORONA. EDICIONES LIBRERÍA DESTINO, 6TA EDICIÓN, 2008
Capítulo XII - Evolución del cadáver
Los procesos cadavéricos destructivos
Putrefacción. Es un signo abiótico transformativo destructivo, caracterizado por la descomposición de la materia orgánica proteínica con producción de gases pútridos.
Evolución
Se inicia al final de la rigidez, es decir, después de las 24-36 horas de la muerte. Las bacterias saprofitas del organismo de aerobio, que se encuentran sobre todo en el aparato digestivo son los primeros microorganismos que comienzan a actuar. Van consumiendo el oxígeno restante de los tejidos del cuerpo para dar paso a las bacterias anaerobias, que se reproducen y proliferan descomponiendo las sustancias albuminoideas, dando lugar a cuerpos de composición química más simples, desprendiendo abundantes gases (hidrógeno sulfurado).
El cuerpo se va modificando hasta conducir a su destrucción, siendo los que más persisten: los huesos, dientes, pelos, uñas y otros componentes de naturaleza calcárea.
Referencia bibliográfica. Medicina Legal, José Félix Martín Corona, Ediciones Librería Destino, 2008, P. 141.
Blog para investigar las ciencias penales y criminológicas, así como lo que sea útil para la materia penal, sin olvidar la Constitución Nacional de Venezuela. Creado por Jorge Leonardo Salazar Rangel en fecha 20-01-2013
22 de noviembre de 2013
21 de noviembre de 2013
Tipos de imputación
DERECHO PENAL
Tipos de Imputación
Tipos de Imputación
Hay dos tipos de imputación: la imputación material, que son actos realizados de los cuales se deduce que la persona ha sido imputada, por ejemplo, por el allanamiento y la querella; y la imputación formal que se realiza en la sede del Ministerio
Público a través de una serie de actos formales. El acto de
imputación formal es una actividad propia del Ministerio Público. Previa
citación del investigado y asistido por abogado defensor, se le impone
formalmente del precepto constitucional que lo exime de declarar; y aun, en el
caso de rendir declaración, de hacerlo sin juramento; al igual que se le impone
de los hechos investigados y aquellas circunstancias de tiempo, modo y lugar,
la adecuación al tipo penal, los elementos de convicción que lo relacionan con
la investigación y el acceso al expediente.
Reforma
DERECHO PROCESAL PENAL - MATERIA ADJETIVA
Libro Cuarto
Código Orgánico Procesal Penal - 433
De los recursos. Disposiciones generales
Reforma en perjuicio. Cuando la decisión sólo haya sido impugnada por el imputado, o su defensor, no podrá ser modificada en su perjuicio.
Los recursos interpuestos por cualquiera de las partes permitirán modificar o revocar la decisión en favor del imputado.
Libro Cuarto
Código Orgánico Procesal Penal - 433
De los recursos. Disposiciones generales
Reforma en perjuicio. Cuando la decisión sólo haya sido impugnada por el imputado, o su defensor, no podrá ser modificada en su perjuicio.
Los recursos interpuestos por cualquiera de las partes permitirán modificar o revocar la decisión en favor del imputado.
20 de noviembre de 2013
Usurpación
DERECHO PENAL - MATERIA SUSTANTIVA
Libro Segundo. De las diversas especies de delito
Código Penal venezolano - 146
De los delitos contra la independencia y la seguridad de la Nación
De los delitos contra los poderes nacionales y los estados
Usurpación de las funciones militares. El que, sin estar autorizado por la ley ni por orden del Gobierno, tome el mando de tropas, plazas, fortalezas, puestos militares, puertos, poblaciones o buques o aeronaves de guerra, será castigado con arresto en fortaleza o cárcel política, por tiempo de treinta meses a cinco años.
Libro Segundo. De las diversas especies de delito
Código Penal venezolano - 146
De los delitos contra la independencia y la seguridad de la Nación
De los delitos contra los poderes nacionales y los estados
Usurpación de las funciones militares. El que, sin estar autorizado por la ley ni por orden del Gobierno, tome el mando de tropas, plazas, fortalezas, puestos militares, puertos, poblaciones o buques o aeronaves de guerra, será castigado con arresto en fortaleza o cárcel política, por tiempo de treinta meses a cinco años.
Naciones
DERECHO PENAL - MATERIA SUSTANTIVA
Libro Segundo. De las diversas especies de delito
Código Penal venezolano - 139
De los delitos contra la independencia y la seguridad de la Nación
De la traición a la patria y otros delitos contra ésta
Naciones aliadas. Estados de guerra. Las penas determinadas por los artículos 128 y siguientes, se aplicarán también si el delito se ha cometido con perjuicio de una nación aliada con Venezuela para la guerra y en el curso de ésta.
Libro Segundo. De las diversas especies de delito
Código Penal venezolano - 139
De los delitos contra la independencia y la seguridad de la Nación
De la traición a la patria y otros delitos contra ésta
Naciones aliadas. Estados de guerra. Las penas determinadas por los artículos 128 y siguientes, se aplicarán también si el delito se ha cometido con perjuicio de una nación aliada con Venezuela para la guerra y en el curso de ésta.
