Parte General del Código Penal: Se comprende desde el
artículo 1 al 127.
Parte Especial del Código Penal: Está comprendida desde
el artículo 128 al artículo 482.
Blog para investigar las ciencias penales y criminológicas, así como lo que sea útil para la materia penal, sin olvidar la Constitución Nacional de Venezuela. Creado por Jorge Leonardo Salazar Rangel en fecha 20-01-2013

RESOLUCIÓN MANIFESTADA Y EL DELITO
PUTATIVO.- Además de las fases antes descritas (interna y externa) intervienen
entra las dos fases otras dos intermedias: la resolución manifestada y
el delito putativo. Cabe señalarse que en la resolución manifestada, al no
tratarse de actos materiales, no podemos decir que todavía exista la fase
externa, es manifestación de la forma expresiva de resolución (propósito,
conspiración, provocación), más que de acción propiamente tal. En el delito
putativo, tampoco podría afirmarse que se trata de una exteriorización del
deseo de cometer el delito, en virtud de que el hecho delictivo solamente esté
encerrado en la idea del agente. Uno de los casos más importantes es el
denominado doctrinariamente como “error al revés”