Blog para investigar las ciencias penales y criminológicas, así como lo que sea útil para la materia penal, sin olvidar la Constitución Nacional de Venezuela. Creado por Jorge Leonardo Salazar Rangel en fecha 20-01-2013
23 de octubre de 2014
Ex nunc - Ex tunc
Ex nunc es una locución latina, que literalmente en español
significa "desde ahora", utilizada para referirse a que una acción o
norma jurídica produce efectos desde que se origina o se dicta, y no antes, por
lo que no existe retroactividad. La locución latina opuesta es ex tunc,
que se traduce como "desde entonces".
Sentencia N° 1353. Fecha 16/10/2014
V
DECISIÓN
Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del
Tribunal Supremo de Justicia, declara:
PRIMERO:
PARCIALMENTE CON LUGAR la acción de nulidad interpuesta por la
ciudadana Gabriela del Mar Ramírez Pérez, en su condición de DEFENSORA DEL PUEBLO
DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, contra el artículo 46 del Código
Civil, publicado en la Gaceta Oficial n.° 2.990 Extraordinario del 26 de julio
de 1982.
SEGUNDO:
LA NULIDAD PARCIAL del artículo 46 del Código Civil en la parte que
establece: “la mujer que no haya cumplido catorce (14) años de edad y
el varón”.
TERCERO:
REALIZA UNA INTERPRETACIÓN sin distinción de género del artículo 46 del
Código Civil y se equipara a dieciséis (16) años la edad mínima requerida para
contraer matrimonio, entendiéndose, a partir de la publicación del presente
fallo en la Gaceta Judicial y Oficial, se declara, con efectos ex nunc, que no
podrá contraer válidamente matrimonio la persona que no haya cumplido
dieciséis (16) años.
CUARTO:
EXHORTA a la Asamblea Nacional a considerar la reforma del artículo
46 del Código Civil para contemplar que la edad válida para contraer matrimonio
se adquiera a la mayoría de edad (18 años).
QUINTO:
ORDENA la publicación del texto íntegro de esta sentencia en la Gaceta
Oficial de la República Bolivariana de Venezuela y en la Gaceta Judicial de la
República Bolivariana de Venezuela, con la siguiente mención en su sumario: “Sentencia
de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, que declara la
nulidad parcial del artículo 46 del Código Civil en la parte que establece:
“la mujer que no haya cumplido catorce (14) años de edad y el varón”,
estableciendo que la inteligencia de la norma se refiere a que no
podrá contraer válidamente matrimonio la persona que no haya cumplido
dieciséis (16) años.
SEXTO:
FIJA los efectos de esta decisión a partir de su publicación en la Gaceta
Judicial y Oficial.
Fuente:
Sentencia N° 1378. Fecha 17/10/2014
JURISPRUDENCIA VINCULANTE
Sentencia de la Sala Constitucional que declara de orden público y con carácter vinculante estableciendo que los jueces y juezas especializados en delitos de violencia contra la mujer conocerán del delito de trata de personas, tipificado en el artículo 41 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo cuando los sujetos pasivos del delito sean mujeres, niñas, niños y adolescentes (ambos sexos), pluralmente o concurriendo ambos sexos. En cambio, cuando la víctima del delito o sujetos pasivos sean solamente varones adultos (excluyéndose niños y adolescentes varones) conocerán del delito de trata de personas los jueces y juezas con competencia en materia penal ordinaria.
Fuente:
22 de octubre de 2014
DS - DA
Derecho Sustantivo.- Conjunto de normas jurídicas establecidas por el Estado.
Son normas de carácter no procesal.
Derecho Adjetivo.- Es la facultad de hacer uso del derecho sustantivo. Son normas de carácter procesal.
Derecho Adjetivo.- Es la facultad de hacer uso del derecho sustantivo. Son normas de carácter procesal.
DO - DS
Derecho Objetivo
Son órdenes que
integran el contenido de códigos, leyes o reglamentos con preceptos
obligatorios. Es el Derecho como norma.
Derecho Subjetivo
Es el denominado
Derecho Facultad.
Es el poder o potestad
individual de hacer, elegir o abstenerse en cuanto atañe a la persona misma, y
de exigir, permitir o prohibir a los demás tomando como fundamento lo natural,
lo legal o lo convencional. Es el
Derecho que acciona a la norma.
Principios Generales del Derecho
Los Principios Generales del Derecho
Es una
fuente indirecta del Derecho y de donde proviene el mismo; son principios que
se basan en originar normas jurídicas: la vida es un principio general del
Derecho porque se basa en originar normas jurídicas.
Ejemplos de Principios Generales del Derecho
En base a lo romano tenemos:
1) Vivir honestamente.
2) Dar a cada quien lo suyo.
3) No dañar a nadie.
De acuerdo a hoy en día tenemos:
1) Las obligaciones
contraídas deben cumplirse.
2) No hay
delito sino se encuentra preestablecido en la ley: Principio de Legalidad.
3) La capacidad
es la regla, y la incapacidad es la excepción.
4) La
vida.
Art. 494
DE LA
SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, DE LAS FÓRMULAS ALTERNATIVAS
DEL CUMPLIMIENTO DE LA PENA Y DE LA REDENCIÓN JUDICIAL DE LA PENA POR EL
TRABAJO Y EL ESTUDIO
El Ministerio con competencia Penitenciaria, remitirá al Tribunal de Ejecución los informes previstos por la ley, referidos al establecimiento, donde el penado o penada cumple la sanción, siempre preservando el cumplimiento del cómputo definitivo.
Fuente:
Código Orgánico Procesal Penal. Nº 6078 Extraordinario del 15 de junio de 2012.
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