8 de febrero de 2017

8/2/2017 Sobreseimiento

La frase del día:
Pedid, y se os dará; buscad, y hallaréis; tocad, y se os abrirá

CLASIFICACIÓN DE LA SOLICITUD DE SOBRESEIMIENTO

1.- De acuerdo a la forma de proceder:

1a De oficio: Es el que se dicta por iniciativa propia del Juez.

1b A instancia de parte: Es el sobreseimiento que se dicta a solicitud de alguna de las partes legitimadas en el proceso penal que tengan interés legal.

2.- De acuerdo a la finalización o no del proceso:

2a Sobreseimiento provisional: Es el que no produce la finalización del proceso penal, en consecuencia, no tiene carácter de cosa juzgada.

2b Sobreseimiento definitivo: Resolución judicial que pone fin al proceso de conformidad con alguno de los supuestos contemplados en el artículo 300 del Código Orgánico Procesal Penal.

3.- De acuerdo a la forma de decretarlo:

3a Obligatorio: Obligatoriamente el Juez lo tiene que dictar basándose en fundamentos legales, no hay otra opción.

3b Facultativo: El Juez puede dictarlo por considerar que se encuentran llenos los extremos legales del artículo 300 del Código Orgánico Procesal Penal.

4.- De acuerdo a los imputados que abarca:

4a Sobreseimiento total: Es el que se dicta a favor de todos los imputados en el proceso penal.

4b Sobreseimiento parcial: Este sobreseimiento se dirige solamente a determinados imputados, lo que permite ejercer la acción penal en otros.

La frase del día:
Pedid, y se os dará; buscad, y hallaréis; tocad, y se os abrirá

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