3 de diciembre de 2024

03-12-2024 / A quo [2]

Sentencia No. 510 de fecha 23-OCT-2024 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia: Magistrada Ponente Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO

El criterio jurisprudencial antes explicado, referente a la obligación de publicar por separado un auto fundado donde se evidencie la motivación que dio sustento a los distintos pronunciamientos dictados en la audiencia preliminar, deja en evidencia como el Tribunal Tercero de Primera Instancia Estadal y Municipal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Monagas, incumplió con su deber de velar por el cumplimiento irrestricto de garantías y derechos procesales contemplados tanto en nuestra legislación nacional, como en diversos instrumentos internacionales, atinentes a la tutela judicial efectiva, el debido proceso y derecho a la defensa.

Enlace a la Sentencia:

La frase del día 
"Corta tu propia leña y te calentará dos veces" Henry Ford

2 de diciembre de 2024

02-12-2024 / A quo

Sentencia No. 510 de fecha 23-OCT-2024 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia: Magistrada Ponente Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO

En este mismo sentido y dirección, la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en decisión número 65, publicada el 4 de marzo de 2022, señaló:

“…La obligación del a quo de publicar por separado del auto de apertura a juicio, el auto fundado que resuelve asuntos distintos de los previstos en el artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal, radica en la prohibición recursiva del auto de apertura a juicio, no así el resto de decisiones, cuya vía recursiva debe ajustarse a lo previsto en el artículo 439 eiusdem, y en la publicidad de las razones de hecho y de derecho que la motivación de tales decisiones amerita (artículo 157 ibídem)…”.

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La frase del día 
"Quien levante su mano para destruirte, se encontrará con la mano de Dios para protegerte"

1 de diciembre de 2024

01-12-2024 / Auto fundado

Sentencia No. 510 de fecha 23-OCT-2024 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia: Magistrada Ponente Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO

 En tal sentido, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia número 942 del 21 de julio de 2015, puntualizó entre otras cosas, lo siguiente:

“…De allí que el Tribunal de Control al final de la audiencia preliminar deberá ineludiblemente, además de levantar el acta de la audiencia preliminar donde deben constar las decisiones pronunciadas en esa oportunidad, la cual es inapelable, deberá dictar en la audiencia o de forma inmediata, el auto fundado en su texto íntegro con la narrativa, la motivación y la dispositiva que se pronunció en la audiencia en presencia de las partes. Este auto fundado es apelable conforme a lo dispuesto en el artículo 439 del Código Orgánico Procesal Penal…”.

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La frase del día 
"Si te subes al tren equivocado, bájate en la siguiente estación porque mientras más tardes en bajar, más caro será el viaje de regreso"

30 de noviembre de 2024

Orden procesal / 30-11-2024

Sentencia No. 510 de fecha 23-OCT-2024 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia: Magistrada Ponente Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO

 Dicho auto, el cual es diferente al auto de apertura a juicio, ha sido instituido a través de la jurisprudencia emitida por esta Máxima Instancia, tanto en Sala Constitucional como en Sala de Casación Penal, como una obligación inherente al deber de todo juez de motivar sus fallos, para así garantizar que los justiciables conozcan las razones de hecho y de derecho en los cuales se sustentó su decisión, todo ello en atención de permitir el orden procesal necesario para admitir que las partes, cuando lo consideren necesario, ejerzan los recursos contemplados en la ley en favor a sus derechos e intereses.

Enlace a la Sentencia:

La frase del día 
"El talento puede abrir puertas, pero sólo la constancia las mantiene abiertas"

29 de noviembre de 2024

Recurso Casación [4] / 29-11-2024

Sentencia No. 510 de fecha 23-OCT-2024 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia: Magistrada Ponente Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO

 En efecto, dicha revisión surge en razón a la potestad que posee de este Alto Tribunal, en cuanto a velar por el cumplimiento irrestricto de los principios y garantías consagrados en nuestro ordenamiento jurídico, en aras de preservar la seguridad, y el mantenimiento de la paz social del Estado venezolano, tal como lo dispuso la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en sentencia N° 204 de fecha 20 de marzo de 2024, que en relación a lo afirmado, indicó:

“…Al respecto, esta Sala observa que el contenido y alcance de esa sentencia no sólo está directamente vinculado a aspectos de orden constitucional y a criterios jurisprudenciales de la Sala de Casación Penal y de esta Sala Constitucional, que fueron inadvertidos en la parte motiva de la misma, vinculados ante todo, a valores, principios, normas, derechos y garantías constitucionales, al debido proceso, a la tutela judicial efectiva y a la debida responsabilidad penal que tiene cada ciudadano frente al Estado venezolano por los hechos punibles cometidos, a la seguridad jurídica y a la Justicia, entre otras expresiones jurídicas en la misma y en el proceso penal que le dio lugar al fallo sub examine (vid. arts. 1, 2, 3, 26, 49 y 257 del Texto Fundamental), las cuales están estrechamente a la seguridad y mantenimiento de la paz social del Estado venezolano que señala la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y han sido objeto de interpretación por parte de esta Sala Constitucional en el desarrollo de sus jurisprudencia…” (sic)

Enlace a la Sentencia:

La frase del día 
"El más fuerte no es quien sobrevive, sino quien mejor se adapta a los cambios"

28 de noviembre de 2024

Recurso Casación [3] / 28-11-2024

Sentencia No. 510 de fecha 23-OCT-2024 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia: Magistrada Ponente Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO

“…Artículo 454. El recurso de casación será interpuesto ante la Corte de Apelaciones, dentro del plazo de quince días después de publicada la sentencia, salvo que el imputado o imputada se encontrare privado o privada de su libertad, caso en el cual este plazo comenzará a correr a partir de la fecha de su notificación personal, previo traslado. Se interpondrá mediante escrito fundado en el cual se indicarán, en forma concisa y clara, los preceptos legales que se consideren violados por falta de aplicación, por indebida aplicación, o por errónea interpretación, expresando de qué modo se impugna la decisión, con indicación de los motivos que lo hacen procedente, fundándolos separadamente si son varios. Fuera de esta oportunidad no podrá aducirse otro motivo…”.

En este contexto, se concluye que el Recurso de Casación sólo podrá ser ejercido por quienes estén debidamente legitimados y en contra de aquellas decisiones explícitamente determinadas en la ley. Así mismo, solo debe ser interpuesto en estricto acatamiento a los parámetros delimitados en los artículos expuestos ut supra, tanto en tiempo como en forma, previa verificación de cada una de las exigencias anteriormente señaladas.

Enlace a la Sentencia:

La frase del día 
"Ninguna mosca vuela hacia una olla hirviendo"

27 de noviembre de 2024

Metodológica / 27-11-2024

La parte metodológica de la investigación tiene como propósito describir detalladamente cada uno de los aspectos relacionados con la metodología que se desarrollará en la investigación; el investigador necesita justificar aspectos que deben sustentarse con criterios de autores de libros de metodología.

Fuente de la Información:
Maestría en Ciencias Penales y Criminológicas, materia: Seminario de Investigación II, JMKI-304 MT03I0V. Período: 2024-3. Universidad Yacambú (UNY), estado Lara.

La frase del día 
"Las palabras más antiguas y cortas, 'sí' y 'no', son las que requieren mayor reflexión" Pitágoras