6 de febrero de 2015

Aquilia

DERECHO ROMANO

CONCEPCIONES DIVERSAS DEL ACTO ILÍCITO EN LA LEGISLACIÓN ROMANA

II. Ley Aquilia:

En esta ley, donde la figura de delito damnum injuria datum tiene su punto de entroque, pues la ley Aquilia -antiquísima aunque de fecha incierta, aprobada mediante un plebiscito en época del tribuno Aquilio, de donde se deriva su nombre-, logra sistematizar un conjunto de situaciones, que originan daño a las cosas ajenas culposamente, las cuales se llegan a ampliar y extender posteriormente, con la práctica pretoriana y la actividad jurisprudencial.


Dicha se encuentra integrada por tres capítulos: El primero referente a que, si alguien mata injustamente a un esclavo ajeno o a un cuadrúpedo gregario, debe pagar al dueño el valor máximo que haya tenido la cosa en el año anterior a la muerte. El tercero se refiere a los daños causados por incendio, fractura o cualquier caso de deterioro a las cosas animadas, indemnizándose a la víctima por el valor máximo que tuviera la cosa en los últimos treinta días. Por último, el capítulo segundo, que se refiere a los adstipulatores, o sea, acreedores accesorios que no estipulan en su propio nombre, sino a nombre del acreedor principal.

Fuente: Anotaciones y comentarios sobre Derecho Romano. Tomo I. Chibly Abouhamad Hobaica. Universidad Central de Venezuela. Ediciones de la Bilioteca-EBUC. Caracas, 2014. pp.298, 299.

No hay comentarios.:

Publicar un comentario

Su comentario será respondido a la brevedad. ¡Gracias por comentar!