29 de enero de 2017

29/01/2017 Civil III [60]

La frase del día:
Al hombre perverso se le conoce en un sólo día; para conocer al hombre justo hace falta más tiempo. Sófocles

Guía de Derecho Civil III

Bibliografía: Derecho Civil II Bienes y Derechos Reales. Tercera Edición Actualizada y Corregida. Mary Sol Graterón Garrido. Caracas, 2007

Facultad: Derecho
Semestre: / Pregrado

Jorge Leonardo Salazar Rangel

Tema # 4 Los Bienes Muebles e Inmuebles

Artículos del Código Civil

Art. 1565 C.C. (Enfiteusis): “La enfiteusis es un contrato por el cual se concede un fundo a perpetuidad o por tiempo determinado, con la obligación de mejorarlo y de pagar un canon o pensión anual expresado en dinero o en especies

Art. 583 C.C. (Usufructo): “El usufructo es el derecho real de usar y gozar temporalmente de las cosas cuya propiedad pertenece a otro, del mismo modo que lo haría el propietario

Art. 1877 C.C. (Hipoteca): “La hipoteca es un derecho real constituido sobre los bienes del deudor o de un tercero, en beneficio de un acreedor, para asegurar sobre estos bienes el cumplimiento de una obligación,

La hipoteca es indivisible y subsiste toda ella sobre todos los bienes hipotecados, sobre cada uno de ellos y sobre cada parte de cualquiera de los mismos bienes

Art. 1855 C.C. (Anticresis): La anticresis es un contrato por el cual el acreedor adquiere el derecho de hacer suyos los frutos del inmueble que se le entregue, con la obligación de imputarlos a los intereses, si se le deben, si se le deben, y luego al capital de su acreencia

Art. 709 C.C. (Servidumbres): “Por el hecho del hombre puede establecerse la servidumbre predial que consiste en cualquier gravamen impuesto sobre un predio para uso y utilidad de otro perteneciente a distinto dueño, y que no sea en manera alguna contraria al orden público.

El ejercicio y extensión de la servidumbre se reglamenta por los respectivos títulos, y a falta de éstos, por las disposiciones de los artículos siguientes.

Art. 624 C.C. (Uso): “Quien tiene el uso de un fundo sólo podrá tomar de él los frutos que basten a sus necesidades y a las de su familia.

Art. 625 C.C. (Habitación): “Quien tiene derecho de habitación de una casa puede habitarla con su familia, aunque ésta se aumente

Art. 626 C.C. (Habitación): “El derecho de habitación se limita a lo que sea necesario para la habitación del concesionario y de su familia, según las condiciones del mismo.

La frase del día:
Al hombre perverso se le conoce en un sólo día; para conocer al hombre justo hace falta más tiempo. Sófocles

29/01/2017 Interrogatorios [13]

La frase del día:
Al hombre perverso se le conoce en un sólo día; para conocer al hombre justo hace falta más tiempo. Sófocles

Técnicas de Interrogatorios en la Investigación Penal

- Las emociones: excitación mental. Estados: temor, enojo, frustración.

- Los sujetos del interrogatorio son el entrevistador y el entrevistado.

- ¿Cómo podemos hacer para obtener la información?

- Kinésica: Estudia los gestos y movimientos corporales.

- Se hace reconocimiento panorámico al mirar.

- Técnica kinésica.

- Postura del entrevistador. Postura del entrevistado.

Fuente de la información:
Taller Técnicas de Interrogatorios en la Investigación Penal. Fundación para la Investigación, Capacitación y Desarrollo de la Función Fiscal del Ministerio Público. Caracas, Venezuela.

La frase del día:
Al hombre perverso se le conoce en un sólo día; para conocer al hombre justo hace falta más tiempo. Sófocles

29/01/2017 Desaparición [8]

La frase del día:
Al hombre perverso se le conoce en un sólo día; para conocer al hombre justo hace falta más tiempo. Sófocles

CONVENCIÓN INTERAMERICANA SOBRE DESAPARICIÓN FORZADA DE PERSONAS

ARTICULO VII
La acción penal derivada de la desaparición forzada de personas y la pena que se imponga judicialmente al responsable de la misma no estarán sujetas a prescripción.
Sin embargo, cuando existiera una norma de carácter fundamental que impidiera la aplicación de lo estipulado en el párrafo anterior, el período de prescripción deberá ser igual al del delito más grave en la legislación interna del respectivo Estado Parte.