19 de noviembre de 2013
Audiencia
LEY ORGÁNICA SOBRE EL DERECHO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA
Capítulo X Del inicio del proceso - Sección sexta del procedimiento especial
De la audiencia preliminar (104)
Presentada la acusación ante el Tribunal de Violencia Contra la Mujer en Funciones de Control, Audiencia y Medidas, éste fijará la audiencia para oír a las partes, dentro de los diez días hábiles siguientes. Antes del vencimiento de dicho plazo, las partes procederán a ofrecer las pruebas que serán evacuadas en la audiencia de juicio oral y oponer la excepciones que estimen procedentes. El tribunal se pronunciará en la audiencia.
En este acto el imputado podrá admitir los hechos, pero la pena a imponerse sólo podrá rebajarse en un tercio.
Finalizada la audiencia, el juez expondrá fundadamente su decisión respecto a los planteamientos de las partes. En caso de admitir la acusación, dictará el auto de apertura a juicio y remitirá las actuaciones al tribunal de juicio que corresponda.
El auto de apertura a juicio será inapelable.
Capítulo X Del inicio del proceso - Sección sexta del procedimiento especial
De la audiencia preliminar (104)
Presentada la acusación ante el Tribunal de Violencia Contra la Mujer en Funciones de Control, Audiencia y Medidas, éste fijará la audiencia para oír a las partes, dentro de los diez días hábiles siguientes. Antes del vencimiento de dicho plazo, las partes procederán a ofrecer las pruebas que serán evacuadas en la audiencia de juicio oral y oponer la excepciones que estimen procedentes. El tribunal se pronunciará en la audiencia.
En este acto el imputado podrá admitir los hechos, pero la pena a imponerse sólo podrá rebajarse en un tercio.
Finalizada la audiencia, el juez expondrá fundadamente su decisión respecto a los planteamientos de las partes. En caso de admitir la acusación, dictará el auto de apertura a juicio y remitirá las actuaciones al tribunal de juicio que corresponda.
El auto de apertura a juicio será inapelable.
Medicina Legal IV
MEDICINA LEGAL
MEDICINA LEGAL. JOSÉ FÉLIX MARTÍN CORONA. EDICIONES LIBRERÍA DESTINO, 6TA EDICIÓN, 2008
Generalidades de la Medicina Legal
Objeto
La Medicina Forense tiene por objeto auxiliar al derecho en todos los aspectos fundamentales.
De igual manera asesora al jurista para la correcta formulación de la norma relacionada con los conocimientos médicos y biológicos.
Relaciones de la Medicina Legal
La Medicina Legal se relaciona con la Medicina y con otras especialidades médicas así como también con otras ciencias, para poder llegar a cumplir la noble y altísima función destacada que le es imprescindible para ocupar el sitial actual en que se encuentra. Es así como se relaciona con:
1. La anatomía humana y comparada.
2. Con la fisiología.
3. Con la bacteriología.
4. Con la medicina interna.
5. Con la anatomía patológica.
6. Con la histología humana.
7. Con la ginecología y obstetricia.
8. Con la medicina del trabajo.
9. Con la farmacología y toxicología.
10. Con la psiquiatría.
11. Con la oftalmología.
12. Con la odontología.
13. Con la radiología.
14. Con la química.
15. Con el Derecho.
16. Con la física.
17. Con la biología.
18. Con la botánica.
19. Con la zoología.
20. Con la antropología.
Referencia bibliográfica. Medicina Legal, José Félix Martín Corona, Ediciones Librería Destino, 2008, PP. 15, 16.
MEDICINA LEGAL. JOSÉ FÉLIX MARTÍN CORONA. EDICIONES LIBRERÍA DESTINO, 6TA EDICIÓN, 2008
Generalidades de la Medicina Legal
Objeto
La Medicina Forense tiene por objeto auxiliar al derecho en todos los aspectos fundamentales.
De igual manera asesora al jurista para la correcta formulación de la norma relacionada con los conocimientos médicos y biológicos.
Relaciones de la Medicina Legal
La Medicina Legal se relaciona con la Medicina y con otras especialidades médicas así como también con otras ciencias, para poder llegar a cumplir la noble y altísima función destacada que le es imprescindible para ocupar el sitial actual en que se encuentra. Es así como se relaciona con:
1. La anatomía humana y comparada.
2. Con la fisiología.
3. Con la bacteriología.
4. Con la medicina interna.
5. Con la anatomía patológica.
6. Con la histología humana.
7. Con la ginecología y obstetricia.
8. Con la medicina del trabajo.
9. Con la farmacología y toxicología.
10. Con la psiquiatría.
11. Con la oftalmología.
12. Con la odontología.
13. Con la radiología.
14. Con la química.
15. Con el Derecho.
16. Con la física.
17. Con la biología.
18. Con la botánica.
19. Con la zoología.
20. Con la antropología.
Referencia bibliográfica. Medicina Legal, José Félix Martín Corona, Ediciones Librería Destino, 2008, PP. 15, 16.
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