22 de enero de 2017

22/01/2017 Procesal Penal [40]

La frase del día:
El dinero, el sexo, el alcohol y las drogas permiten controlar salvajemente la conducta del ser humano

N° de Expediente: C06-0241 N° de Sentencia: 18
Tema: Inmotivación
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Falta de fundamentación o inmotivación de las sentencias o autos dictados por las cortes de apelaciones. Comprobación
Martes, 06 de febrero de 2007

La falta de fundamentación o inmotivación de las sentencias o autos, dictados por las Cortes de Apelaciones, se comprobará: 1º) Cuando omita la explicación clara y concisa del basamento del dispositivo; 2º) Cuando no se relacione con los argumentos expuestos por el impugnante; 3º) Cuando contenga contradicciones graves e inconciliables; 4º) Cuando emita razonamientos vagos y generales sobre el criterio adoptado y; 5º) Cuando de ser promovidas, silencie las pruebas contenidas en el recurso de apelación.

La frase del día:
El dinero, el sexo, el alcohol y las drogas permiten controlar salvajemente la conducta del ser humano

22/01/2017 Civil III [9]

La frase del día:
El dinero, el sexo, el alcohol y las drogas permiten controlar salvajemente la conducta del ser humano

Guía de Derecho Civil III

Bibliografía: Derecho Civil II Bienes y Derechos Reales. Tercera Edición Actualizada y Corregida. Mary Sol Graterón Garrido. Caracas, 2007

Facultad: Derecho
Semestre: / Pregrado

Jorge Leonardo Salazar Rangel

Tema # 3 Clasificación Jurídica de las Cosas y su Importancia

Nota: El hecho de que una cosa esté en una clasificación, no la excluye de la otra categoría. Ejemplo: una cosa puede ser corporal y a la vez fungible.

Según Sus Cualidades Físicas o Jurídicas

1) Por Su Naturaleza Esencial

1. 1 Cosas corporales: Son aquellas que podemos apreciar a través de los sentidos. Ejemplo: la energía solar, la energía sónica, etc.

1. 2 Cosas incorporales: Son aquellas que pueden ser percibidas, apreciadas y creadas por el intelecto. Ejemplo: el derecho de autor, el talento de una persona, etc.

Criterios para establecer diferencias entre una y otra: Aquí tenemos, que por su perceptibilidad se diferencian ambas cosas (corporales/sentido; incorporales/intelecto).

2) Por La Posibilidad De Sustitución

2. 1 Cosas fungibles: Son aquellas, las cuales sus características físicas no son relevantes. Por lo general suelen ser de su mismo peso o valor. Sus cualidades físicas, no son tomadas en cuenta.

2. 2 Cosas no fungibles: Son aquellas, en donde si se toma en cuenta sus características físicas, es decir, sus cualidades son determinantes.

Criterios para establecer diferencias entre una y otra: Aquí se establece el criterio de sustitución. Una cosa se puede sustituir y la otra no.

La frase del día:
El dinero, el sexo, el alcohol y las drogas permiten controlar salvajemente la conducta del ser humano

22/01/2017 Civil III [8]

La frase del día:
El dinero, el sexo, el alcohol y las drogas permiten controlar salvajemente la conducta del ser humano

Guía de Derecho Civil III

Bibliografía: Derecho Civil II Bienes y Derechos Reales. Tercera Edición Actualizada y Corregida. Mary Sol Graterón Garrido. Caracas, 2007

Facultad: Derecho
Semestre: / Pregrado

Jorge Leonardo Salazar Rangel

Tema # 2 El Objeto de los Derechos y las Cosas

Requisitos de la Cosa en Sentido Jurídico

1) Tiene que ser apropiable o que pueda a llegar a apropiarse, es decir, estaríamos hablando de la apropiabilidad; porque la cosa tiene que ser susceptible de derecho.

- Nota: No todas las cosas del mundo exterior pueden ser objeto de derecho; porque hablamos de objeto de derecho cuando nos apropiamos de la cosa o ya están apropiadas. Al apropiarse de la cosa, ya puede ser objeto de derecho.

El hombre se apropia de la naturaleza a través de ciertos medios. Una vez apropiada la cosa, ya es objeto de derecho.

Los bienes del dominio público, son bienes que están fuera del comercio, es decir, son extracomercium.

2) Tiene que ser una cosa con utilidad, es decir, que pueda servir al sujeto para satisfacer sus necesidades y cumplir con sus fines.

3) Y por último tenemos, la individualización, es decir, que tenga una existencia separada y autónoma.

- Nota: Las cosas tienen que establecer características determinadas cuando están apropiadas. Tienen que ser determinables.

Doctrinas Referidas a lo que es Cosas y Bienes

- 1era Doctrina: Esta doctrina nos dice, que la cosa es la parte genérica y bienes es la parte específica, es decir, género y especie.

- 2da Doctrina: Esta nos explica, que la cosa es todo del mundo exterior, y bienes es cuando está en nuestro patrimonio, es decir, es de nuestro patrimonio.

- Nota: En el Código Civil el concepto de bienes y cosas nos dice prácticamente lo mismo, es decir, ambas a manera de sinónimo.

Desde el punto de vista técnico, cuando hablamos de bienes, son aquellos los cuales están en nuestro patrimonio.

