9 de febrero de 2017

9/2/2017 P. Penal II [32]

La frase del día:
El hombre solitario es una bestia o un dios.Aristóteles

Guía de Derecho Procesal Penal II

Facultad: Derecho
Semestre: / Pregrado

Jorge Leonardo Salazar Rangel

Trabajo de Investigación

La implementación de mecanismos extrajudiciales para la resolución de conflictos en Venezuela ha sido propuesta como una de las alternativas más prometedoras para reformar y mejorar nuestros sistemas de tutela jurídica.

La experiencia en nuestro país, desde la entrada en vigencia de las Alternativas para la prosecución del proceso, permitió descongestionar en gran proporción los Tribunales de Justicia, permitiéndose con ello que los funcionarios judiciales hayan volcado sus esfuerzos en casos que se amerita la tutela judicial como mediadora de conflictos por tratarse de delitos que no encuadraban en los supuestos de procedencia de los acuerdos y por ser de carácter enjuiciable, que por su entidad le es correspondida una privativa de libertad, al no haber más alternativas.

Se considera que la cárcel debería ser él último lugar para destinar a la persona que ha infringido una norma penal, la cual debe obedecer a incursión en delincuencia de mayor gravedad, esto permitiría combatir la sobrepoblación penitenciaria. El empleo de las normas penales debe racionalizarse en el sentido de considerar formas de castigo alternativo a la reclusión, en el cual se imponga el desarrollo de actividades que mantengan ocupado al infractor y le hagan reconocer en sí mismo las destrezas que posee y la posibilidad de canalizarlas en obras justas propias de empleos remunerados que le permitirían su adaptación-aceptación social y principalmente de su grupo familiar constituyéndose en un ejemplo a seguir. 

La prisión indirectamente fabrica delincuentes al hacer caer en la miseria al detenido y a su grupo familiar.

El minimalismo a través de las fórmulas alternativas de resolución de conflictos, en boga, tiene por fin la reducción de la violencia punitiva estatal para asegurar la protección del más débil contra él más fuerte, ello permitiría que tanto el ofendido por el delito como el agresor no se vean desprotegidos. La idea central sería restringir la pena privativa de libertad por medio de medidas alternativas de la prisión, con apoyo de la comunidad. Se trata de que la privación de libertad sea la ultima ratio, considerando que las condiciones en los diferentes centros de reclusión lejos de rehabilitar corrompen.

La frase del día:
El hombre solitario es una bestia o un dios.Aristóteles

9/2/2017 P. Penal II [31]

La frase del día:
El hombre solitario es una bestia o un dios.Aristóteles

Guía de Derecho Procesal Penal II

Facultad: Derecho
Semestre: / Pregrado

Jorge Leonardo Salazar Rangel

Trabajo de Investigación

EFECTOS
ART. 45 COPP

Finalizado el plazo o régimen de prueba, el juez convocará a una audiencia, notificando de la realización de la misma al Ministerio Público, al imputado y a la víctima, y, luego de verificado el total y cabal cumplimiento de todas las obligaciones impuestas, decretará el sobreseimiento de la causa.

REVOCATORIA
ART. 46 COPP

Si el acusado incumple en forma injustificada alguna de las condiciones que se le impusieron, o de la investigación que continúe realizando el Ministerio Público, surgen nuevos elementos de convicción que relacionen al acusado con otro u otros delitos, el juez oirá al Ministerio Público y al acusado. Notificada la víctima debidamente para la realización de la audiencia, su no comparecencia no suspende el acto.

El juez decidirá mediante auto razonado acerca de las siguientes posibilidades:

1.- La revocación de la medida de suspensión del proceso, y, en consecuencia, la reanudación del mismo, procediendo a dictar la sentencia condenatoria, fundamentada en la admisión de los hechos efectuada por el acusado al momento de solicitar la medida;

2.- En lugar de la revocación, el juez puede, por una sola vez, ampliar el plazo de prueba por un año más, previo informe del delegado de prueba y oída la opinión favorable del Ministerio Público y de la víctima.

3.- Si el acusado es procesado por la comisión de un nuevo hecho punible, el juez, una vez admitida la acusación por el nuevo hecho, revocará la suspensión condicional del proceso y resolverá lo pertinente.

