21 de noviembre de 2013

Reforma

DERECHO PROCESAL PENAL - MATERIA ADJETIVA

Libro Cuarto

Código Orgánico Procesal Penal - 433

De los recursos. Disposiciones generales

Reforma en perjuicio. Cuando la decisión sólo haya sido impugnada por el imputado, o su defensor, no podrá ser modificada en su perjuicio.

Los recursos interpuestos por cualquiera de las partes permitirán modificar o revocar la decisión en favor del imputado.

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