23 de agosto de 2015

Principios Validez

DERECHO PENAL

PRINCIPIOS APLICABLES EN MATERIA DE VALIDEZ ESPACIAL DE LA LEY PENAL

En orden a resolver el problema relativo a la aplicación de la ley penal en el espacio, se han propuesto o enunciado diversos principios que de alguna u otra manera todos ellos se reflejan en las diversas legislaciones existentes:

a) El principio de la territorialidad: De acuerdo con este principio, la ley penal se aplica dentro del territorio del Estado en el cual se han cometido los hechos punibles.

Así bien, que aquí podemos evidenciar, que la eficacia de la ley penal estaría delimitada por el territorio del Estado.

b) El principio de la personalidad o nacionalidad: Según este principio, se deberá aplicar al autor que ha cometido un hecho punible, en un determinado lugar, la ley de su propio Estado.

De esta manera se demuestra que la ley de su Estado seguirá al individuo dondequiera que se encuentre, en forma de un estatuto personal.

c) El principio real o de defensa de protección: De conformidad con este principio, la ley penal aplicable a un hecho punible cometido en cualquier lugar, sería la ley del Estado cuyos intereses han sido lesionados por el hecho, ya se trate de una ofensa que afecte directa o indirectamente al Estado, o que afecte a sus nacionales. Se trataría, en otras palabras, de aplicar la ley del Estado del sujeto pasivo del delito.

d) El principio de la universalidad o de la justicia mundial: Finalmente, de acuerdo con este principio, que encontraría su razón de ser en la comunidad de intereses de orden internacional que son afectados por los hechos punibles, cualquier Estado podría aplicar su ley penal y sancionar los delitos cometidos por cualquier sujeto en cualquier lugar.

Fuente: Clases de pre-grado Derecho; III semestre.

Ley Penal Blanco

LEY PENAL EN BLANCO

Leyes que contienen la pena, no así el supuesto de hecho de la norma, ya que el legislador remite a otra disposición legal.

Mala Praxis

MALA PRAXIS

Mala praxis es un término que se utiliza para referirse a la responsabilidad profesional por los actos realizados con negligencia. La forma más conocida de la mala praxis es la negligencia médica o mala praxis médica, pero la misma también se aplica a otros ámbitos profesionales como la abogacía, la contabilidad pública, la escribanía, el tratamiento psicoterapéutico, mala capacitación en sistemas contadores de pasajeros, etc.

Cosa Pública

COSA PÚBLICA

Res pūblica es una expresión del latín, que significa literalmente "cosa pública", lo que se conoce modernamente como esfera pública. Etimológicamente, es el origen de la palabra "república" y, conceptualmente, de la inglesa commonwealth. Su uso se vincula generalmente con los conceptos actuales de sector público y Estado, y con los conceptos tradicionales de bien común y procomún.


Res: Cosa.
Pública: Pueblo.

Fuero Atracción

FUERO DE ATRACCIÓN

Figura jurídica que produce el desplazamiento de la competencia, es decir, se traslada el caso a otro Juez por determinado motivo.

El fuero de atracción es el fenómeno que se plantea cuando por una disposición legal se le atribuye a un juez la competencia de causas que ordinariamente les corresponderían a otros jueces.

El fuero de atracción es un efecto de la que implica una alteración de las reglas normales de competencia.

Etimología Sobreseimiento

ETIMOLOGÍA DE LA PALABRA “SOBRESEIMIENTO”

Proviene del latín supersedere, "desistir de la pretensión que se tenía" Significa sobre sentarse, que es desistir, cesar.

TSJ-XXXV

Tribunal Supremo de Justicia

Tema: Extradición
Materia: Derecho Procesal Penal Internacional
Asunto: Casos de Procedencia de la Extradición. Procesar Indiciado y Ejecución de Condena. Fundamentos.

Cuando se trata de una solicitud de extradición para procesar, como es el caso en cuestión, los requerimientos de convicción judicial se tornan más exigentes que cuando se trata de una solicitud tendiente a la ejecución de una condena. En éste último supuesto la simple presentación del documento público (sentencia), sería suficiente para acordar la entrega. En este sentido es claro el contexto del artículo I del Tratado Bilateral de Extradición, invocado en la propia solicitud de rectificación: La entrega del extraditable “tendrá lugar únicamente en virtud de las pruebas de culpabilidad que, según la legislación del país en que el refugiado o acusado se encuentre, justificaría su detención y enjuiciamiento si el crimen o delito se hubiese cometido ahí”.