4.- En caso de revocatoria de la suspensión condicional del proceso, los pagos y prestaciones efectuados no serán restituidos.

DISPOSICIÓN COMÚN
SUSPENSIÓN DE LA PRESCRIPCIÓN
ART. 47 COPP

Durante el plazo del acuerdo para el cumplimiento de la reparación a que se refiere el artículo 41 y el período de prueba de que trata el artículo 44, quedará en suspenso la prescripción de la acción penal.

La frase del día:
El hombre solitario es una bestia o un dios.Aristóteles

9/2/2017 Materias [9]

La frase del día:
El hombre solitario es una bestia o un dios.Aristóteles

Universidad Santa María, núcleo Oriente
Facultad: Derecho
Materias de Pregrado

NOVENO SEMESTRE (9°)

Prácticas Forenses
Procesal Civil III
Procesal Penal III
Mercantil II
Derecho Laboral II
Tributario I

La frase del día:
El hombre solitario es una bestia o un dios.Aristóteles

9/2/2017 P. Penal II [30]

La frase del día:
El hombre solitario es una bestia o un dios.Aristóteles

Guía de Derecho Procesal Penal II

Facultad: Derecho
Semestre: / Pregrado

Jorge Leonardo Salazar Rangel

Trabajo de Investigación

PROCEDIMIENTO
ART. 43 Código Orgánico Procesal Penal

A los efectos del otorgamiento o no de la medida, el juez oirá al fiscal, al imputado y a la víctima, haya participado o no en el proceso, y resolverá, en la misma audiencia, o a más tardar, dentro de los tres días siguientes, salvo que el imputado estuviere privado de su libertad, en cuyo caso la decisión será dictada en un plazo no mayor de veinticuatro horas.

La resolución fijará las condiciones bajo las cuales se suspende el proceso, y aprobará, negará o modificará la oferta de reparación presentada por el imputado, conforme a criterios de razonabilidad.

En caso de existir oposición de la víctima y del Ministerio Público, el juez deberá negar la petición. Esta decisión no tendrá apelación y se ordenará la apertura del juicio oral y público.

La suspensión del proceso podrá solicitarse, en cualquier momento, luego de admitida la acusación presentada por el Ministerio Público y hasta antes de acordarse la apertura del juicio oral y público, o, en caso de procedimiento abreviado, una vez presentada la acusación y antes de la apertura del debate.

CONDICIONES
ART. 44 COPP

El juez fijará el plazo del régimen de prueba, que no podrá ser inferior a un año ni superior a dos, y determinará las condiciones que deberá cumplir el imputado, entre las siguientes:

1.- Residir en un lugar determinado;

2.- Prohibición de visitar determinados lugares o personas;

3.- Abstenerse de consumir drogas o sustancias estupefacientes o psicotrópicas y de abusar de las bebidas alcohólicas;

4.- Participar en programas especiales de tratamiento, con el fin de abstenerse de consumir sustancias estupefacientes o psicotrópicas o bebidas alcohólicas;

5.- Comenzar o finalizar la escolaridad básica si no la tiene cumplida, aprender una profesión u oficio o seguir cursos de capacitación en el lugar o la institución que determine el juez;

6.- Prestar servicios o labores a favor del Estado o instituciones de beneficio público;

7.- Someterse a tratamiento médico o psicológico;

8.- Permanecer en un trabajo o empleo, o adoptar, en el plazo que el tribunal determine, un oficio, arte o profesión, si no tiene medios propios de subsistencia;

9.- No poseer o portar armas;

10.- No conducir vehículos, si éste hubiere sido el medio de comisión del delito.

A proposición del Ministerio Público, de la víctima o del imputado, el juez podrá acordar otras condiciones de conducta similares, cuando estime que resulten convenientes.

En todo caso, el imputado deberá cumplir con la oferta de reparación acordada por el juez, y someterse a la vigilancia que determine éste.

El régimen de prueba estará sujeto a control y vigilancia por parte del delegado de prueba que designe el juez, y en ningún caso, el plazo fijado podrá exceder del término medio de la pena aplicable.