La frase del día:
El dinero, el sexo, el alcohol y las drogas permiten controlar salvajemente la conducta del ser humano

22/01/2017 Civil III [7]

La frase del día:
El dinero, el sexo, el alcohol y las drogas permiten controlar salvajemente la conducta del ser humano

Guía de Derecho Civil III

Bibliografía: Derecho Civil II Bienes y Derechos Reales. Tercera Edición Actualizada y Corregida. Mary Sol Graterón Garrido. Caracas, 2007

Facultad: Derecho
Semestre: / Pregrado

Jorge Leonardo Salazar Rangel

Tema # 2 El Objeto de los Derechos y las Cosas

Objeto y Contenido de los Derechos

El objeto y el contenido, se confunden o se equiparan. Tengamos en consideración, que el objeto, es aquello sobre lo cual recae la potestad del hombre; y el contenido, es lo que abarca los atributos de cada uno de esos derechos. Es el accionar de los derechos (el contenido).

¿Cuál es el objeto y el contenido en el derecho de propiedad, en el usufructo y en la habitación? El objeto es el mismo, es decir, la cosa.

El contenido en el derecho de propiedad, es el uso, goce y disfrute; en el usufructo, es el uso y goce; y en la habitación es el uso.

- Usufructo: Es el derecho de usar y gozar de una cosa, con las restricciones que establezca la ley.                                                             

Concepciones Doctrinales Sobre el Objeto de los Derechos

1) Concepción Filosófica: Nos dice que el objeto, es todo aquello que está separado del sujeto.

2) Concepción Clásica, Vulgar o Romana: Está concepción nos dice, que el objeto son las cosas materiales.

3) Concepción Moderna o Ecléctica: Esta última nos dice, que el objeto es el comportamiento humano.

¿Puede una persona ser objeto y sujeto de derecho a la vez? 
Sí, cuando se refieren a actos que son personalísimos, es decir, inherentes a la persona. Ejemplo: el derecho a tener un nombre, el derecho de honor de una persona, donar un riñón, entre otros.

Nota: El comportamiento humano sí puede ser objeto de derecho.

Las Cosas: La cosa es una realidad impersonal o porción del mundo exterior, corporal o incorporal, presente o futura, con existencia separada y autónoma; y que, conforme al criterio dominante de una sociedad, se considera útil para satisfacer las necesidades. Y que es susceptible de ser objeto de derecho.

- Presente: Existe en el momento en que se establece la relación jurídica.

- Futura: Se establece la relación jurídica, pero todavía no se establece la cosa.

La frase del día:
El dinero, el sexo, el alcohol y las drogas permiten controlar salvajemente la conducta del ser humano

21 de enero de 2017

21/01/2017 Interrogatorios [2]

La frase del día:
Disciplina, obediencia y subordinación: pilares fundamentales de la Fuerza Armada

Técnicas de Interrogatorios en la Investigación Penal

- El diálogo es el intercambio de ideas entre dos o más personas.

- Las preguntas abiertas tienen varias opciones, varias posibilidades.

- En las preguntas cerradas no hay muchas opciones.

- Semejanzas y diferencias entre interrogatorio y entrevista.

- Con el cuestionario se tiene un previo conocimiento de algo para formular las interrogantes.

- La entrevista penal es un instrumento para fortalecer la investigación.

- El acta de investigación penal soporta todas las diligencias que hacen los funcionarios: modo, tiempo y lugar.

Fuente de la información:
Taller Técnicas de Interrogatorios en la Investigación Penal. Fundación para la Investigación, Capacitación y Desarrollo de la Función Fiscal del Ministerio Público. Caracas, Venezuela.

La frase del día:
Disciplina, obediencia y subordinación: pilares fundamentales de la Fuerza Armada

21/01/2017 Interrogatorios

La frase del día:
Disciplina, obediencia y subordinación: pilares fundamentales de la Fuerza Armada

Técnicas de Interrogatorios en la Investigación Penal

Contenido programático:

* Definición de entrevista.

* Definición de interrogatorio.

* Definición de entrevista penal.

* Características de una entrevista.

* Importancia de una entrevista.

* Funciones, objetivos y reglas de la realización.

* Tipos de preguntas en una entrevista.

* Dificultades.

* Cualidades de un entrevistador.

* Técnicas aplicadas para la realización de una entrevista.

Fuente de la información:
Taller Técnicas de Interrogatorios en la Investigación Penal. Fundación para la Investigación, Capacitación y Desarrollo de la Función Fiscal del Ministerio Público. Caracas, Venezuela.

La frase del día:
Disciplina, obediencia y subordinación: pilares fundamentales de la Fuerza Armada

21/01/2017 DD. HH [2]

La frase del día:
Disciplina, obediencia y subordinación: pilares fundamentales de la Fuerza Armada

NORMAS BÁSICAS DE ACTUACIÓN DE LOS SERVIDORES
Y SERVIDORAS PÚBLICAS EN MATERIA DE DERECHOS
HUMANOS

Objeto
Artículo 1°. Este Decreto tiene por objeto establecer principios y criterios de obligatorio cumplimiento en la actuación de los servidores y servidoras públicas, a los fines de fortalecer el respeto, garantía y protección de los derechos humanos en el país.

A los fines de este Decreto se entiende por servidores públicos y servidoras públicas todo el personal que ejerce la función pública, así como personal contratado y obrero, de conformidad con las leyes aplicables.

La frase del día:
Disciplina, obediencia y subordinación: pilares fundamentales de la Fuerza Armada