La frase del día:
Al hombre perverso se le conoce en un sólo día; para conocer al hombre justo hace falta más tiempo. Sófocles

29/01/2017 Civil III [59]

La frase del día:
Al hombre perverso se le conoce en un sólo día; para conocer al hombre justo hace falta más tiempo. Sófocles

Guía de Derecho Civil III

Bibliografía: Derecho Civil II Bienes y Derechos Reales. Tercera Edición Actualizada y Corregida. Mary Sol Graterón Garrido. Caracas, 2007

Facultad: Derecho
Semestre: / Pregrado

Jorge Leonardo Salazar Rangel

Tema # 4 Los Bienes Muebles e Inmuebles

c.- Clasificación de los bienes muebles: Los bienes muebles se encuentran clasificados en el artículo 531 del Código Civil; y esta clasificación, al igual que los bienes inmuebles, se basan en bienes corporales e incorporales:

Los bienes son muebles por su naturaleza, por el objeto a que se refieren o por determinarlo así la Ley

Como podemos evidenciar, en el anterior artículo se nos habla de la categoría de los bienes muebles, que versan en:

1.- Por su naturaleza; y

2.- Por el objeto a que se refieren o por determinarlo así la Ley.

1.- Bienes muebles por su naturaleza: La definición legal de los bienes muebles por naturaleza, la encontramos en el artículo 532 del C.C., que enuncia lo siguiente:

Son muebles por su naturaleza los bienes que pueden cambiar de lugar, bien por sí mismos o movidos por una fuerza exterior”.

Bienes muebles por su naturaleza, son las naves, los automóviles, las sillas, las mesas; y también, los materiales provenientes de la demolición de un edificio y los reunidos para la construcción de uno nuevo, hasta que no sean empleado. Esto último es de conformidad, con el artículo 534 del Código Civil.

- Art. 534 C.C: “Los materiales provenientes de la demolición de un edificio y los reunidos para construir uno nuevo, son muebles mientras no se hubieren empleado en la construcción.

2.- Bienes muebles por el objeto a que se refieren o por determinarlo así la Ley: El artículo 533 del mencionado Código Civil, nos señala esta última categoría o clasificación de los bienes muebles:

Son muebles por el objeto a que se refieren o por determinarlo así la Ley, los derechos, las obligaciones y las acciones que tienen por objeto cosas muebles; y las acciones o cuotas de participación en las sociedades civiles y de comercio, aunque estas sociedades sean propietarias de bienes inmuebles. En este último caso, dichas acciones o cuotas de participación se reputarán muebles hasta que termine la liquidación de la sociedad.

Se reputan igualmente muebles las rentas vitalicias o perpetuas a cargo del Estado o de los particulares, salvo, en cuanto a las rentas del Estado, las disposiciones legales sobre Deuda Pública.

La frase del día:
Al hombre perverso se le conoce en un sólo día; para conocer al hombre justo hace falta más tiempo. Sófocles

29/01/2017 Civil III [58]

La frase del día:
Al hombre perverso se le conoce en un sólo día; para conocer al hombre justo hace falta más tiempo. Sófocles

Guía de Derecho Civil III

Bibliografía: Derecho Civil II Bienes y Derechos Reales. Tercera Edición Actualizada y Corregida. Mary Sol Graterón Garrido. Caracas, 2007

Facultad: Derecho
Semestre: / Pregrado

Jorge Leonardo Salazar Rangel

Tema # 4 Los Bienes Muebles e Inmuebles

2.- Bienes inmuebles por su destinación: Están contemplados en el artículo 528 y 529 del C.C., que manifiestan lo siguiente:

- Art. 528 C.C: “Son inmuebles por su destinación: las cosas que el propietario del suelo ha puesto en él para su uso, cultivo y beneficio, tales como:

Los animales destinados a su labranza;

Los instrumentos rurales;

Las simientes;

Los forrajes y abonos;                                              

Las prensas, calderas, alambiques, cubas y toneles;

Los viveros de animales

- Art. 529 C.C: “Son también inmuebles por su destinación, todos los objetos muebles que el propietario ha destinado a un terreno o edificio para que permanezcan en él constantemente, o que no se puedan separar sin romperse o deteriorarse o sin romper o deteriorar la parte del terreno o edificio a que estén sujetos
                                        
3.- Bienes inmuebles por el objeto a que se refieren: Esta última categoría, la señala el artículo 530 del C.C, que dice así:

Son inmuebles por el objeto a que se refieren:

Los derechos del propietario y los del enfiteuta sobre los predios sujetos a enfiteusis;

Los derechos de usufructo y de uso sobre las cosas inmuebles y también el de habitación;

Las servidumbres prediales y de hipoteca;

Las acciones que tiendan a reivindicar inmuebles o a reclamar derechos que se refieran a los mismos

La frase del día:
Al hombre perverso se le conoce en un sólo día; para conocer al hombre justo hace falta más tiempo. Sófocles

29/01/2017 Cautelares [2]

La frase del día:
Al hombre perverso se le conoce en un sólo día; para conocer al hombre justo hace falta más tiempo. Sófocles

Las Medidas Cautelares en el Proceso Penal

- Criterio pacífico y reiterado.

- La sentencia No. 526 de fecha 09 de abril de 2001 emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, es utilizada cuando privan de libertad a la persona y no hay flagrancia.

- Artículo 236 Código Orgánico Procesal Penal: por extrema necesidad y urgencia.

- El Derecho es casuístico.

- Se hace subsunción o juicio de tipicidad.

- Silogismo.

- Tipos de dolo: dolo directo, dolo de consecuencias necesarias y dolo eventual.

Fuente de la información:
Curso: Las Medidas Cautelares en el Proceso Penal. Fundación para la Investigación, Capacitación y Desarrollo de la Función Fiscal del Ministerio Público: FUNDAFISCAL. Caracas, Venezuela.

La frase del día:
Al hombre perverso se le conoce en un sólo día; para conocer al hombre justo hace falta más tiempo. Sófocles

29/01/2017 Cautelares

La frase del día:
Al hombre perverso se le conoce en un sólo día; para conocer al hombre justo hace falta más tiempo. Sófocles

Las Medidas Cautelares en el Proceso Penal

- La fianza mediante depósito no procede en Venezuela por lo dispuesto en el artículo 44.1 único aparte constitucional. Lo procedente es otorgar medida cautelar sustitutiva de libertad mediante fiadores. La constitución de caución exigida por la ley para conceder la libertad de la persona detenida no causará impuesto alguno.

- Medidas de caución real.

- Libertad personal: artículo 44 constitucional.

- Las medidas cautelares en el proceso penal, así como cualquier tema relacionado con la materia penal, por ser lo que nos incumbe, debe estudiarse desde el punto de vista constitucional.

- En Venezuela hay dos maneras para detener a una persona: mediante orden de aprehensión que solicita el Fiscal del Ministerio Público al Juez, o en su defecto, en flagrancia.

- Instituto procesal de la flagrancia.

- Supuesto fáctico: detienen a la persona por un delito que cometió hace meses o años, la razón es que no está prescrito; no hay flagrancia como tal, la persona es puesta a la orden del Tribunal de Control por esos hechos que sucedieron hace mucho tiempo, en consecuencia, una vez puesta a la orden del tribunal, las violaciones de los derechos constitucionales cesan. Esto, de acuerdo a la sentencia No. 526 de fecha 09 de abril de 2001 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.

Fuente de la información:
Curso: Las Medidas Cautelares en el Proceso Penal. Fundación para la Investigación, Capacitación y Desarrollo de la Función Fiscal del Ministerio Público: FUNDAFISCAL. Caracas, Venezuela.

La frase del día:
Al hombre perverso se le conoce en un sólo día; para conocer al hombre justo hace falta más tiempo. Sófocles