La frase del día:
El hombre solitario es una bestia o un dios.Aristóteles

9/2/2017 Procesal Penal [9]

La frase del día:
El hombre solitario es una bestia o un dios.Aristóteles

N° de Expediente: 02-1375 N° de Sentencia: 2365
Tema: Las Partes
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Efectos extensivos de los recursos interpuestos a favor de uno de los imputados en relación a los otros
Miércoles, 09 de octubre de 2002

la Sala quiere destacar que efectivamente cuando en un mismo proceso se encuentren varios imputados, el recurso o los recursos que interponga uno de ellos debe extenderse a los otros en lo que les sea beneficioso, siempre y cuando los imputados se encuentren en la misma situación; vale decir, que cuando la referida disposición legal señala ´... que se encuentren en la misma situación...´, ésta debe entenderse como una situación de hecho y no procesal

La frase del día:
El hombre solitario es una bestia o un dios.Aristóteles

8 de febrero de 2017

8/2/2017 Generalidades Procesales

La frase del día:
Pedid, y se os dará; buscad, y hallaréis; tocad, y se os abrirá

¿CÓMO DEBE SER EL MEDIO DE PRUEBA EN EL PROCESO PENAL?
Lícito, pertinente, útil, necesario y legal.

CONTROL MATERIAL DE LA ACUSACIÓN
El Juez examinará si la solicitud de enjuiciamiento del Fiscal del Ministerio Público tiene basamentos que permitan vislumbrar un pronóstico de condena para el imputado, es decir, alta probabilidad que en la fase de juicio se dicte sentencia condenatoria. Si no hay pronóstico de condena, el Juez no debe dictar el auto de apertura a juicio para evitar lo que la doctrina denomina la “pena de banquillo”.

CONTROL FORMAL DE LA ACUSACIÓN
Se refiere a que la acusación cumpla con los requisitos que exige el artículo 308 del Código Orgánico Procesal Penal.

IMPUTACIÓN MATERIAL
Es la que proviene de la admisión de la querella o de actos de investigación como el allanamiento, por ejemplo, reflejando así una persecución penal personalizada. Se constituye con las diligencias que mande a realizar el Fiscal del Ministerio Público.

IMPUTACIÓN FORMAL
Se realiza en la sede del Ministerio Público a través de una serie de actos formales, es una actividad propia del Ministerio Público. El imputado debe estar representado por su abogado defensor. En la imputación formal se le impone al imputado del precepto constitucional que lo exime de declarar.

La frase del día:
Pedid, y se os dará; buscad, y hallaréis; tocad, y se os abrirá

8/2/2017 Sobreseimiento

La frase del día:
Pedid, y se os dará; buscad, y hallaréis; tocad, y se os abrirá

CLASIFICACIÓN DE LA SOLICITUD DE SOBRESEIMIENTO

1.- De acuerdo a la forma de proceder:

1a De oficio: Es el que se dicta por iniciativa propia del Juez.

1b A instancia de parte: Es el sobreseimiento que se dicta a solicitud de alguna de las partes legitimadas en el proceso penal que tengan interés legal.

2.- De acuerdo a la finalización o no del proceso:

2a Sobreseimiento provisional: Es el que no produce la finalización del proceso penal, en consecuencia, no tiene carácter de cosa juzgada.

2b Sobreseimiento definitivo: Resolución judicial que pone fin al proceso de conformidad con alguno de los supuestos contemplados en el artículo 300 del Código Orgánico Procesal Penal.

3.- De acuerdo a la forma de decretarlo:

3a Obligatorio: Obligatoriamente el Juez lo tiene que dictar basándose en fundamentos legales, no hay otra opción.

3b Facultativo: El Juez puede dictarlo por considerar que se encuentran llenos los extremos legales del artículo 300 del Código Orgánico Procesal Penal.

4.- De acuerdo a los imputados que abarca:

4a Sobreseimiento total: Es el que se dicta a favor de todos los imputados en el proceso penal.

4b Sobreseimiento parcial: Este sobreseimiento se dirige solamente a determinados imputados, lo que permite ejercer la acción penal en otros.

La frase del día:
Pedid, y se os dará; buscad, y hallaréis; tocad, y se os abrirá