La frase del día:
“El olvido es una forma de libertad” Benjamin Franklin
N° de Expediente: C01-0862 N° de Sentencia: 305
Tema: Principios y Garantías Procesales
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Principio de igualdad entre las partes
Martes, 18 de junio de 2002
El principio de la igualdad entre las partes ante la ley,
debe ser total y plenamente respetado por todos los funcionarios actuantes en
la justicia penal, en una forma rigurosa y de plena observancia, pues se busca
con este principio garantizar el equilibrio entre ambas partes, de forma que
(dispongan de las mismas posibilidades y cargas de alegación, prueba e
impugnación).
N° de Expediente: 00-1497 N° de Sentencia: 0058
Tema: Principios y Garantías Procesales
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Autonomía e Independencia de los Jueces. Interferencia de otros órganos
Poder Público. Artículo 4 del Código Orgánico Procesal Penal
Jueves, 01 de febrero de 2001
El artículo 4 del Código Orgánico Procesal Penal, expresa
lo siguiente: (...)
la interferencia a que se refiere la norma (...), es a la interferencia de
otros órganos del Poder Público en las actuaciones de los jueces, es decir, que
las instituciones gubernamentales y el Poder Legislativo deberán respetar y
acatar la independencia de los administradores de justicia, la cual se
encuentra fundamentada en el principio de la separación de los poderes
públicos, y cuya base constitucional, se encuentra en el artículo 254 de la
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y en el artículo 1° de
la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que el ejercicio de la
justicia emana del pueblo y se realiza por los órganos del Poder Judicial, el
cual es independiente de los demás órganos del Poder Público, citando sus
deberes y atribuciones definidas por la Constitución, los tratados, acuerdos y
convenios internacionales suscritos por la República, esta ley y las demás
leyes y a ellos debe sujetarse su ejercicio.
Cuando el artículo 4 expresa que: “en el caso de interferencia de sus funciones
los jueces deberán informar al Tribunal Supremo de Justicia, sobre los hechos
que afecten su independencia, a los fines de que la haga cesar”, se refiere a
la intromisión o interferencia en el ejercicio de las funciones por parte de
otros órganos del Poder Público; y no a la intromisión por parte de miembros
del mismo Poder Judicial, en cuyo caso ya nos encontraríamos ante problemas de
competencia a los cuales se les tramitará de conformidad con el procedimiento
correspondiente.
La frase del día:
“El olvido es una forma de libertad” Benjamin Franklin